Sentencia nº 561 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 9 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

Numero : 561 N° Expediente : 2016-000021 Fecha: 09/05/2016 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

G.S.L. y V.M.M., asistidos por el abogado L.V.A., mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.

Decisión:

Vista la Sentencia N° 55 dictada en fecha 14-04-2016, se acordó notificar a la parte recurrente, al Ministerio Público, a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA). Se libraron Boletas y Oficios N° 16-334, 16-335 y 16-333. Del mismo modo, se acordó notificar a los ciudadanos C.M.R., R.R. y M.V., a los candidatos integrantes de la Plancha N° 1, a los candidatos integrantes de la Plancha N° 7, a los candidatos integrantes de la Plancha N° 10, a los candidatos integrantes de la Plancha N° 21). Se libraron Boletas. Asimismo, se acordó comisionar: al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y F.F. de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 16-332 y Despacho y al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

Vista la Sentencia N° 55 dictada en fecha 14 de abril de 2016, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., invocando la condición de trabajadores afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Táchira (SUTIESETA), contra la Comisión Electoral de SUTIESETA, respecto del proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades de la referida organización sindical periodo 2015-2018, celebradas en fecha 11 de febrero de 2016. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada, se acuerda notificar a los ciudadanos G.S.L. y V.M.M. (parte recurrente) y a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA). Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficio.

Igualmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público, anexándole copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 55 dictada en fecha 14 de abril de 2016 y del presente auto. Líbrese Oficio.

Del mismo modo, se acuerda notificar a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), a los ciudadanos C.M.R., R.R. y M.V., así como a los ciudadanos L.C., W.V., Yhorman Buitrago, B.L., J.A., R.V., P.V., M.C. y R.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 1), C.O.P., B.R., J.V., C.T., R.M., Gerduin Guerrero, E.O., J.O., A.C.G., F.V. y J.E. (candidatos integrantes de la Plancha N° 7), G.O., C.R., A.P., C.S., S.M., G.C., D.D., R.D., G.M.,Yelitze Castellanos y J.P. (candidatos integrantes de la Plancha N° 10), J.P., Coromoto Borrero, J.U.,V.V., L.L., M.E.N., T.R., J.L.L., S.M., M.S. y J.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 21), anexándole copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 55 dictada en fecha 14 de abril de 2016 y del presente auto. Líbrese Oficio y Boletas.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda comisionar:

1) Al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y F.F. de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar personalmente a los ciudadanos G.S.L. y V.M.M. (parte recurrente) con domicilio procesal en: Troncal 5 en sentido San Cristóbal-Barinas, a 300 metros de la Alcabala de la Guardia Nacional, Centro de Trabajo, Edificio CORPOELEC, Oficina Comercial y Distrito Técnico La Pedrera, Sector La Pedrera, Municipio Libertador del estado Táchira. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

2) Al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), ubicados en la siguiente dirección: Avenida Libertador, Edificio Regional CORPOELEC, Oficina sede de la Junta Directiva de SUTIESETA, Municipio San Cristóbal, San Cristóbal, estado Táchira. Asimismo, a los fines de notificar a los ciudadanos C.M.R., R.R. y M.V., así como a los ciudadanos L.C., W.V., Yhorman Buitrago, B.L., J.A., R.V., P.V., M.C. y R.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 1), C.O.P., B.R., J.V., C.T., R.M., Gerduin Guerrero, E.O., J.O., A.C.G., F.V. y J.E. (candidatos integrantes de la Plancha N° 7), G.O., C.R., A.P., C.S., S.M., G.C., D.D., R.D., G.M.,Yelitze Castellanos y J.P. (candidatos integrantes de la Plancha N° 10), J.P., Coromoto Borrero, J.U.,V.V., L.L., M.E.N., T.R., J.L.L., S.M., M.S. y J.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 21), de quienes aun cuando no consta en autos domicilio procesal alguno, este Juzgado de Sustanciación, a los fines de agotar la vía personal acuerda notificarlos en la siguiente dirección: Avenida Libertador, Edificio Regional CORPOELEC, Oficina sede de la Junta Directiva de SUTIESETA, Municipio San Cristóbal, San Cristóbal, estado Táchira. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr

En nueve (09) de mayo de 2016, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y F.F. de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos G.S.L. y V.M.M. (parte recurrente) de la Sentencia N° 55 de fecha 14 de abril de 2016 y del auto dictado en fecha 09 de mayo de 2016.

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

En nueve (09) de mayo de 2016, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), a los ciudadanos C.M.R., R.R. y M.V., así como a los ciudadanos L.C., W.V., Yhorman Buitrago, B.L., J.A., R.V., P.V., M.C. y R.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 1), C.O.P., B.R., J.V., C.T., R.M., Gerduin Guerrero, E.O., J.O., A.C.G., F.V. y J.E. (candidatos integrantes de la Plancha N° 7), G.O., C.R., A.P., C.S., S.M., G.C., D.D., R.D., G.M.,Yelitze Castellanos y J.P. (candidatos integrantes de la Plancha N° 10), J.P., Coromoto Borrero, J.U.,V.V., L.L., M.E.N., T.R., J.L.L., S.M., M.S. y J.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 21), la Sentencia N° 55 de fecha 14 de abril de 2016 y el auto dictado en fecha 09 de mayo de 2016.

