El Impuesto al Debito Bancario: el caso Venezolano.

AutorFaust, Andreas

Resumen

En este trabajo se discute la justificación, el contexto y los efectos que tuvo la implantación del Impuesto a las Transacciones Financieras en Venezuela. La evidencia indica que en ambas ocasiones en que fue aplicado (en el año 1994 y entre 1999 y el 2000) el impuesto puso de manifiesto sus atributos fiscales (rápida recaudación a bajos costos) sin que existieran indicios de agotamiento o de elusión masiva. Sin embargo, el comportamiento del número de cheques compensados, del valor real de cada cheque y del efectivo en términos reales, indica la presencia de cambios en las preferencias por efectivo del público. Al introducir una variable dummy (representando la aplicación del impuesto) en una especificación ARIMA para la serie de monedas y billetes, la variable resulta significativa y con el signo esperado, indicando una reacción del público a elevar sus tenencias de efectivo durante la vigencia del tributo.

Palabras Claves; Impuesto al Débito Bancario, Efectivo, Déficit Fiscal, Venezuela

Abstract

This paper analyzes the justification, context and effects of the introduction of a Tax to Financial Transactions in Venezuela. The evidence indicates that in the two occasions when it was formerly applied (in 1994 and between 1999 and 2000) the tax showed its fiscal advantages (quick fiscal collection at low costs) without indications of exhaustion or of massive tax evasion. However, the recent behavior with regard to payments by check, its real value, and the real value of cash, indicates the presence of changes in the public preference for cash. When introducing a variable dummy (representing the application of the tax) in ah ARIMA specification for coins and bills, the variable is significant with the expected sign, indicating the public's reaction elevating cash holdings while the tax is in force.

Keywords: Tax to Bank Liabilities, Cash, Fiscal Deficit, Venezuela

Résumé

Dans ce travail on présente la justification, le contexte et les effets de la mise en marche de l'Impôt aux Transactions Financières au Venezuela. L'évidence indique que à l'occasion de son application (en 1994 et durant la période 1999-2000), l'impôt a montré ses attributs fiscaux (récollection rapide à des coûts bas) sans avoir des évidences d'épuisement ou d'elution massive. Cependant, le nombre des chèques payés et sa valeur réelle vis-à-vis l'argent liquide, indiquent une préférence du public pour l'argent liquide. Avec l'introduction d'une variable dummy (représentée par la mise en marche de l'impôt) dans une spécification ARIMA pour la série des monnaies et des billets, elle devient significative avec le signe espéré, en indiquant la réaction du public pour élever son argent liquide pendant la validité de l'impôt.

Mots Clés: Impôt aux Transactions Financiéres, Argent Liquide, Déficit Fiscale, Venezuela

INTRODUCCIÓN

La experiencia venezolana en la aplicación de un impuesto a las transacciones financieras se limita a un período relativamente corto: en su primera ocasión, de mayo a diciembre de 1994 y, por segunda vez, de mayo de 1999 a mayo de 2000. En ambos periodos, el impuesto se instrumentó en una coyuntura fiscal difícil, con una caída esperada en los ingresos petroleros, rígidos compromisos de gasto acordado y restricciones en el acceso a nuevo endeudamiento en los mercados financieros internacionales.

En cada una de estas ocasiones el gobierno se atuvo al compromiso de aplicar el impuesto en forma temporal, atendiendo probablemente a la recomendación de la necesidad de acotar en el tiempo aquellos tipos de impuestos que se presumen distorsionantes. En 1994, en su primera aplicación, la credibilidad despertada por ese anuncio, en unión de las restricciones temporales a las operaciones con divisa: seguramente, redujo su potencial impacto negativo en términos de sustitución monetaria, pérdidas de eficiencia recaudatoria del impuesto, sesgos asignativos contra la intermediación doméstica y variaciones no necesariamente progresivas en la distribución del ingreso; que, por lo general, suele traer asociada la prolongación en el tiempo de este tributo.

El propósito de este documento es describir la experiencia venezolana en la aplicación del Impuesto al Débito Bancario (IDB) y derivar algunas implicaciones de la misma. Para ello, en la primera sección, se consideran los efectos generales que este tipo de impuesto suele tener sobre la eficiencia y sobre la distribución del ingreso, a través de cambios en los precios relativos y costos del financiamiento bancario que modifican la conducta del público, especialmente en relación con su demanda de dinero y de servicios financieros. En la segunda sección se resumen las modalidades aplicadas en cuanto a tasa, cobertura y duración del IDB en los dos períodos, destacando algunas diferencias fundamentales que ha tenido dicho impuesto en Venezuela. A continuación se pasa revista al cuadro macroeconómico en el que se aplicó el IDB, en conjunción con otras medidas de política económica, y los resultados globales que dicha combinación de políticas generó en 1994 y 1999. En las dos últimas secciones se consideran el rendimiento tributario del IDB y sus efectos sobre el mercado financiero, con énfasis en la demanda de efectivo en poder del público (para la que se realizan algunas pruebas econométricas de significación del tributo sobre el comportamiento de esta serie de tiempo) y el número de transacciones con cheques.

