Decisión de Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Barquisimeto), de 15 de Julio de 2008

Fecha de Resolución15 de Julio de 2008
EmisorTribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonentePedro Jose Romero
ProcedimientoOrden De Aprehension

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA

EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 15 de Julio del 2.008

Años: 198º y 149º

ASUNTO: KP01-P-2008-007976.-

Corresponde a este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, resolver sobre la solicitud de decreto de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos C/2do. (G.N.) J.F.Y.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.196.475, C/2do. (G.N) Garrido S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº 13.922.617 y Dtgdo. (G.N) Montilla Barrios Ulises, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.710, adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro, del Comando Regional Nº 04 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, por encontrarse presuntamente incursos en la comisión del delito de Desaparición Forza.d.P., previsto y sancionado en el articulo 180-A del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano J.R.G.E., titular de la cedula de identidad Nº 5.935.227. De conformidad con los artículos 250 numerales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2º y 3º; Parágrafo Primero y 252 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, formulada por las Fiscalías Sexagésima Segunda y Vigésima Primera del Ministerio Público con Competencia Plena Nacional y de la de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, respectivamente, en los siguientes términos:

Visto el escrito presentado por las Abg. A.B.N.E., Abg. A.A.H. y Abg. L.M.P., en su carácter de Fiscales Sexagésima Segunda y Vigésima Primera del Ministerio Público con Competencia Plena Nacional y de la de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, respectivamente, en el cual hacen solicitud de decreto de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos C/2do. (G.N.) J.F.Y.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.196.475, C/2do. (G.N) Garrido S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº 13.922.617 y Dtgdo. (G.N) Montilla Barrios Ulises, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.710, adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro, del Comando Regional Nº 04 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, a quienes por investigaciones adelantadas por el Ministerio Publico se presume su participación en la comisión del delito de Desaparición Forza.d.P., previsto y sancionado en el articulo 180-A del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano J.R.G.E., titular de la cedula de identidad Nº 5.935.227.

El titular de la acción penal en su escrito de solicitud, y a los fines de ilustrar al Tribunal, hace una hilación de los hechos objeto del proceso en los que cabe destacar lo siguiente;

Que el 29 de noviembre de 2007, en horas de la mañana, el ciudadano F.O., fue secuestrado cuando se desplazaba por las inmediaciones del sector El Venado del Estado Zulia, por un grupo de sujetos fuertemente armados (aun no identificados).

Que la ciudadana M.A.O., hija del ciudadano F.O., contacta al ciudadano J.R.G.E. (victima en la presente investigación), para que sirviera de intermediario entre ellos y los secuestradores de su padre el señor F.O., en virtud de que el ciudadano J.R.G.E., presuntamente se dedicaba a tal actividad, trasladando en consecuencia grandes sumas de dinero.

Que los hechos relacionados con el secuestro practicado al ciudadano F.O., fueron investigados por los efectivos C/2DO. (GNB) GIMENEZ FIGUEROA YILBOR ALEXANDER, C.I.- 13.196.475, C/2DO. (GNB) GARRIDO S.R.P., C.I.- 13.922.617 y DTG. (GNB) MONTILLA BARRIOS ULISES, C.I.- 12.240.710, adscritos al Grupo Anti-Extorsión y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, quienes tenían pleno conocimiento de todas las incidencias que se perpetraron con ocasión a tal suceso delictivo.

Que el 07 de diciembre de 2007, siendo aproximadamente las 06:00 de la tarde, el ciudadano J.R.G.E., se encontraba en la Quinta Marisol, ubicada en la calle Principal del sector L.A., de la ciudad de Barquisimeto-Estado Lara, residencia de la familia OLIVERA, realizando gestiones telefónicas con los captores del ciudadano F.O.; Ahora bien, luego de que el referido ciudadano coordinara la suma de dinero correspondiente para rescatar con vida al señor OLIVERA, decide salir inmueble a bordo de su vehiculo automotor cuyas características son: Clase Camioneta, marca Chevrolet, modelo Cheyenne, color blanco, año 2006, tipo pick-up, placas 64XGAZ, llevando consigo la cantidad de MIL MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.1000.000.000,oo), que pretendía entregar a los secuestradores del ciudadano F.O., no obstante desde ese momento se desconoce el paradero del ciudadano J.R.G.E..

Que la victima J.R.G., el 07-012-07, sale de la residencia de la familia OLIVERA, en presencia de los efectivos Cabo Segundo R.G. y (GN) S.B., adscritos al Grupo Anti-Extorsión y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, quienes aun permanecían en su residencia OLIVERA; sin embargo los funcionarios GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER y MONTILLA BARRIOS ULISES, desde el 05-12-07, por instrucciones de la Superioridad, les fue ordenado retirarse, en virtud de que los familiares del ciudadano F.O., habían decidido negociar la liberación de este, sin el apoyo del referido Despacho Castrense.

Que en fecha 11-12-07, el ciudadano F.O., fue liberado en la B.d.l.C. de Maracaibo, Estado Zulia, en virtud de que presuntamente el referido ciudadano negocio con sus captores para que lo dejaran en libertad, quedando de acuerdo en pagar la cantidad de MIL MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 1000..000.000,oo), la cual efectivamente entrego en fecha 13-12-07, en Cabimas-Estado Zulia, habida cuenta que el dinero entregado al ciudadano J.R.G., nunca fue recibido por los secuestradores del ciudadano F.O..

Que con ocasión, a la desaparición del ciudadano J.R.G.E., en fecha 16-12-07, su hermano G.G., interpone denuncia ante la Sub-delegación Carora del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, en la cual informo los seriales de los móviles que portaba su hermano para el 07-12-07, quedando identificados como: 0414-539-52-43, 0414-511-86-62 y 0424-528-65-64.

Que en fecha 17 de diciembre de 2007, fue localizada en el estacionamiento del Aeropuerto de la ciudad de Barquisimeto-Estado Lara, el vehiculo automotor Clase Camioneta, marca Chevrolet, modelo Cheyenne, color blanco, año 2006, tipo pick-up, placas 64XGAZ, propiedad del ciudadano J.R.G.E., por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas.

Que en la referida data, el vehiculo clase camioneta, marca Chevrolet, modelo Cheyenne, color blanco, año 2006, tipo pick-up, placas 64XGAZ, fue tratado de sacar del estacionamiento del Aeropuerto J.L., ubicada en la ciudad de Barquisimeto-Estado Lara, por el funcionario CANQUIZ G.H.T., quien se encontraba en compañía de la funcionaria M.G.Y.C., ambos adscritos a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, quien manifestó que tal actividad la realizo, por cuanto recibió llamada telefónica de parte del ciudadano GATTI ARCAY D.A. quien le solicito que sacara el vehiculo del estacionamiento, cumpliendo el funcionario con la misión encomendada, por cuanto le fue ofrecida la cantidad de un millón de bolívares, por parte del ciudadano GATTI ARCAY D.A., quien en señal de agradecimiento se la entregaría.

Que obtenida esa información, funcionarios adscritos a la Sub-Delegación de Barquisimeto del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, realizaron labores de pesquisa, hasta lograr entrevistar al ciudadano GATTI ARCAY D.A., quien manifestó que efectivamente solicito a su amigo el funcionario CANQUIZ G.H.T., que sacara la camioneta Clase Camioneta, marca Chevrolet, modelo Cheyenne, color blanco, año 2006, tipo pick-up, placas 64XGAZ, del estacionamiento del aeropuerto J.L., por cuanto su compadre Y.G., adscrito al Grupo Anti-Extorsión y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, le solicito que realizara tal actividad, manifestándole lo siguiente: “que tiene una camioneta, marca Chevrolet, modelo Silverado, 4x4, año 2006, color blanco, con franjas gris, placas 64X-GAZ, aparcada en el estacionamiento del aeropuerto J.L.…que la fuera a buscar para que la ofreciera en venta…diciéndome que el día siguiente me entregaría las llaves…”

Que igualmente informo el ciudadano GATTI ARCAY D.A., que en fecha 17-12-07, a las 09:00 horas de la mañana, se reunió con su compadre el efectivo YILFOR GIMENEZ, en el centro Comercial las Trinitarias, quien se encontraba en compañía del Cabo Segundo de la Guardia Nacional GARRIDO S.R., en un vehiculo Chevrolet, modelo Corsa, color azul, procediendo el funcionario Y.G., a entregarle la llave de la camioneta que se encontraba en el aeropuerto, manifestando el efectivo castrense, lo siguiente: “que solo había un pequeño problema, ya que la camioneta tenia aproximadamente diez días aparcada en dicho estacionamiento y que el ticket para retirar la misma no lo tenia porque lo había perdido.”

Que GATTI ARCAY DANIEL, informa que luego de portar las llaves de la camioneta, se traslada hasta el estacionamiento del aeropuerto J.L., entregándole en dicho lugar, las llaves al funcionario CANQUIS G.H.T., y este procede a abrir la puerta del automotor, tratando de encenderlo, pero no logran poner el motor en marcha, por lo que deciden retirarse del lugar.

Que por medio de la funcionaria M.Y., que para el momento se encontraba en compañía del funcionario policial CANQUIS, deciden chequear las placas 64X-GAZ del vehiculo en cuestión, por el sistema de Información Policial, siendo informados ambos funcionarios por parte del funcionario I.F. que el vehiculo se encontraba SOLICITADO, por uno de los Delitos Contra las Personas, en ese momento es que hacen del conocimiento al funcionario R.N., adscrito a INTERPOL de Barquisimeto-Estado Lara, de la irregularidad que presentaba el vehiculo automotor.

