La politica indigenista venezolana a traves del tiempo. Contactos y conflictos interetnicos en Venezuela: el eterno problema. Los problemas recientes.

AutorClarac, Jacqueline

RESUMEN

En esta ponencia se realiza una breve revisión de la política indigenista en América, y particularmente en Venezuela, a fin de tener una base para la comparación con nuestro momento histórico actual. Se hizo énfasis especialmente en dos décadas de la historia de Venezuela al respecto: La del sesenta-setenta y la del ochenta. Se hizo una revisión de algunos momentos históricos claves para comprender la política indigenista a través del tiempo en Venezuela y poder compararla con la política que hoy se desarrolla en nuestro país; comparando a su vez los problemas habidos en otras épocas con los actuales.

Palabras Claves: Indígena, Política Indigenista, Historia, Contactos, Conflictos, Interétnicos.

Introducción.

En este artículo les haré una breve revisión de la política indigenista en América, y particularmente en Venezuela, a fin de tener una base para la comparación con nuestro momento histórico actual. Pondré el énfasis especialmente en dos décadas de la historia de Venezuela: la del sesenta-setenta y la del ochenta del siglo XX.

Desde la llegada del español a nuestro continente, siempre ha habido una resistencia indígena, aunque la ha silenciado la historia escrita. Dicha resistencia ha sido a veces armada, a veces pasiva, pero siempre la hubo y la sigue habiendo.

A partir de la década del 70 del siglo XX, en ciertos países, y en la década del 80 en otros, esta resistencia empezó a tomar una posición crítica frente a los criollos (o "ladinos", como se los llama en otras regiones americanas) quienes en todas partes se apropiaron gustosamente del rol y de la actitud del europeo frente al indoamericano, a veces en forma extrema (como en los EE.UU o en Argentina) a veces en forma solapada y más o menos intensiva según las regiones y los momentos de esta historia (callada porque nunca ha convenido hablar de ella, menos en ciertas recientes películas del Oeste, en las cuales los norteamericanos procuran mostrarse un poco más objetivos al tratar de novelar acerca de la reconstrucción de ese su pasado reciente sin seguir mostrando --como antes-- a sus indígenas como salvajes).

Cuando a partir de las décadas 70-80 empezaron los indígenas a tomar una actitud crítica se atribuyó ésta a una "resistencia cultural al desarrollo y a las innovaciones técnicas", o a su incapacidad para adaptarse a un estrato "superior" de cultura, repitiendo un modelo ya obsoleto pero muy querido y demasiado asimilado por todos los gobiernos alienados y todos los individuos cultural e históricamente alienados por largas situaciones coloniales difíciles de superar, psicológica y socioculturalmente.

En otras ocasiones, frente a esa actitud crítica, el recurso del "criollo" y del gobierno fue acusar a los indígenas de ser "manipulados" por otros, naturalmente, los antropólogos fueron los más directamente acusados de tal manipulación (1). Los antropólogos más atacados entonces, fueron Esteban Emilio Mosonyi y Gerald Clarac. Las agresiones del gobierno contra ellos y contra los indígenas fueron manifestadas muy específicamente por el Ministro del Interior, Lepage, y la diputada Angelina Gamus, del partido Acción Democrática; esta última había sido nombrada, en el seno del Congreso Nacional, Coordinadora de la Comisión que debía estudiar el problema, pero el informe de la Comisión estuvo a favor de los invasores caraqueños.

El problema de tenencia de la tierra indígena empezó desde la llegada de los españoles, como sabemos. La Corona española reconocía los derechos de los indígenas sobre sus llamadas "tierras de resguardo", pero este discurso del papel no llegaba a la realidad social americana, ya que los llamados "indios" tenían a cada rato que reclamar por la invasión y robo de sus resguardos (primero por españoles, luego por criollos) pleitos de los cuales están llenos nuestros archivos de toda Latinoamérica.

Tengo personalmente referencias de 18 de esos juicios, sólo en el Archivo Histórico de Mérida, de 1670 a 1859; debemos pensar que éstos fueron unos de los pocos que llegaron a los tribunales, otros jamás llegaron. A través de tales juicios se puede observar que había jueces imparciales, así como algunos muy parcializados con sus coterráneos y a veces "compadres" criollos (cuando no parientes directos).

La llamada "dotación de tierras" a comunidades indígenas en Venezuela, desde la Colonia hasta fecha reciente, ha sido la historia del acaparamiento de la tierra. El comportamiento del Poder Público frente al derecho de esas comunidades ha sido diverso, llegando a veces a coincidir sus intereses, como en el caso de la coyuntura histórica inmediatamente anterior a la Independencia, la cual dio lugar al inicio de una política oficial de "dotaciones", auspiciada por la Corona de España. Esto, porque la tenencia de la tierra había tomado un carácter totalmente latifundista, se había despojado a los indígenas de sus tierras y ellos habían sido incorporados sólo como mano de obra al proceso productivo, mediante las "Mercedes de Tierra". En el siglo XVIII, la Corona procede a constituir legalmente unas 300 comunidades indígenas con "dotación de tierra" (Farías Arcila, E.,1968, 18-25, y Valdéz A., 1974, 215 a 223).

