Resolución Conjunta mediante la cual se instruye a los órganos y entes de la Administración Pública Nacional que requieran contratar servicios de transporte terrestre de carga, a que suscriban de manera directa, sin intermediaciones, dichas contrataciones o alianzas comerciales y/o estratégicas con las personas naturales dedicadas al servicio de transporte terrestre de carga, mediante instrumentos que regulen la prestación del servicio y garanticen la continuidad del mismo.

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