Que de la declaración del ciudadano D.G., se infiere que los funcionarios Guardia Nacional Cabo Segundo YILBOR GIMENEZ, apodado “EL MEN” y Cabo Segundo GARRIDO ROGER, apodado el “Lobo”, el primero de los mencionados tenia en su poder la llave del vehiculo automotor identificado con las placas 64X-GAZ, conducido para la fecha 07-12-2007, por el ciudadano J.R.G.E., y el mismo fue ingresado al estacionamiento del aeropuerto J.L.d.B., Estado Lara, en fecha 07-12-07, según acta de investigación penal suscrita por el funcionario Agente II E.G., donde consta que el mismo se entrevisto con el encargado del estacionamiento J.L. y con la ciudadana D.B.R.G., quien le informo que el vehiculo automotor en cuestión ingreso a dicho estacionamiento a las 02:00 horas de la fecha 07-12-2007.

Que los funcionarios de la Guardia Nacional Cabo Segundo YILBOR GIMENEZ, apodado “EL MEN” y Cabo Segundo GARRIDO ROGER, apodado el “Lobo”, son dos de los funcionarios que estaban trabajando el caso del secuestro del ciudadano F.A.O.; de igual manera el funcionario R.G. y la funcionaria S.B., apodada como “Sarita”, estaban presentes cuando fueron introducidos la cantidad de mil millones de bolívares en le vehiculo automotor 64X-GAZ, conducido por J.R.G.E..

Que es menester traer a colación que cursa a los autos, actas de investigación suscritas por los funcionarios Sub-Inspector P.B. y detective A.G., adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, las cuales reflejan el análisis telefónico realizado a las relaciones de llamadas correspondientes a los móviles celulares que guardan relación con la presente investigación, suministradas por la compañía Movistar, de las cuales se destacan los registros telefónicos y ubicación geográfica de los móviles celulares: 0414-539-52-43/0414-511-86-62 y 0424-528-65-64, portados por el ciudadano J.R.G.E.; 0414-502-43-25, perteneciente al ciudadano G.A., y que se encuentra en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILBOR ALEXANDER, alias “EL MEN”; 0414-502-43-18, perteneciente al ciudadano G.A. y en poder del ciudadano S.G.R.P., alias “EL LOBO” y 0414-552-81-46, perteneciente al ciudadano G.A., y en poder del ciudadano MONTILLA BARRIOS U.M., alias “EL PAJARITO”, adscritos al Grupo Anti-Extorsión y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, entre los días 7,8 y 13 de diciembre del año 2008, con las cuales se verifica lo siguiente:

….se puede observar que el móvil 0414-5395243 perteneciente al ciudadano: J.R.G.E., C.I. V-5.935.227 se comunica el día 07-12-2007, a las 20:42:02 con los móviles 3597309 y 4119996, desde la Radiobase COP EL TOSTAO; coincidiendo con la ubicación geográfica del móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER el cual se comunica el día 07-12-2007 con los móviles 0414-3521536, a las 08:41 p.m. y 0414-5221509 a las 08:45 p.m. en la Radiobase COP EL TOSTAO. Asimismo se determino que dicho móvil el día 07-12-2007 realizó la siguiente ruta: Desde las 06:36 p.m. hasta las 06:40 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; a las 06:43 p.m. está ubicado en la Radiobase Quibor; desde las 07:34 hasta las 07:38 p.m. está ubicado en la Radiobase COP. El Tostao; a las 07:40 p.m. se encuentra ubicado en la Radiobase Venfuca; desde las 08:00 p.m. hasta las 08:45 p..m. está ubicado en la Radiobase COP. El Tostao; a las 09:56 p.m. se encuentra en la Radiobase Quibor; a las 10:01 p.m. se encuentra en la Radiobase Palmichal; desde las 10:25 p.m. hasta las 03.44 a.m. del día 08-12-2007 se encuentra en la Radiobase Carora. El móvil 0414-5118662 perteneciente al ciudadano: S.R., titular de la cédula V-14.175.245 y que se encontraba en poder del ciudadano J.R.G.E., C.I. V-5.935.227 recibe comunicación el día 08-12-2007, a las 08:56:04 a.m., 08:56:43 a.m. y 08:57:32 a.m. desde el móvil 0414-3771735 y se encuentra ubicado el móvil 0414-5118662 en la Radiobase Carora.. De igual forma el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, se comunica el día 08-12-2007, a las 08:37 a.m. y 08:45 a.m. desde la Radiobase Carora con los móviles 0414-6799613 y 0414-3523448 respectivamente. Posteriormente el móvil 0414-5118662 en poder del ciudadano J.R.G.E., se registra el día 08-12-2007 a las 22:01:45 hrs. en la Radiobase La P.B., discando los números 0424-5252500 y B8 ó *8, coincidiendo nuevamente con el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, quien efectuó llamadas el día 08-12-2007, a las 08:09 p.m. y 10:15 p.m. desde la Radiobase La P.B. a los móviles 0424-5024318 y 0414-5380467 respectivamente. Posteriormente el móvil 0424-5286564, perteneciente al ciudadano: CUICAS RAMON, titular de la cédula V-12.692.179 y portaba el ciudadano: J.R.G.E., C.I. V-5.935.227, se registra el día 13-12-2007, a las 07.56:12, 07:53:50 y 07:54:19 hrs. desde la Radiobase COP. El Tostao a el B8 ú *8, coincidiendo nuevamente con el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, quien efectuó llamadas el día 13-12-2007, a las 7:30 a.m. y 8:02 a.m. desde la Radiobase COP. El Tostao a los móviles 0414-5023129 y 0424-5024318 respectivamente. Asimismo el móvil 0414-5528146, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano MONTILLA BARRIOS U.J., titular de la cédula de identidad V-12.240.710, el día 07-12-2007 realizó la siguiente ruta: Desde las 08:49 a.m. hasta las 06:11 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; Desde las 07:34 p.m. hasta las 07:38 p.m. está ubicado en la Radiobase COP. El Tostao; a las 07:49 p.m. se encuentra en la Radiobase COW. VENFUCA; a las 08:07 p.m. se encuentra en la Radiobase OBELISCO MODC; a las 11:53 p.m. se encuentra en la Radiobase Carora; a las 07:49 p.m. se encuentra en la Radiobase La Pastora; a las 12:10 p.m. se encuentra en la Radiobase Carora; el día 08-12-2007 desde las 10:17 a..m. hasta las 01:42 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; desde las 02:29 p.m. hasta las 09:12 p.m. está ubicado en la Radiobase La Pastora; desde las 11:17 p.m. hasta las 11:29 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; el día 13-12-2007 a las 07:49 a.m. se encuentra en la Radiobase Venfuca; a las 07:59 a.m.. se encuentra en la Radiobase Obelisco; desde las 08:37 a.m. hasta las 08:47 a.m. está ubicado en la Radiobase El Tostao. Mediante la presente relación se pudo determinar que dicho móvil realiza la misma ruta de traslado que la de los móviles 0414-5395243, 0414-5118662 y 0424-5286564 pertenecientes al ciudadano: J.R.G.E. y el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, en los días correspondientes al 7, 8 y 13 de diciembre de 2007. El móvil 0424-502-4318, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano S.G.R.P., titular de la cédula de identidad V-13.922.617, el día 07-12-2007 realizó la siguiente ruta: desde las 04:31 p.m. hasta las 08:42 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; a las 09:13 p.m. está ubicado en la Radiobase Sanare; desde las 11:16 p.m. hasta las 11:46 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; el día 08-12-2007 desde las 12:42 a.m. hasta las 12:44 a.m. está ubicado en la Radiobase Carora; a las 02:03 a.m. se encuentra en la Radiobase La Pastora; desde las 09:17 a.m. hasta las 09:46 a.m. se encuentra en la Radiobase Carora…

Que se evidencia con meridiana claridad del acta de investigación antes trascrita, que el móvil 0414-539-52-43, portado por el ciudadano J.R.G.E., para la fecha 07-12-07, a las 20:42 horas, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar EL TOSTAO, de igual forma el móvil 0424-502-43-25, portado por el ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, alias “EL MEN”, el día 07-12-07, entre las 8:41 p.m y las 8:45 p.m, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP EL TOSTAO; el móvil 0414-552-81-46, portado por el ciudadano MONTILLA BARRIOS ULISES, alias “EL PAJARITO”, el día 07-12-07, entre las 7:34 p.m y las 7:38 p.m, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP EL TOSTAO.

Que es fácil inferir que dichos móviles celulares para la fecha y horas indicadas se encontraban en la misma ubicado geográfica, es decir, en la radio base COP el TOSTAO, concluyendo que los tres móviles celulares estaban ubicados territorialmente en la misma zona geográfica.

Que se constato que el móvil 0414-511-86-62, portado por el ciudadano J.R.G.E., para la fecha 08-12-07, a las 22:01 horas, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar LA PASTORA-BARQUISIMETO, de igual forma el móvil 0424-502-43-25, portado por el ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, alias “EL MEN”, el día 08-12-07, entre las 7:47 p.m y las 10:15 p..m, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP LA PASTORA-BARQUISIMETO; el móvil 0414-552-81-46, portado por el ciudadano MONTILLA BARRIOS ULISES, alias “EL PAJARITO” el día 08-12-07, entre las 2:29 pm y las 9:12 pm, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP LA PASTORA-BARQUISIMETO.

Que dichos móviles celulares para la fecha y horas indicadas se encontraban en la misma ubicada geográfica, es decir, en la radio base COP LA PASTORA-BARQUISIMETO, concluyendo que los tres móviles celulares estaban ubicados territorialmente en la misma zona geográfica.

Que se verifica que el móvil 0424-528-65-64, portado por el ciudadano J.R.G.E., para la fecha 13-12-07, entre las 7:54 a.m y las 7:56 horas, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP EL TOSTAO, de igual forma el móvil 0424-502-43-25, portado por el ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, alias “EL MEN”, el día 13-12-07, entre las 6:56 a.m y las 9:06 a.m, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP EL TOSTAO; el móvil 0414-552-81-46, portado por el ciudadano MONTILLA BARRIOS ULISES, alias “EL PAJARITO” el día 13-12-07, entre las 8:37 a.m y las 8:47 am, se encontraba ubicado en la radio base de la compañía Movistar COP EL TOSTAO.