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y F.F. de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016; este Juzgado acordó comisionar a los fines de notificar a los ciudadanos G.S.L. y V.M.M. (parte recurrente) de la Sentencia N° 55 de fecha 14 de abril de 2016 y del auto dictado en fecha 09 de mayo de 2016. A tal fin se remite Boleta de notificación. Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho, para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 09 de mayo de 2016.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016; este Juzgado acordó comisionar a los fines de notificar a a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), a los ciudadanos C.M.R., R.R. y M.V., así como a los ciudadanos L.C., W.V., Yhorman Buitrago, B.L., J.A., R.V., P.V., M.C. y R.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 1), C.O.P., B.R., J.V., C.T., R.M., Gerduin Guerrero, E.O., J.O., A.C.G., F.V. y J.E. (candidatos integrantes de la Plancha N° 7), G.O., C.R., A.P., C.S., S.M., G.C., D.D., R.D., G.M.,Yelitze Castellanos y J.P. (candidatos integrantes de la Plancha N° 10), J.P., Coromoto Borrero, J.U.,V.V., L.L., M.E.N., T.R., J.L.L., S.M., M.S. y J.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 21) de la Sentencia N° 55 de fecha 14 de abril de 2016 y del auto dictado en fecha 09 de mayo de 2016. A tal fin se remiten Boletas y Oficios de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho, para la práctica de la aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 09 de mayo de 2016.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

Caracas, 09 de mayo de 2016

Oficio Nº 16-331.

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad Nos. 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

Caracas, 09 de mayo de 2016

Oficio Nº 16-332.

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y F.F. de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor).

Su Despacho.

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad Nos. 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

Caracas, 09 de mayo de 2016

Oficio Nº 16-333.

Ciudadanos

P.P.S., B.V., J.F.M., J.M.C. y J.A.R..

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TÁCHIRA (SUTIESETA).

Su Despacho.-

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 14 de abril de 2016 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a esa Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

B O L E T A

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos G.S.L. y V.M.M. (parte recurrente), titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016 dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por Ustedes, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr Caracas, 09 de mayo de 2016

Oficio Nº 16-334.

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho.

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. Asimismo, se remite copia certificada del fallo N° 55 dictado en fecha 14 de abril de 2016, en el cual se declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Igualmente, Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del referido auto.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr

Caracas, 09 de mayo de 2016

Oficio Nº 16-335.

Ciudadano

J.G.S.D..

SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO TÁCHIRA (SUTIESETA) Y DEMÁS INTEGRANTES.

Su Despacho.-

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 14 de abril de 2016 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mj/imr

B O L E T A

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos C.M.R., R.R. y M.V., titulares de la cédula de identidad N° 10.158.659, 11.303.673 y 13.588.374, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016 dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr B O L E T A

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos L.C., W.V., YHORMAN BUITRAGO, B.L., J.A., R.V., P.V., M.C. y R.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 1), titulares de la cédula de identidad N° 10.150.838, 13.038.806, 9.213.829, 12.630.370, 11.503.592, 13.977.902, 10.177.308, 9.263.004 y 9.156.696, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016 dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr B O L E T A

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos C.O.P., B.R., J.V., C.T., R.M., GERDUIN GUERRERO, E.O., J.O., A.C.G., F.V. y J.E. (candidatos integrantes de la Plancha N° 7), titulares de la cédula de identidad N° 11.300.703, 18.792.596, 14.128.062, 5.685.943, 9.193.146, 8.098.980, 11.506.685, 11.301.007, 15.433.511, 9.465.256 y 13.014.794, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016 dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicóindica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr B O L E T A

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos G.O., C.R., A.P., C.S., S.M., G.C., D.D., R.D., G.M., YELITZE CASTELLANOS y J.P. (candidatos integrantes de la Plancha N° 10), titulares de la cédula de identidad N° 13.792.249, 13.549.211, 12.631.043, 12.814.501, 10.162.325, 12.490.648, 9.348.843, 9.353.823, 13.467.928, 10.155.549 y 7.610.405, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016 dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr

B O L E T A

Caracas, 09 de mayo de 2016

206º y 157º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos J.P., COROMOTO BORRERO, J.U.,V.V., L.L., M.E.N., T.R., J.L.L., S.M., M.S. y J.M. (candidatos integrantes de la Plancha N° 21), titulares de la cédula de identidad N° 8.105.609, 9.208.348, 9.359.612, 8.985.091, 12.518.151, 12.229.992, 8.146.539, 12.354.654, 10.165.921, 13.506.366 y 10.159.734, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016 dictó Sentencia N° 55 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos G.S.L. y V.M.M., titulares de la cédula de identidad N° 14.707.316 y 8.111.345, respectivamente, asistidos por el abogado L.V.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.557, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016. En dicho fallo Sala Electoral declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada, SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral, TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar y CUARTO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. Asimismo, se les informa que este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley y vencido el lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, otorgados a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), para la consignación del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del auto de fecha 09 de mayo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000021

IMAI/ilp/mjr/imr

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