  1. EL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS: CONSIDERACIONES GENERALES

    Un impuesto a las transacciones financieras, generalmente consiste en la aplicación de un tributo que comprende un porcentaje fijo del valor de una transacción de retiro, débito a transferencia desde cuentas registrados en el sistema financiero. El impuesto a las transacciones financieras suele justificarse generalmente por dos vías. La primera es estrictamente fiscal. Este es un impuesto que produce, a bajos costos administrativos, ingresos tributarios que pueden ser significativos en economías altamente monetizadas y con sistemas de pagos modernos.

    En otros casos, variantes de estos tributos se han aplicado con el objetivo de reducir la volatilidad financiera y colaborar en la corrección de desequilibrios en la balanza de pagos. Este es el caso, por ejemplo, del llamado "Impuesto tipo Tobin", mediante el cual se ha propuesto reducir el volumen de transacciones especulativas con divisas y, por tanto, los riesgos de liquidez asociados a la destrucción de depósitos bancarios y de pérdida de reservas internacionales a través de la imposición de un gravamen a estas transacciones.

    Este impuesto, como cualquier otro, puede ser evaluado estáticamente por su impacto sobre la eficiencia y la distribución del ingreso. Su aplicación prolongada en el tiempo, en la medida que reduce los costes fijos medios de instalar mecanismos alternativos que permite eludir su pago, tiende a erosionar la base de tributación al generar incentivos en empresas y personas naturales para su evasión a través de endosos sucesivos de cheques, mayor manejo del efectivo, dolarización y consolidación de pagos inter e intra-grupos, entre otros mecanismos. En la medida que se constate este efecto, la sociedad termina cargando sobre la eficiencia, los mayores costos y riesgos que supone el manejo de efectivo. La autoridad monetaria, por su lado, puede perder grados adicionales de control sobre los agregados monetarios en la medida que la recomposición en la cartera de activos financieros inducida por el impuesto haga más inestable la demanda de dinero. Así mismo, si los bancos invierten un monto importante de sus tenencias en papeles públicos para cubrir el déficit, el gobierno podría terminar pagando el tributo en la forma de mayores tasas de interés (Coelho, Ebrill y Summers 2001). Por otro lado, y dependiendo del tipo de operaciones que conforman la base de tributación, este tributo puede desestimular tanto el mercado de capitales como los mercados secundarios para los papeles públicos, restándoles liquidez por el fuerte costo tributario de las operaciones a plazos cortos.

    Por otra parte, aunque a este impuesto generalmente se le asocian efectos progresivos desde el punto de vista de la renta, dado el mayor nivel de uso de los servicios financieros que se le atribuyen a los segmentos de ingresos más altos, algunos efectos laterales pueden mitigar o, incluso, revertir esta supuesta progresividad del impuesto. En efecto, si por restricciones de liquidez y de acceso a circuitos financieros más sofisticados, los agentes de menores ingresos y sobre todo las personas naturales tienen menos probabilidades de evadirlo, el impacto sobre la distribución del ingreso pudiera implicar regresividad, al pagar proporcionalmente más tributos quienes no pueden defenderse dolarizando o consolidando sus pagos porque son más pobres.

    A estos costos de aplicación, por supuesto, hay que descontarles los posibles beneficios asociados al aumento de recaudación (que disminuiría el riesgo de utilizar mecanismos de financiación fiscal perversos, tipo impuesto inflación o retrasos en el servicio de la deuda pública) y de una menor velocidad de rotación en los depósitos inducida por el castigo en rendimiento de los instrumentos financieros en moneda local que el IDB genera y los consecuentes desincentivos a tomar posiciones especulativas en divisas. Se ha dicho también que el impuesto puede efectivamente reducir el volumen de transacciones financieras especulativas y de muy corto plazo, dado que el mismo se hace mayor en la medida que las inversiones se hacen sobre plazos más cortos.

    La posibilidad de que un impuesto a las transacciones financieras desplace transacciones de activos financieros locales hacia activos financieros foráneos, ha puesto en el tapete la necesidad de extender su implantación hacia las transacciones financieras en el mercado de divisas. Aunque no existe una evidencia empírica contundente a favor de Impuestos Tipo Tobin, la polémica en...

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