Que es fácil inferir que dichos móviles celulares para la fecha y horas indicadas se encontraban en la misma ubicada geográfica, es decir, en la radio base COP EL TOSTAO, concluyendo que los tres móviles celulares estaban ubicados territorialmente en la misma zona geográfica.”

De todo lo anteriormente trascrito se evidencia que los representantes de la Fiscalía del Ministerio Publico, solicitan la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por encontrarse a su criterio, acreditadas las circunstancias establecidas en los artículos 250 numerales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2º y 3º; Parágrafo Primero y 252 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal.

Observa este tribunal la comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, como lo es la Desaparición Forza.d.P., previsto y sancionado en el artículo 180-A del Código Penal, en perjuicio del ciudadano J.R.G.E., a través de la lectura de:

  1. - LA DENUNCIA COMÚN, de fecha 16-12-2007, interpuesta ante la sede de la Sub Delegación Carora del Estado L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, por el ciudadano G.B.G.E., titular de la cédula de identidad Nº V-05.929.958, de profesión u oficio Ingeniero Mecánico, residenciado en La Represa, calle 3, casa Nº 87, Carora, Estado Lara, oportunidad en la cual manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Vengo a denunciar que mi hermano de nombre J.G., está desaparecido desde el viernes 07-12-2007 y hasta la presente fecha no sabemos nada de él. Es todo”.

  2. - El ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 17-12-2007, suscrita por el funcionario T.S.U. Detective R.N., adscrito a la Brigada de INTERPOL de la Sub-Delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial de investigación: “Encontrándome en labores de servicio en la sede de este Despacho, procedí a darle cumplimiento del chequeo de vehículos aparcados en el estacionamiento interno del Aeropuerto J.L.d. esta ciudad y al introducir la matrícula Nº 64X-GAZ, se pudo constatar que el mismo pertenece a un vehículo con las siguientes características Clase Camioneta, Marca Chevrolet, Modelo Cheyenne, Tipo Pick-up, Año 2006, Color Blanca, Placas 64X-GAZ, Serial Motor X6V307114 y Serial Carrocería 8ZCEK14TX6V307114 y que la misma se encuentra SOLICITADA por ante la Sub Delegación de Carora Estado Lara, según expediente H-569.764 de fecha 16-12-2007, por el delito de Vehículo Incriminado, de igual manera por ante el sistema SETRA registra con las mismas características a nombre de Inversiones Doña Concha, C.A con sede en la ciudad de Carora Estado Lara y que la misma la conducía el ciudadano J.R.G.E., el cual de igual forma se encuentra Solicitado como Persona Desaparecida desde el 16-12-2007, seguidamente se procedió a efectuar llamadas telefónicas a la sede de la Sub Delegación Carora Estado Lara, donde fue atendida por el funcionario Detective V.C., credencial 25.268, a la sede de la Sub Delegación Barquisimeto, donde fue atendida por el funcionario Inspector G.C., credencial 19.467, así mismo como a los jefes naturales de las referidas Sub Delegaciones, a quienes se le informó de lo anteriormente mencionado; seguidamente se sostuvo conversaciones con las diferentes personas encargadas de las aerolíneas que funcionan en el mencionado Aeropuerto, siendo la primera la ciudadana Nayilde Yépez, cédula de identidad V-13.868.544; perteneciente a la Aerolínea Acerca, la segunda siendo la ciudadana J.M., cédula de identidad V-14.938.137, perteneciente a la Aerolínea S.B. y por último la ciudadana D.P., cédula de identidad V-11.599.076, perteneciente a la Aerolínea Aeropostal, quienes impuestas del motivo de mi presencia me manifestaron que desde la fecha 07-12-2007 hasta la actual no ha abordado ninguna aeronave el ciudadano mencionado como Desaparecido, seguidamente sostuve entrevista con el ciudadano Terán Ángel, cédula de identidad V-13.785.016, quien es el jefe de seguridad del aeropuerto en mención, quien impuesto del motivo de mi presencia me manifestó que al revisar las listas de vuelos privados desde el día 07-12-2007 hasta la fecha actual, de igual forma dicho ciudadano no ha abordado ninguna aeronave, es todo”

  3. - El ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 18-12-2007, suscrita por el funcionario Agente II E.G., adscrito a la Brigada de INTERPOL de la Sub Delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada: “Encontrándome en labores de servicio en la sede del Aeropuerto J.L., se presentó por ante la oficina de INTERPOL un ciudadano quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito: R.T.P.C., de nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas Distrito Capital, de 25 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Tamaca, vía a Duaca a 50 metros de la Farmacia Yucatán, teléfono 0424-524-33-44, portador de la cédula de identidad V-16.370.016, quien manifestó que en relación al vehículo Clase Camioneta el cual fue llevado por funcionarios de nuestro cuerpo detectivesco en el día de ayer 17-12-2007, la misma habían tratado de llevársela o sacarla del estacionamiento unos funcionarios policiales que llegaron a bordo de una patrulla policial de esta ciudad en el día de ayer 17-12-2007 e incluso hicieron un acta donde se comprometían a ser responsables de la misma, la cual nos hace entrega de la referida acta y que también conversaron con estos funcionarios policiales los ciudadanos R.C. quien es su jefe y una ciudadana de nombre Karla la cual se encuentra libre en el día de hoy, siendo su número telefónico el siguiente 0414-555-55-91 y de igual manera que una ciudadana de nombre D.R. estaba de guardia el día que entró la camioneta siendo este día 07-12-2007 a las 08:30 horas de la noche; acto seguido me trasladé hasta el estacionamiento Interno que funciona en el Aeropuerto de esta ciudad, una vez en el mismo sostuve entrevista con los ciudadanos R.E.C.Z., de nacionalidad Venezolana, Natural de Barquisimeto Estado Lara, de 25 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Ingeniero en Mantenimiento Mecánico, residenciado en las Residencias Sarema, Edificio Irapa, Piso 10, Apartamento 10-C, Barquisimeto Estado Lara, teléfono 0414-538-03-09, portador de la cédula de identidad V-15.886.563 encargado del mencionado estacionamiento y D.B.R. Granda…”

  4. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18-12-2007, realizada en la sede de la Sub-Delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana ROJAS GRANDA DARLINGH BEATRIZ, venezolana, natural de Barquisimeto Estado Lara, de profesión u oficio Estudiante, empleada del Estacionamiento Parque Central del Aeropuerto J.L., residenciada en Barrio La Apostoleña, sector 1, casa Nº 36, titular de la cédula de identidad Nº V-17.728.064, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Yo me encontraba de guardia esa noche que la camioneta entró, eso fue como a las ocho (8), más o menos, pero sinceramente no recuerdo quien la introdujo al estacionamiento, eso hace varios días y allí en el estacionamiento entran y salen carros a toda hora y más que es la hora de llegada de vuelos, y por lógica es hora crítica, es todo. Seguidamente el funcionario compareciente inicia el siguiente cuestionario:

  5. - El ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 18-12-2007, suscrita por el funcionario Agente R.B., adscrito al Grupo de Trabajo de Investigaciones de Vehículos de la Sub Delegación Barquisimeto del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia de investigación policial: “Encontrándome en labores de servicio ordenado por la Superioridad, me trasladé en compañía del funcionario L.G. hasta la oficina de INTERPOL, ubicada en el Aeropuerto Internacional J.L., lugar donde se encontraba un vehículo recuperado por funcionarios adscritos a la referida oficina, una vez allí sostuve entrevista con el funcionario Detective R.N., quien manifestó que en el momento que realizaba un recorrido de rutina por el estacionamiento del referido Aeropuerto fue localizada una camioneta con las siguientes características: marca CHEVROLET, modelo CHEYENNE, año 2006, color BLANCA, tipo PICK UP, placas 64X-GAZ, serial de carrocería 8ZCEK14TX6V307114, la cual se encuentra SOLICITADA como vehículo INCRIMINADO por ante la Sub Delegación Carora Estado Lara, por el delito de Persona Extraviada, según Expediente H-569.764 de fecha 16-12-2007, por lo que fue trasladada a este despacho a fin de realizarle las experticias correspondientes. A tal efecto me trasladé en compañía del Agente R.P. hacia el estacionamiento Interno de este Despacho, a fin de practicarle la respectiva Inspección Técnica Policial, donde una vez en el lugar y siendo las 06:30 horas de la TARDE del día de hoy, se procedió a realizar la misma, la cual es anexada a la presente Acta de Investigación, realizadas todas las Experticias de rigor el vehículo será trasladado hasta el estacionamiento Judicial “CONCORDIA” bajo el número de PVR: 111-12-07 de fecha 17-12-07, donde quedará a la orden de la Fiscalía que conozca el caso. Es todo’’.