La República cambió el estatuto colonial de tenencia de la tierra para las comunidades indígenas, determinando la obligatoriedad de división de la propiedad comunal hasta su completa eliminación, a través de la Constitución promulgada por el Congreso de la Primera República el 31 de diciembre de 1811, y luego la Ley del Congreso de la Gran Colombia del 11 de octubre de 1821.

La ley del 25 de mayo de 1885 sobre Resguardos Indígenas (pues éstos se habían mantenido en algunas regiones, como por ejemplo en Mérida, por inercia), en su Artículo 1 establece:

"Dentro de los límites de la Nación sólo se reconocen como comunidades de indígenas las que existen en los Territorios Amazonas, Alto Orinoco y la Guajira, las cuales serán regidas y administradas por el Ejecutivo Nacional, conforme a la Ley".

Es decir, que con la misma se quitó a los indígenas de varias regiones el derecho a "ser indígenas", pero sólo en aquellas partes del país de mayor accesibilidad para los latifundistas, como en los estados andinos y Falcón, Lara, Barinas, Anzoátegui, lo cual podemos constatar hoy. Aparentemente las consecuencias de ese hecho pasaron desapercibidas por los historiadores y se necesita todavía realizar investigaciones al respecto, como las que hemos empezado, por ejemplo, en el Estado Mérida, en el cual encontramos que en las zonas de menor accesibilidad y por consiguiente de menor interés agrícola-comercial, no tuvo efecto esa ley, hasta nuestros días, pues tenemos todavía hoy en Mérida descendientes de indígenas que mantienen lo que llaman sus tierras "de resguardo".

Por la condición de debilidad económica del indígena, pocos lograron acceder acceder a la propiedad individual, más cuando la Ley de Tierras Baldías y Ejidos del 11 de junio de 1911 reducía de cinco a dos años el plazo para que el indígena procediera al ejercicio de su derecho a la tierra, so pena de perención, lo que en general ocurrió.

Finalmente, el 19 de agosto de 1936, con la Ley de Tierras Baldías y Ejidos, se asimiló a la categoría de "ejidos" todos los resguardos de las "extinguidas" comunidades indígenas.

En 1960, la Ley de Reforma Agraria consagra el derecho de las comunidades indígenas a la tierra, poniendo fin de este modo--aparentemente--"a la ficción querida por el liberalismo económico declinante, bajo la cual se mantenían legalmente extinguidas las comunidades indígenas, cuando socialmente son una realidad comprobable en ocho de las veintiún entidades federales que componen la división político-territorial de la República", como lo señala Valdéz (1974: 222).

De modo que si no se hubiera promulgado esta ley en 1960, a todos los indígenas del país les hubiera sucedido lo mismo que a los indígenas de Mérida, Trujillo, Falcón, entre otros estados.

A nivel nacional la situación se hace un poco más clara a principio de la década del 80, es decir: Si los indígenas adquieren mayor conciencia de lo que está sucediendo, es porque fue en ese momento cuando se aceleró en América Latina --y en Venezuela también-- el proceso del "desarrollo", es decir, cuando se empezó a creer que dicho proceso era aplicable en nuestros países. A la par crecieron y se fortalecieron las organizaciones indígenas, logrando una conciencia siempre más clara de sus intereses como sujetos sociales y actores políticos frente a los intereses de otros sujetos sociales y actores políticos, dentro de una misma nación.

La primera reunión técnica acerca de los problemas de las poblaciones indígenas de la Cuenca Amazónica se realizó en Puyo, Ecuador, en 1981, y en la misma se declaró la urgencia de encontrar formas de expansión de la actividad humana que no deteriorasen los bosques y selvas y que al contrario, los preservasen, señalando que las culturas nativas eran justamente las únicas hasta el momento en haber sabido hacerlo. Ahí ofrecieron incluso los representantes indígenas que "las formas tradicionales de silvicultura fuesen la base de un nuevo modelo para el desarrollo de las regiones" y que "se les reconociera el crédito de haber domesticado la selva sin menoscabo de su fragilidad ecológica", cosa que hoy sabemos, pero que no estaba clara en los organismos oficiales encargados de la política indigenista, como veremos luego.

Todos los países latinoamericanos vivieron desastres ocurridos en comunidades indígenas desprovistas jurídicamente para enfrentar la apropiación de sus tierras por otros, siendo Brasil en la década del 80 el mayor exponente de tales desastres. En ese país surgió el problema muy temprano debido a la construcción de obras, tales como presas hidroeléctricas, pistas de aterrizaje, empresas mineras, pero también por ampliación de las fronteras de las empresas ganaderas criollas.

Por conocer esta grave situación, la OEA organizó en julio de 1983, conjuntamente con...

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