Sentencia nº 956 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 22 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 22 de octubre de 2014

204º y 155º

En fecha 08 de octubre de 2014 fue recibido Oficio N° 0970-15-007 de fecha 24 de septiembre de 2014, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, anexo al cual remitió comisión librada en fecha 15 de mayo de 2014, a los fines de notificar la Sentencia N° 56 dictado en fecha 30 de abril de 2014, a los ciudadanos DIXSO VELÁSQUEZ y D.R., y en cuyas resultas el ciudadano Alguacil del referido Juzgado manifestó la imposibilidad de localizar a los referidos ciudadanos; en el caso del primero por tener una dirección errónea y en el caso del segundo por domicilio impreciso, en tal sentido, este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar carteles a los ciudadanos DIXSO VELÁSQUEZ y D.R., a los fines de notificarles la Sentencia N° 56 dictada en fecha 30 de abril de 2014, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel se les tendrá por notificados. Líbrese Carteles.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000021

FRVT/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 22 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano DIXSO VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.476.581, que en fecha 30 de abril de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 56 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el ciudadano J.R.L.Z., titular de la cédula de identidad N° 1.859.991, alegando actuar con el carácter de candidato a Presidente del C.d.A. de la CAJA DE AHORROS DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), asistido por el abogado J.E.R.M., titular de la cédula de identidad N° 2.953.215 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.062, quien también actúa en nombre propio en su alegada condición de candidato a Presidente del C.d.V. de dicha Caja de Ahorros, contra “…los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades (…) emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2014 (…) con ocasión del proceso electoral llevado a cabo el día 13 de marzo de 2013 (sic)…”. En dicho fallo la Sala Electoral se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. 2.- ADMITIÓ el recurso interpuesto y 3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Asimismo, se le informa que este Juzgado de Sustanciación por auto de fecha 15 de mayo de 2014 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000021

FRVT/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 22 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano D.R., titular de la cédula de identidad N° 1.633.630, que en fecha 30 de abril de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 56 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el ciudadano J.R.L.Z., titular de la cédula de identidad N° 1.859.991, alegando actuar con el carácter de candidato a Presidente del C.d.A. de la CAJA DE AHORROS DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (CATINDE), asistido por el abogado J.E.R.M., titular de la cédula de identidad N° 2.953.215 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.062, quien también actúa en nombre propio en su alegada condición de candidato a Presidente del C.d.V. de dicha Caja de Ahorros, contra “…los actos de totalización, proclamación y toma de posesión de las nuevas autoridades (…) emitidos por la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL ELECCIONES CATINDE 2014 (…) con ocasión del proceso electoral llevado a cabo el día 13 de marzo de 2013 (sic)…”. En dicho fallo la Sala Electoral se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. 2.- ADMITIÓ el recurso interpuesto y 3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Asimismo, se le informa que este Juzgado de Sustanciación por auto de fecha 15 de mayo de 2014 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000021

FRVT/pc

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