  6. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19-12-2007, realizada por la Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana R.A.R.R., titular de la cédula de identidad Nº V-11.700.859, residenciada en la calle Fe y Alegría, casa Nº 10-57, Carora Estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Hace alrededor de un año y medio, mi novio de nombre J.R.G.E., comenzó una amistad con la señora M.A.O., ella generalmente nos visitaba en la hacienda de nombre El Nopal, de mi novio ubicada en el Sector El Papelón, de la carretera L.Z., ya que ella tiene unos caballos allí. Resulta que a principios de este mes secuestran al señor F.A.O., quien es el padre de M.A., pasados unos dos días del plagio, mi novio recibe una llamada a su celular de parte de la señora M.A., quien le pide que por favor colabore con la liberación de su padre, haciendo las veces de intermediario para el pago de mil millones de bolívares en efectivo, para lograr la liberación sana y salva de su padre, ese mismo día en la tarde, mi novio me llevó para la casa de M.A., quien vive en el Sector la Lituarenas, al lado de Cremas Cherry, ubicada en la ciudad de Carora, allí estaban presentes dos funcionarios del Gaes de la Guardia Nacional, quienes se hacían llamar por Sara y por Lobo, así mismo se encontraba M.A., con quien conversamos, los funcionarios del Gaes, hicieron que escucháramos las grabaciones del sujeto que estaba solicitando el dinero, en las grabaciones este sujeto amenazaba constantemente y que si ya estaba listo el dinero, y luego de que mi novio escuchó las grabaciones, dijo que ese es un sujeto quien se apoda El Caliche, ya que J.R. en el mes de noviembre del año 2006, participó en la entrega del dinero para la liberación de J.B. en el Estado Guárico, en esa oportunidad hizo la entrega a los captores de cuatrocientos millones en efectivo, así mismo decía que igualmente ayudó a las víctimas de una extorsión en el sector de El Venao, mi novio es una persona que siempre tenía una aptitud para ayudar a las personas víctimas de la delincuencia, salimos de la casa de M.A. el día siguiente a eso de las tres de la mañana, realmente para mi es difícil recordar la fecha exacta de lo que estoy narrando, ese mismo día a eso de las 10:00 horas de la mañana, regresamos a la casa de M.A., allí estaban los del Gaes, M.A., M.d.O., L.P. quien es el cuñado del señor Francisco y era la persona quien estaba negociando con el sujeto apodado el Caliche, Leonardo le dice a mi novio que el sujeto estaba por llamar, para colocarlo en contacto con el mismo, ese mismo día en horas del mediodía el sujeto en cuestión llamó a Leonardo y le dio la Clave que le dijo mi novio, que él era R.E. el novio de Ryana, y J.B., así mismo Leonardo le dio el siguiente número 0414-511.86.62, para que se contactara directamente con mi novio, luego Leonardo dijo que el sujeto le manifestó que efectivamente ya Rafael había realizado una negociación con ellos; ese mismo día en la tarde él recibe varias llamadas y en la tercera logra hablar con el sujeto quien dijo que era el Caliche, el teléfono tenía el altavoz, y logré escuchar cuando mi novio le decía que le devolviera un teléfono y el café, negociaron el monto, hablaron como 17 minutos, el Caliche decía que el señor F.O. vale mucho dinero, y quedaron en los mil millones y antes del día viernes 07 de este mes; mi novio habló varias veces con el supuesto Caliche, y siempre estuvimos en la casa de M.A., varios compadres del señor Francisco colaboraron para reunir la cantidad solicitada, y la remesa la coordinó la señora E.V., quien es la Gerente del Banco de Venezuela de la ciudad de Carora, el día viernes en la mañana yo salí para el Aeropuerto de esta ciudad, llegué a eso de las 09:15 horas de la mañana y dejé en el estacionamiento mi vehículo marca Dodge, modelo Neón, de color blanco, placas GCK-19C, a eso de las 11:00 horas de la mañana, me tomé un vuelo de la línea Acerca, llegué al Aeropuerto de Maiquetía en La Guaira, donde esperé a mi primo de nombre Gara Yonay Armas, quien venía de España, siempre tuve contacto vía telefónica con Rafael, ese mismo día regresé a esta ciudad a eso de las 08:30 horas de la noche, llamé a Rafael y este no me atendió, me trasladé a la ciudad de Carora donde llegué a mi casa como a eso de las 10:00 horas de la noche, continué llamando a Rafael y tenía el teléfono apagado, pasó el sábado y el día domingo 09-12-2007, como a las 12:00 horas del mediodía, M.A. me llamó para que fuera para su casa, llegué a esa casa y M.A. me dijo que Rafael salió el día viernes como a las 6:30 horas de la tarde, en su camioneta, se desconocía el destino, y llevaba los mil millones divididos en dos partes, y hasta la presente fecha se desconoce el paradero del mismo, posteriormente el día 11-12-2007, apareció el señor F.O., quien según dicen fue liberado en la B.d.L.C. en la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, este señor llegó a Carora a eso de las 05:30 horas de la tarde de ese mismo día, me trasladé hasta la casa de Francisco con quien logré hablar y me dijo que mi novio debería aparecer en unos días, que me quede tranquila esperando, así mismo me informó que el mismo había negociado su liberación a través de un amigo de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, allí se encontraba una hermana del señor Francisco quien decía que gracias a Dios su hermano había aparecido y que el la llamó para que lo esperara en el Venado, ya que el venía de la ciudad de Maracaibo, así mismo esta señora hermana del señor Francisco en cierto momento dijo que ojala el dinerito no se perdiera, de igual manera como a las 09:30 horas de la tarde la hija menor del señor F.O. de nombre O.M. dijo que su papá había negociado su liberación y que el mismo cargaba una parte de ese dinero; salí de esa casa y hasta el día de hoy no se nada ni de mi novio así como del señor Francisco, todo es realmente extraño, algo pasó con mi novio, es todo’’.

  7. - LA EXPERTICIA DE REACTIVACIÓN DE SERIALES N° 9700-056-014-01-08, de fecha 04-01-2008, suscrita por el funcionario Experto Sub Inspector L.F., adscrito a la Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, practicada a un vehículo Clase CAMIONETA, Marca CHEVROLET, Modelo CHEYENNE, Color BLANCO, Tipo PICK-UP, Uso CARGA, Placas 64X-GAZ, de la cual se desprende lo siguiente: “EXPERTICIA: De conformidad con el pedimento formulado constatamos que el vehículo presenta: PRIMERO: El serial identificador de la carrocería, donde se encuentran grabados los alfanuméricos 8ZCEK14TX6V307114, se encuentra ORIGINAL.- SEGUNDO: El serial del motor donde se encuentra grabados los alfanuméricos X6V307114, se encuentra ORIGINAL.- CONCLUSIONES: 01.- Dicho vehículo presenta sus seriales ORIGINALES”.

  8. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18-01-2008, tomada en la Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, al ciudadano CANQUIZ G.H.T., de profesión u oficio Cabo Segundo, adscrito a la Policía del Estado Lara, titular de la cédula de identidad N° V-07.603.729, residenciado en el Barrio 19 de Abril, calle principal, casa sin número, sector El Tostado, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “El día 17 de diciembre del año 2007, yo recibí una llamada telefónica a mi móvil celular de parte de un ciudadano de nombre DANIEL, quien me indicó que me dirigiera hacia el estacionamiento del Aeropuerto de esta Ciudad, a fin de chequear una camioneta que tenía varios días aparcada y que le preguntara al encargado de dicho estacionamiento cuanto era la deuda del servicio de estacionamiento, motivo por el cual me dirigí hacia el lugar, entrevistándome con un joven que era el encargado en ese momento, indicándole la placa del vehículo señalándome este, que si quería esa información tenía que firmara una nota para este me diera la información, por lo cual procedí a realizar una nota manuscrita, informándome de inmediato el encargado que la camioneta tenía dieciséis días aproximado y una deuda de ciento cincuenta mil Bolívares, retirándome del lugar dirigiéndome hacia la oficina de INTERPOL, a fin de chequear la placa, luego salí hacia la parte externa del aeropuerto donde hable personalmente con DANIEL donde le indiqué el monto de la deuda de la camioneta, señalándome este que iría a buscar el dinero, retirándonos DANIEL y mi persona del aeropuerto, luego en horas de la tarde de ese mismo día, DANIEL me efectuó otra llamada a mi celular donde me manifestó que posteriormente me llamaría para que hablaremos personalmente. Es todo”.

