Decisión de Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 30 de Junio de 2016

Fecha de Resolución30 de Junio de 2016
EmisorJuzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteAna Mercedes Mora Rivas
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Años 206° y 157°

ASUNTO Nº SP01-L-2016-000173

PARTE ACTORA: G.J.A.P., identificada con la cédula Nro.V-16.876.242.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Y.C.V.R., inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.180.771

PARTE DEMANDADA: M.D.C.L.Z., identificada con la cédula Nro.V-20.628.073

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: J.R.D.H. Y M.A.B.S., inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 159.909 y 168.092

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 30 de JUNIO de 2016, a las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar, se hizo presente la parte actora ciudadana G.J.A.P., identificada con la cédula Nro.V-16.876.242, asistida por la abogada Y.C.V.R., inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.180.771 y asimismo se hizo presente la parte demandada ciudadana M.D.C.L.Z., identificada con la cédula Nro.V-20.628.073, asistida por los apoderados judiciales abogados J.R.D.H. Y M.A.B.S., inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 159.909 y 168.092, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de NOVENTA Y OCHO SEISCIENTOS QUINCE BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (BS.98.615,90) pagaderos en este acto mediante cheque Nro. 82150735 de la cuenta corriente Nro. 0137-0016-87-0001352441 contra el Banco Sofitasa, por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman

La Juez,

Abog. A.M.R.,

La parte Actora, La Parte Demandada,

El Secretario,

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