Decisión nº 5144 de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes. de Tachira, de 7 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2016
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes.
PonenteAna Lola Sierra
ProcedimientoReconocimient De Documento En Su Contenido Y Firma

JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (07) de noviembre de dos mil dieciséis.

AÑOS: 206° y 157°

Visto el convenimiento celebrado en fecha tres (03) de noviembre de 2016, por la parte demandada, ciudadano A.E.G.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.927.200, asistido por el abogado en ejercicio C.A.C.P., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.814.120 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 235.684, mediante el cual conviene en todas y cada una de sus partes la presente acción, reconociendo tanto en la firma como en el contenido del instrumento fundamental de la presente acción, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo se acuerda de conformidad, en consecuencia, expídase copia fotostática certificada de lo solicitado. Para la elaboración del trabajo fotostático se autoriza al ciudadano L.V. Alguacil de este Juzgado. Cúmplase con lo ordenado. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal. Cumplido como sea lo ordenado, procédase al archivo del expediente.

A.L.S.

JUEZ TEMPORAL

B.M.

SECRETARIA TEMPORAL

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 5144, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

B.M.

SECRETARIA TEMPORAL

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