  9. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18-01-2008, tomada en la Sub-Delegación Carora, Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana M.D.C.P.D.O., titular de la cédula de identidad N° V-05.923.249, de profesión u oficio comerciante, residenciada en la Calle Principal del Sector L.A. al lado de la Empresa SUEROS CHERRY, Quinta Marisol, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Bueno resulta ser que el pasado día 29 de noviembre del año pasado dos mil siete, unos sujetos armados sometieron a mi esposo F.O. por las Inmediaciones del Sector El Venado del Estado Zulia, y se lo llevaron secuestrado, para ese momento mi esposo andaba con mi menor hijo F.A.O.P., y dos Trabajadores de la Finca, ellos andaban en la camioneta Toyota Lancruiser de color blanca de mi esposo F.O., se llevaron únicamente a mi Esposo Secuestrado, y dejaron libres a mi hijo y a los dos muchachos trabajadores de la Finca y también dejaron abandonada la Camioneta, para el momento en que están cometiendo el Secuestro yo recibí una llamada del Teléfono de mi Esposo a la 01:59 minutos de la Tardees, esa llamada se cayo, y luego de inmediato sonó nuevamente mi teléfono y era del teléfono de mi Esposo, en ese momento contesto y me habla un Ciudadano que no era mi Esposo y me dijo que me tranquilizara que quien me hablaba era EL CALICHE, que a mi esposo no le iba a pasar nada que yo nada más tenía que buscar el dinero que tenía que pagar para la liberación de mi Esposo que era la Cantidad de Un Mil Millones de Bolívares (1.000.000.000 Bs), en efectivo; cuando yo escucho todo eso le pase de inmediato mi teléfono a mi hijo F.J.O.P., que andaba conmigo para ese momento, y mi hijo comenzó a hablar con el Secuestrador, mi hijo le decía al Secuestrador que a él si se le iba a pagar el dinero pero que no le hiciera nada a su hermanito menor quien es mi hijo F.A. conocido en la familia como TONY, después que colgó la llamada mi hijo me dijo que nos teníamos que regresar de inmediato a Carora porque nosotros estábamos e Barquisimeto, que este sujeto que tenía en su poder a FRANCISCO y a mi hijo TONY, y que le había dado únicamente tres horas para buscar a TONY en el Sector EL VENADO Estado Zulia, nos regresamos de inmediato para mi casa aquí en Carora, llegamos como a las 04:00 horas de la tarde, y mi hijo se fue de inmediato solo en mi Camioneta Toyota FOR RRUNER, de color Negra, mientras mi hijo andaba buscando a mi otro hijo Tony, para el venado, Tony llegó con los dos muchachos Trabajadores a mi casa, me contó que unos sujetos armados los había intersecado en la vía que conduce a la Finca de FRANCISCO, y se habían llevado Secuestrado a mi Esposo Francisco, que varios de los Secuestradores entre estos Secuestradores una Mujer lo tuvieron un rato con ellos, pero después lo soltaron junto con los trabajadores, le dieron Cincuenta Mil Bolívares y con eso fue que pagaron un Autobús y llegaron a mi casa, luego llegan las Autoridades a mi Casa Tanto Funcionarios de la Guardia Nacional de aquí de Carora, y después Funcionarios de aquí del CICPC, tuvimos que hacerle del conocimiento del Secuestro de mi Esposo tanto a los Funcionarios del CICPC de aquí de Carora, como a los Funcionarios de la Guardia Nacional, se comenzaron las investigaciones por parte de ellos, nos interrogaron en mi casa, y luego los funcionarios del CICPC de aquí de Carora se trajeron a los Trabajadores de la Finca para tomarles las declaraciones en relación al caso del Secuestro de mi Esposo, esa mismo día en la noche mi hijo FRANCISCO logró ubicar y recuperar la Camioneta donde andaba mi Esposo la localizó en el Venado y se la trajo para mi Casa; transcurrió el lapso de dos días y ya el día Primero de Diciembre Sábado llegaron a mi casa unos Funcionarios del CICPC que me dijeron que e.F.A. al CICPC de la Sub-Delegación de Ciudad Ojeda Estado Zulia, y nos manifestaron que ellos se estaban encargando de las Investigaciones del Caso del Secuestro de mi Esposo por cuanto el hecho había ocurrido en la Jurisdicción de su competencia, ellos nos manifestaron que tenían que entrevistarnos a mi hijo y a mi persona pero en la sede del CICPC de Ciudad Ojeda Estado Zulia, a lo que mi hermano L.P. quien es el Abogado de la Familia, les manifestó a los funcionarios que él me llevaría después a Declarar junto con mi hijo, ellos nos tomaron nuestros datos completos y se fueron, para ese momento aun los Secuestradores de mi esposo no habían llamado otra vez, entonces ese mismo día sábado en horas de la noche llegaron a mi casa Cuatro personas vestidos de civil eran tres hombres y una mujer, en una Camioneta de color B.P.-Up Cuatro Puertas, se presentaron diciendo que e.F. de la Guardia Nacional pertenecientes al Grupo de Trabajo Anti-Extorsión y Secuestro de Barquisimeto, mi hermano LENORDA PEREIRA y mis hijos M.A., y F.J., me llaman porque yo estaba en el cuarto y me presentan a los Funcionarios, La Funcionaria se quedó esa misma noche en mi casa, y los otros funcionarios se fueron para la Casa de mi hija M.A., que está al lado de mi casa, a conversar sobre el caso junto con mi hermano y mis dos hijos ya mencionados, y yo me fui nuevamente para mi cuarto a dormir, al día siguiente D.D.d.D. como de diez y media a once y cuarenta de la mañana, recibí una llamada a mi teléfono celular, era el señor CALICHE, me dijo que si ya tenía todo el dinero completo porque ya había pasado mucho tiempo, yo le dije que me diera más tiempo que se lo estaba consiguiendo, que si le iba a pagar toda la plata, entonces le pedí una f.d.v.d. mi esposo, él me dijo que le hiciera unas preguntas que solo la pudiera responder mi esposos, le hice tres preguntas, y él me dijo que después volvería a llamar, y corto la comunicación, toda esta llamada la Gravo la Funcionaria de la Guardia Nacional de nombre SARA que estaba allí conmigo cuidándome, en una Grabadora pequeña, esta tarde fuimos a la casa de mi hija que está al lado de mi casa, nos reunimos mi hermano LEONARDO, mis hijos M.A., F.J. que lo llamamos PACHITO, mi persona y el Funcionario GARRIDO que lo llamaban con un apodo EL LOBO, y la Funcionaria SARA, conversamos sobre la llamada, escuchamos la grabación, bueno después yo me fui rápido para mi casa, Sara se fue conmigo, y se quedaron conversando el Funcionario GARRIDO, con mi hermano y mis dos hijos porque quien estaba más a cargo de todo era mi hermano LEONARDO junto con mi hijo F.J., pasa el día lunes y no llaman, el día martes cuatro en la mañana mi hija me llegó a mi oficina diciéndome que el señor R.G., quien es muy amigo de ella, no le pregunte para que, si no que le dije que estaba bien, entonces al día siguiente miércoles cinco en horas de la mañana, llegaron a mi oficina mi hija M.A., junto con R.G., conversamos y él me dijo que si yo había decidido pagarles a los Secuestradores de mi esposos, el se me ofrecía para llevarles el dinero, pero que lo hacía por la gran amistad que tiene con mi hija M.A., para que ninguno de mis familiares corriera algún tipo de riesgo, yo le agradecí por su gesto, el me dijo que si llamaba nuevamente el CALICHE, le dijera que había aparecido un amigo de la Familia de nombre R.E., el mismo señor que estuvo en el caso de JAVIER, y de allí se fue el señor RAFAEL con mi hija, mi hija para su casa y RAFAEL me imagino que para la casa de él, al día siguiente miércoles cinco me llamo el CALICHE, a mi teléfono, me pregunta que si ya tenía el dinero, que Don Francisco estaba furioso con la familia porque ya había pasado mucho tiempo, con los amigos también, entonces me dijo que le llevara yo misma el dinero junto con L.M. y L.M., entonces yo me enfurecí, y le dije que yo no iba a llevarles ese dinero, porque había un amigo de la Familia de nombre R.E., el mismo del caso de JAVIER, que él podría llevarles el dinero todo, el me dijo dígale que me de un teléfono donde llamarlo entonces y cortó la llamada, entonces pasó un rato y vuelve a llamar EL CALICHE, pero ya allí agarra la llamada mi hermano LEONARDO, y le dice que de ahora en adelante se tiene que entender con él, porque a mi me había dado una crisis y estaba en una Clínica, pero en ese momento yo aún estaba allí con ellos, y también estaban allí se señor R.G., su novia RYANA RODRÍGUEZ, mis hijos M.A., F.J., la Funcionaria SARA y el Funcionario GARRIDO, entonces mi hermano le vuelve a decir que podía hablar sobre el pago con el señor R.E., y le dio un número de teléfono celular de RAFAEL, al señor CALICHE, allí el corto la comunicación, entonces a los veinte minutos el CALICHE llamo a RAFAEL y conversan y se ponen reacuerdo con el pago y deciden que sea el día viernes Siete, a las 06:30 horas de la tarde, corto la llamada y no llamo más, paso un rato y luego se fueron de la casa de mi hija RAFAEL y su novia, y yo me fui también para mi casa, allí se quedaron en la casa de mi hija, mi hermano, mi hijo F.J., y mi hija con el Funcionario GARRIDO, después al día siguiente jueves seis de diciembre, nos volvimos a reunir todos en la casa de M.A., en horas de la mañana estábamos R.G., RYANA, LEONARDO, F.J., M.A., mi hija O.M. que había llegado de CARACAS, y los Funcionarios de la Guardia Nacional GARRIDO y SARA, entonces en horas de la tarde llamo EL CALICHE, hablo con RAFAEL, Rafael le decía que ya todo estaba listo que ya se tenían los reales, que loo llamar para ver donde se iban a encontrar y a que hora, yo supongo que le dijo que eso se lo diaria al día siguiente o sea el mismo día del pago, dejaron de hablar luego paso que RAFAEL y RYANA se fueron, yo también me fui para mi casa con SARA, y se quedaron conversando mi hermano, mi hijo, mi hija, y GARRADO; al día siguiente Viernes Siete de diciembre nos reunimos nuevamente todos allí en la casa de M.A., en la mañana, todos los mismos del día anterior menos RYANA, que había viajado para Caracas a buscar un primo que venía de viaje de España, entonces como a las dos de la tarde RAFAEL recibe una llamada de EL CALICHE, se saludaron y RAFAEL le dijo que todo estaba bien le dijo que más tarde lo llamaría como a las seis para darles las instrucciones, luego a las seis de la tarde RAFAEL recibe la llamada de el CALICHE, le pregunta como va todo y como ve todo, le dice que todo esta bien, le dice que en media hora volvería a llamar, para darle las instrucciones como y donde iba a llevar entregar el dinero, y corto la llamada, efectivamente a las seis y media de la tarde el CALICHE llamo a RAFAEL, yo en esa llamada no estuve presente, porque estaba en mi oficina, solventando un negocio, cuando regrese me dijeron que ya el CALICHE había llamado y le había dado las instrucciones a RAFAEL, para llevar el dinero, me informaron que el CALICHE le había dicho a RAFAEL que agarrara la Carretera L.Z. que fuera en su vehículo porque RAFAEL le había dado las Características de su vehículo en el que iba a llevar el dinero, y que fuera con los vidrios abajo, pero que RAFAEL les dijo que iba a cargar de gasolina su camioneta en la Estación de Servicio La Entrada, porque su camioneta estaba falla de gasolina, que el lo encontraría en el camino, yo me fui para mi casa a buscar el dinero MIL MILLONES que estaban distribuidos separado en Dos Bolsas Negras cada una contentiva de Quinientos Millones de Bolívares en puros billetes de Cincuenta Mil Bolívares, y estas bolsas a su vez las metí en un Bolso de tela Gruesa de color Negro, los pase por un pasillo que se comunica mi casa con la casa de mi hija, mi hija recibió el dinero del otro lado ya que ese pasillo comunica al cuarto de ella, luego yo me fui nuevamente para su casa, estando en su casa pase para el cuarto de mi hija con mi hermano LEONARDO mi hija estaba en su cuarto, llamé a RAFAEL, y lo hice pasar al cuarto, le mostré el dinero y se lo entregué, en ese momento RAFAEL llamo al GUARDIA GARRIDDO que le dicen el Lobo paso también al cuarto y vio que todo el dinero estaba allí, como ya la camioneta de RAFAEL estaba en el Garaje RAFAEL agarro el bolso con el dinero junto con mi hermano LEONARDO y lo metieron dentro de la Camioneta, no vi en que parte de la camioneta lo metieron, quienes vieron fueron donde lo metieron mi hermano, RAFAEL y el Funcionario GARRIDO, y mi hijo F.J., de allí se fue RAFAEL a entregar el dinero solo, entonces yo me metí para dentro del cuarto de mi hija, y afuera en la casa quedaron LEONARDO, M.A., El Funcionario GARRIDO y SARA, y mi hijo estaba frente a la casa dentro de su carro, después entro M.A. al cuarto y me dijo que RAFAEL había llamado y había dicho que se le había quedado algo, y que LEONARDO y el Funcionario GARRIDO, habían salido en su carro, a ver que le había pasado a RAFEL, luego llegaron LEONARDO y el funcionario GARRIDO, diciendo que habían recorrido la Estación de Servicio Doña M.L.G. y Sabaneta, y que no habían encontrado a RAFAEL, después de allí yo no se más nada de RAFAEL, pero mi Esposo si apareció El día Martes Once de Diciembre, de Rafael aun no se sabe nada, es todo”.

  10. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18-01-2008, realizada en la Sub Delegación Carora, Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana M.A.O.P., titular de la cédula de identidad Nº V-12.690.031, de profesión u oficio Comerciante, residenciada en la Calle Principal del Sector L.A. al lado de la Empresa SUEROS CHERRY, Quinta Marisol, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Bueno resulta ser que en fecha 29 de noviembre del año pasado Dos Mil Siete, mi esposo de nombre C.A.P.O., me comento que unos sujetos armados secuestraron a mi papá F.A.O.P.; en el sector Si Payare cerca del sector El Venado del Estado Zulia, quien andaba con mi hermano F.A.O.P. de 15 años de edad y dos Trabajadores de la Finca, a bordo de la Camioneta Toyota Land Cruiser de color Blanca propiedad de mi padre; pasadas las horas mi mama me comento que los secuestradores, le habían comunicado que a mi hermanito y a los dos obreros de la finca lo iban a soltar, pero que tenía que ir a buscarlos mi hermano F.J.O.P.; por lo que fue a buscarlos y cuando este iba para el sector ya mi hermanito estaba llegando a la casa de mi mama en compañía de los dos obreros indicando que los sujetos se habían llevado solamente a mi papa y que a ellos los habían soltado en una zona boscosa; después de eso no hubo mas comunicación con los sujetos que tenían a mi padre secuestrado, hasta el día siguiente, ósea el día viernes 30-11-07 que volvieron a llamar al teléfono de mi madre, donde los mismos solicitaban el pago de la cantidad de Un Millón de Bolívares Fuertes (Bs.1.000.000); ese mismo día en la noche nos reunimos, mi madre M.D.O., mis dos hermanos F.J., F.A. y mi esposo C.P., con el Coronel L.M. de la Guardia Nacional; quien nos indico que debíamos poner la denuncia, para que el grupo GAES actuara, pero el día sábado 01-12-07, se presentaron tres funcionarios de la Guardia Nacional vestido de civil, quienes indicaron estar adscritos al grupo GAES, de los cuales me acuerdo que se hacían llamar como GARRIDO, apodado El Lobo, una mujer apodada Sarita, y otro apodado El Pajarito. Luego a los días, me tomaron la denuncia; entonces como mi mama estaba enferma por todo lo que estaba sucediendo, el medico le recomendó que no siguiera recibiendo las llamadas debido a que se ponía muy nerviosa y era peligroso para su salud, entonces desde ese momento comenzó a recibir las llamadas mi tío L.P., quien en varias oportunidades hablo con los secuestradores para la negociación de la liberación de mi padre, y con la ayuda de varios amigos de la familia logramos reunir la cantidad de dinero exigida por los secuestradores. Después el día miércoles 05-12-07 recibí llamada telefónica a mi teléfono celular por parte de un amigo de nombre J.R.G.; indicándome que el quería hablar con nosotros, para ofrecer su ayuda. Presentándose en horas del mediodía en la oficina de la compañía Empaquetadora de crema Cherrys, diciéndome que le indicara a mi mama, para que esta le preguntara a todas las personas que habían aportado dinero para el pago del rescate para la liberación de mi papa, que quien de ellas se ofrecía para llevar el dinero a los secuestradores, si ninguno se ofrecía, el si lo haría. En horas de la noche de ese mismo día el vuelve a ir a mi casa y en presencia de su novia RYANA RODRÍGUEZ, la funcionaria del grupo GAES, quien se hacía llamar SARITA, le da para escuchar las grabaciones tomadas a los secuestradores cuando solicitaban rescate por la liberación de mi padre, donde luego de escucharla varias veces, le dice a la funcionaria SARITA que reconoce a la voz de la persona que esta en la grabación, pero como no confía en ella, le dice que por favor escriba en un papel el nombre que da el secuestrador cuando llama y el hace lo mismo, ósea también escribe en un papel un nombre que dice él, es la voz de la persona que escucho en las grabaciones, y en presencia de los que estábamos allí muestran los dos papelitos y para sorpresa de nosotros el nombre escrito tanto por la funcionaria Sarita, como por mi amigo R.G. era el mismo, ya que habían escrito la palabra “CALICHE”. En ese momento el agarra su teléfono celular y lo pone en altavoz y hace una llamada, donde mantiene una conversación con una persona de sexo masculino a quien le pregunta por el nombre del sujeto que hace tiempo había secuestrado a un ciudadano de nombre Javier, a lo que la persona le indica que no se acuerda, pero que esperara unos minutos que el verificaba y le devolvía la llamada, minutos después esta persona le devolvió la llamada y coloca el teléfono en altavoz, donde escuche decir que el nombre que el buscaba era Caliche. Después mi amigo R.G. habla con mi tío L.P. y le dice que al comunicarse otra vez con el secuestrador que va a hacer la negociación iba a ser R.e. el novio de Riana; Luego el día 07 de Diciembre del año 2007, mi amigo Grosso, habla con el secuestrador llamado Caliche y les dice que si no se hacia la negociación ese día, no se iba a hacer nada, porque el es una persona muy ocupada, todo esto bajo la supervisión de los funcionarios del GAES, entonces el secuestrador se pone de acuerdo con RAFAEL y quedan que en horas de la tarde le indicarían el lugar donde se iba a ser el canje del dinero por mi papa. Entonces se prepara todo como se lo había indicado el secuestrador, el dinero se coloca en una maleta propiedad de mi madre, envueltos en una bolsa de color negro, y se guarda en mi cuarto. Ya en la tarde mi amigo RAFAEL, al recibir la llamada del caliche, le dice que antes de llegar al lugar donde se iban a encontrar, debía hacer una parada en la estación de servicios La Entrada, de esa ciudad, porque tenía que echar gasolina, este comentario lo hizo en presencia de todos los funcionarios del Gaes, pues la conversación quedo gravada, entonces aproximadamente a las 06:30 horas de la tarde, introduce la maleta con el dinero en su camioneta y se fue, a los minutos llamo al teléfono de mi tío Leonardo y le dice que se le olvido algo, todos preguntamos que fue lo que se le olvido, y como no sabíamos que era, mi tío LEONARDO decide ir con el funcionario GARRIDO, para ver que es lo que estaba pasando, y pasados 15 minutos regresan y dicen que fueron para la estación de servicios La Grande y Sabaneta, pero que no vieron la camioneta de Rafael por ninguna parte. Después comenzamos a esperar, y no hubo mas llamadas, ni por parte de mi amigo RAFAEL, ni por parte de los secuestradores, hasta el día 11 de diciembre del año dos mil siete, aproximadamente a las 05:30 horas de la tarde llego mi papa F.A.O.P., indicando que lo habían dejado abandonado en la B.d.l.C. de Maracaibo estado Zulia. Así mismo quiero manifestar que desde ese día no hemos tenido conocimiento de mi amigo R.G., Es todo”.

  11. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23-01-2008, tomada en la Sub Delegación Carora, Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana O.M.O.P., titular de la cédula de identidad Nº V-16.234.057, residenciada en Avenida Principal Lomas de Alto Prado, Edificio Manoa, Piso 1, Apartamento 1.C, Caracas, Distrito Capital, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Bueno resulta ser que en fecha 29 de Noviembre del año pasado Dos Mil Siete, encontrándome en mi residencia en la ciudad de Caracas, me enteré vía telefónica que a mi padre de nombre F.A.O.P., lo habían secuestrado, por ello me traslado hasta la casa de mis padres aquí en Carora, y estando aquí me entere que los secuestradores estaban solicitando la cantidad de 1.000.000.000 Bs. Mil Millones de Bolívares por su liberación; luego de varias llamadas que hicieron los secuestradores ellos le indicaron a mi mama M.D.O., que si ya habían reunido el dinero, las personas que debían entregarles el mismo iban a ser su persona, mi tío L.P. y mi tío L.M., en ese momento mi mama se puso muy nerviosa y no se sentía bien de salud, por lo que ella dijo que no iba a ser la persona que entregara el dinero y mis tíos tampoco quisieron ir a entregarlo por temor a que les ocurriera algo; después el día 04 de Diciembre, me entere que a la oficina de mi mama había ido un señor llamado R.G., quien se ofreció para entregar el dinero a los secuestradores; desde ese momento el comienza a comunicarse con uno llamado CALICHE a través del teléfono de mi mama; todo esto bajo la supervisión de los funcionarios del GAES, llamados SARITA y GARRIDO, apodado El Lobo. Después el día 07-12-07 estando en casa de mi hermana Antonieta, en compañía de mi mama, mi tío LEONARDO, los funcionarios del GAES (SARITA, GARRIDO), mi hermano PACHITO, mi cuñado CARLOS, y el señor R.G., quien estaba en comunicación para ese momento con la persona que se hacía llamar CALICHE, y cuando este llama, le dice que ya tiene reunida la cantidad de dinero exigido y le pide que le indique como se iba a llevar a cabo la entrega, indicándole el secuestrador que todo el dinero debía ser introducido en una maleta color negro, dividido en dos partes y que espere una próxima llamada; posteriormente recibe otra llamada y el señor R.G. le dice que desde ese momento las cosas se iban a hacer de la manera que el indicara, que el iba a llevar el dinero en su camioneta, pero que no le iba a quitar el papel ahumado; y comenzaron a ponerse de acuerdo donde iba a ser el lugar y la hora donde se encontrarían para realizar el canje; pero en ese momento mi mama me mando a comprar una imagen y cuando regrese ya el señor R.G., no se encontraba; y mi familia me comentaron que el señor había salido a entregar el dinero. Después de pasados cuatro días, estando en casa de mi hermana M.A., cuidando a mi sobrino, llego la funcionaria SARITA y me dijo que mi papa había aparecido, por lo que inmediatamente mi fui para la casa de mi mama y allí estaban todos y abrase a mi papa, pero no pude hablar con el, porque comenzaron a llegar muchas personas, después logro hablar con mi madre MARISOL, y le pregunto por el señor R.G., indicándome esta que no sabe nada de el, y que es muy raro porque mi papa cuando llega a mi casa luego de ser liberado, tenia una aptitud de molestia debido a que el pensaba que nosotros, ósea su familia no hicimos nada por su liberación, manifestando que el a través de un amigo pago una cierta cantidad de dinero por su rescate, a lo que mi mama le decía que nosotros también habíamos pagado, y que el dinero lo habían mandado a entregar con el señor R.G.. Después de eso no hemos sabido nada sobre el paradero del señor R.G.”.

  12. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29-01-2008, realizada en la Sub Delegación Carora, Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, al ciudadano L.J.P.M., titular de la cédula de identidad Nº V-09.846.862, de profesión u oficio Abogado, laborando actualmente en Escritorio Jurídico Pereira Meléndez, residenciado en la Urbanización Paso Real, Calle 3, Casa número 20, Sector La Represa, Carora Estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Bueno el día 29-11-07 me encontraba conjuntamente con el doctor JUANDEMARO QUERALES, en el caber que queda cerca de mi oficina en horas de la tarde recibí una llamada a mi teléfono movistar de mi hermana DAYBO PEREIRA informándome que mi cuñado F.O. había sido secuestrado (…) y en horas de la tarde de ese mismo día me traslade a casa de mi hermana MARISOL (…) me enteré que mi sobrino F.O. (PACHITO) había salido a la población el venado a buscar a su hermano TONY, a quien habían dejado los secuestradores abandonado con unos obreros (…) después de media hora de estar mi persona en la casa llego mi sobrino F.A.O.P. (TONY) quien se vino en un autobús (…) llegaron funcionarios de este Cuerpo Policial (…) y ellos se trajeron para este despacho a dos obreros que habían estado con mi sobrino TONY, cuando ocurrió el secuestro de mi cuñado; en horas de la noche aproximadamente entre las 08:30 y 09:00 horas de la noche llegaron unos funcionarios pertenecientes al grupo GAES de la Guardia Nacional (…) quienes me pidieron les diera apoyo donde quedarse, y como en ese momento se encontraba en la casa de mi hermana, SEOANE SAMAME J.M., quien es gerente del hotel Patuca de esta ciudad, le pido el favor para que les reserve una habitación a los funcionarios (…) que mi persona se haría cargo de los gastos (…) a partir del día siguiente, comencé a ir a la casa de Marisol, todas las mañanas; y un día en la mañana mi hermana MARISOL, recibe una llamada telefónica a su celular (…) me percato que ella estaba hablando con uno de los plagiarios; por lo que me acerco y ella pone el altavoz donde escucho que uno de los sujetos manifiesta que según mi cuñado FRANCISCO, había pedido que le mandaran el dinero del rescate con L.M. y L.M., entonces eso me pareció muy extraño porque mi cuñado nunca me llama a mi por mi nombre; yo incluso había tomado la decisión de llevar el dinero si no quedaba otro recurso, y mis hermanos y mi mama se opusieron a ello, incluso Marisol también se opuso, no sabíamos con quien íbamos a enviar el dinero, si lo llevaría mi sobrino F.J. o si lo iba a llevar el señor C.P., (…) cuando una mañana no recuerdo con exactitud si fue el tres o cuatro de diciembre de 2007, mi hermana Marisol me manifiesta que ella tiene una persona, que gracias a dios se le ofreció para llevar el dinero del rescate, no nos quiso dar el nombre de esa persona, hasta que un día mi hermana Marisol me llama para la casa de M.A. (…) y me presenta al señor R.G., quien era la persona que llevaría el dinero; como mi persona ya en ese momento había tomado las riendas de todas las negociaciones que se hacían con los plagiarios, específicamente con uno de ellos que se hacía llamar El Caliche, el señor R.G. me dice que cuando reciba nuevamente una llamada del plagiario antes señalado, lo trate como una persona muy elevada, una persona honorable, que lo trate de DON, y que le pregunte si se acuerda de una señor llamado J.B., así mismo que le diga a dicho sujeto que quien va a llevar el dinero es el señor R.E., luego recibí la llamada del plagiario llamado el Caliche y le indico lo que me pidió R.G. que le digiera, en el transcurrir de esos días, el caliche hizo varias llamadas y en una de esas yo le dije que de ahora en adelante se entendiera con el señor R.G., la razón fue porque este señor previa conversación conmigo, le pedí el favor para que siguiera el con la negociación, lo cual hizo hasta el día viernes 07-12-07, cuando en horas de la tarde, yo llego a la casa de M.A. y se encontraban presentes la funcionaria S.B. y el funcionario GARRIDO ROGER, mi sobrina O.M., M.A., mi hermana MARISOL, el esposo de A.C.P., llego también mi sobrino F.J. y me informan que el plagiario llamado Caliche, había llamado y que ya se había hecho la negociación para entregar el dinero ese día, a partir de ese momento nosotros no volvimos a salir mas, entonces aproximadamente a las 06:20 horas de la tarde de ese mismo día el señor GROSSO había metido su camioneta en el garaje de la casa de M.A. (…) entonces el señor R.G., acompaña a mi hermana Marisol para una de las habitaciones de la casa (…) estando en el garaje el señor R.G., abre la puerta de su camioneta y yo me encuentro conversando con el y allí estaba el funcionario GARRIDO, y llega mi hermana Marisol y le entrega un bolso de color negro contentivo de 1.000.000.000 mil millones de bolívares en efectivo (…) el sale con rumbo a entregar el dinero, se cierra el portón y nos metemos para el interior de la casa y a los cinco minutos aproximadamente a las 06:31 horas de la tarde, recibí una llamada del señor R.G., donde me dice textualmente: “Si quieres ven a la estación de servicios la entrada y dile a lobo que me traiga algo que deje olvidado en la mesa, mierda, mierda, mierda”, en ese momento corta la llamada y le pregunto a M.A. que dejo olvidado RAFAEL en la mesa; así mismo le pregunto al funcionario Garrido (LOBO), que si el señor R.G., había dejado algo, y el me dice que no, entonces tomamos la decisión de sacar el carro de M.A., me acompaño el funcionario GARRIDO, e inmediatamente me dirijo para la bomba de servicio la entrada, al llegar a la bomba no vimos por ningún lado la camioneta del señor RAFAEL, por lo que me vengo para la estación de servicio El Mara, donde tampoco lo localizamos, de allí nos vamos para la estación de Servicio M.L.G., donde no vimos tampoco la camioneta, de allí nos fuimos para la estación de servicios Sabaneta, donde tampoco lo localizamos, entonces nos regresamos para la casa de M.A., y comenzamos a esperar la llamada del señor R.G., quien llevaba varios celulares, un celular que le había comprado mi sobrina O.M., para que el plagiario CALICHE se comunicara con el, toda esa noche esperamos la llamada del señor RAFAEL (…) el señor R.G. nos había manifestado a todos, particularmente a mi, que el podía llamar a F.J. (PACHITO) o me llamaba a mi, que cuando el me llamara y me dijera, listo Maracaibo, yo me fuera hacia la vía Maracaibo hasta ciudad Ojeda y F.J. (PACHITO) se fuera para el Venao, porque en alguno de los dos lados iba a aparecer mi cuñado F.O., y si el me decía listo Barquisimeto, yo debía dirigirme para Barquisimeto, yo le pregunte al señor RAFAEL si tu me dices listo Barquisimeto me voy para el obelisco, o para donde, el me dijo que no que me dirigiera con dirección a Caracas, pero que me quedara antes de llegar al peaje cardenalito, todo esto nos manifestó el señor R.G. ese día, por cierto ese mismo día como a las cinco horas de la tarde, estando mi persona en compañía de F.J. (PACHITO) y el funcionario GARRIDO (EL LOBO) en casa de M.A. el señor R.G., nos manifestó que no nos preocupáramos porque mi cuñado F.O. iba a aparecer ese mismo día o el día siguiente, y el aparecería a los cuatro días; recuerdo que Garrido le dice al señor R.G., que se deje de vaina, que cuando aparezca el señor Francisco el aparecería también, paso toda la noche del día viernes y el señor Rafael no llamo, el día sábado tampoco llamo, y el día domingo 09-12-07, en horas de la mañana, estando en casa de mi sobrina M.A., llego la señorita RYANA, quien es novia de R.G. (…) nos encontrábamos en dicha mesa mi hermana R.P., mi sobrino F.J., mi sobrina M.A. y mi persona, conversando y la señorita RYANA le dice a M.A. (…) textualmente “M.A. no te preocupes que Rafa es así, además ya el ha participado en cuatro secuestro y en una extorsión, el tiene experiencia en esto, el duro en una oportunidad duro 40 días sin llamarme y sin comunicarse con sus familiares y en otra oportunidad duro 15 días”, siguieron pasando los días y el señor RAFAEL no aparecía. El día 11-12-07 mi hermana Marisol me llama y me dice que mi cuñado F.O., había aparecido (…) hablo con nosotros y lo note molesto manifestando que el mismo había negociado su vida, para que lo liberaran, quedando de acuerdo con los secuestradores que si lo liberaran el les pagaría, y que eso fue lo que paso, entonces el debía cancelarle los mil millones de bolívares en el transcurso de la semana, así mismo preguntaba que porque no habíamos hecho nada y nosotros le indicamos que habíamos mandado al señor R.G., el día 07-12-07 con la cantidad de 1.000.000.000 en efectivo para que se los entregara a los secuestradores y así poder lograr su liberación, indicando este que eso nunca ocurrió, y volvió a decir que el había negociado su liberación; que si el no pagaba lo iban a matar a el y a su familia, entonces el día jueves 13-12-07 el pago mil millones de bolívares a los secuestradores, según el lo entrego cerca de la ciudad de Cabimas Estado Zulia; nosotros el señor F.O. y mi persona hemos ido al despacho del grupo GAES de Barquisimeto para que se continúe con la investigación, por dos razones fundamentales porque nos preocupa la desaparición del señor GROSSO y también queremos saber que hizo el con el dinero que el se llevo para negociar la liberación de mi cuñado, es por ello que tanto a F.O. como a mi persona nos sorprende que el comandante GARCÍA nos dijera que el señor G.G. había manifestado allá en su Despacho, que el señor F.O. andaba muy tranquilo por las calles de Carora buscando que le dieran dos tiros, en razón de ello me reuní en la oficina del señor G.G. para manifestarle que en que podíamos ayudarle la familia O.P., pero también para manifestarle nuestro desagrado por lo que el le había manifestado al comandante del grupo GAES, y le indicamos que nuestro deseo es que el señor R.G. aparezca sano y salvo y manifieste que hizo con el dinero que se le entrego. Es todo”.

  13. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29-01-2008, realizada en la Sub Delegación Carora, Delegación Estadal L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, al ciudadano F.J.O.P., titular de la cédula de identidad Nº V-12.691.068, de profesión u oficio Licenciado en Gerencia Agro Industrial, residenciado en la Calle Principal del Sector L.A., diagonal al frente de la empresa SUEROS CHERRY, Casa S/N, Carora Estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Bueno resulta ser que el pasado día 29 de Noviembre del año pasado Dos Mil Siete, unos sujetos armados sometieron a mi padre F.O. por las inmediaciones del sector El Venao del Estado Zulia, y se lo llevaron secuestrado, para ese momento mi padre andaba con mi hermano menor F.A.O.P., y dos Trabajadores de la Finca, ellos andaban en la Camioneta Toyota Lancruiser de color blanca de mi Padre F.O., se llevaron únicamente a mi Papá secuestrado, y dejaron libres a mi hermanito y a los dos muchachos trabajadores de la Finca y también dejaron abandonada la camioneta, para el momento en que están cometiendo el secuestro mi mama M.P.D.O., recibía una llamada del teléfono de mi papá a la 01:59 minutos de la tarde, esa llamada se cayo, y luego de inmediato sonó nuevamente el teléfono de mi mama y era del teléfono de mi padre, en ese momento contestó y veo que cuando ella esta hablando se puso muy nerviosa (…) por eso decidí quitarle el teléfono para ver que era lo que estaba sucediendo (…) comienzo a conversar con la persona que estaba hablando con mi madre, y cuando yo contesto esta persona que la voz era de un sujeto masculino que se hacía llamar el CALICHE, me dijo que quien hablaba FRANCISQUITO, si soy F.O.H. (…) comenzamos la conversación y me dijo que mi papá estaba negociando su liberación, la cual estaban transando por la cantidad de Un Mil Millones de Bolívares (Bs.1.000.000.000,oo), le pregunte que como estaba mi hermano, que estaba dispuesto a realizar las negociaciones, siempre y cuando me dieran una muestra de buena fe y liberaran a mi hermano, a lo cual él me respondió que mi hermano iba a ser liberado que estaba custodiado por unas personas por el Sector El Venado Estado Zulia, y que me daba Tres horas para que lo fuera a buscar (…)nos regresamos de inmediato para mi casa aquí en Carora, llegamos como a las 04:00 horas de la tarde, y me fui de inmediato solo en la camioneta Toyota FOR RRUNER, de color Negra, de mi mamá, para el Sector El Venado a buscar a mi hermano, mientras voy en la vía a la altura del Sector Palmarito recibí una llamada departe de mi mamá quien me comunico que ya mi hermano TONY había llegado sano a la casa junto con los dos Obreros (…) cuando llegué a la casa me contó mi hermano que unos sujetos armados los habían interceptado en la vía que conduce a la Finca, y se habían llevado secuestrado a mi papá, que varios de los Secuestradores entre estos Secuestradores una Mujer lo tuvieron un rato con ellos, pero después lo soltaron junto con los trabajadores, le dieron Cincuenta Mil Bolívares y con eso fue que pagaron un Autobús y llegaron a la casa, me di cuenta como a las 08:00 horas de la noche que en la casa se encontraban Autoridades Funcionarios de la Guardia Nacional adscritos al Grupo Anti-Extorsión y Secuestro pero andaban de civil, me los presentó mi tío L.P. (…) yo no se como se dieron cuenta porque nosotros en ningún momento le dimos partes a las autoridades por la Seguridad de mi papá o la vida de él, aun que ya a las tres de la tarde se había presentado una Comisión de la Guardia Nacional Uniformados adscritos al Destacamento de la Guardia Nacional de aquí de Carora, quienes preguntaron sin tenían secuestrado a mi papá, pero a ellos se le dijo que no había pasado nada y se habían marchado, también me enteré por mi tío que habían llegado una Comisión del CICPC de aquí de Carora haciendo investigaciones en relación al Secuestro de mi papá pero que también se habían marchado, junto con los trabajadores de la Finca para interrogarlos, cuando mi tío me presento a los Funcionarios del Grupo GAES, uno de Apellido GARRIDO, otro de Apellido GIMENEZ, yo les dije que me había dicho el tal CALICHE que no quería que las autoridades no intervinieran en estos (…) ellos me dijeron que únicamente iban para orientarnos, tratar de bajar la suma de dinero exigido, y gravar las conversaciones para pasar todo esto a la Fiscalia del Ministerio Publico Novena quien conocía del caso, se fueron esa noche, y al día siguiente viernes llegaron nuevamente a la casa de mi mamá como a las once de la mañana, conversaron con nosotros haber si los Secuestradores habían llamado, le dijimos que no (…) regresé en horas de la tarde y veo que en la casa de mi mamá estaban los Dos Funcionarios de la Guardia y estaba también una Funcionaria Femenina de la Guardia de nombre S.S., vi que esta funcionaria le tomo una entrevista a mi hermano TONY, y le mostró Fotografías de varios Secuestradores que ella tenía Gravado en su Computadora Portátil, luego en horas de la noche se fueron de la casa, a la mañana siguiente ya del día Sábado Primero yo me fui en la Camioneta RUNNER de mi mamá para el Hotel KATUKA donde e.H. los Funcionarios GARRIDO y GIMENEZ, porque tuve que dejar la Camioneta donde andaba mi papá el decía que lo Secuestraron, porque una Comisión del CICPC, de Ciudad Ojeda le iba a realizar unas Experticias; me fui entonces con ellos GARRIDO y GIMENEZ para el Sector El Venado a realizar investigaciones, y la funcionaria se quedo en casa de mi mamá instalada, esperando la llamada del Secuestrador, entonces como a las dos de la tarde la funcionaria SARA llamo por Teléfono a GARRIDO, y le informo que ya habían llamado, que le habían dicho a mi mamá que buscaran a los amigos de mi papá El Gato PARRA, J.G., y otros para reunir el dinero para liberar a mi papá, que eso supuestamente lo había mandado a decir mi papá, regresamos a la casa ya como a las Seis de la Tarde, escuchamos la conversación que había gravado la Funcionaria SARA, en la casa de mi hermana M.A.O. (…) el día siguiente lunes Tres, ocurre una novedad que llego a la casa de mi hermana en horas de la noche el señor R.G. en compañía de su Novia RYANA, no sabia porque el estaba allí pense que era por amistad, al día siguiente martes Cuatro, me entere en horas de la tarde que el señor GROSSO, se había Ofrecido para ir a entregar el dinero, manifestando que él ya tenía experiencia en este tipo de situaciones, y les habló de que él había cancelado un Secuestro de un amigo de él en Cama tagua de nombre J.V., también dijo que si volvía a llamar que le dijeran al CALICHE, que había aparecido un amigo de la Familia de nombre R.E., que después que vuelve a llamar el Caliche y se le manifiesta esto él dijo que si lo conocía que era DON RAFA, yo escucho una conversación gravada ese mismo día martes en la noche cuando llegue de la finca entre el señor GROSSO y el CALICHE, donde se trataban con un trato muy amable y conversaron sobre el caso de J.V., y el señor GROSSO le decía que trataran de hacer todo como en ese caso (…) al día siguiente yo me quedé aquí en Carora, se tomo la decisión de que se iba a pagar el dinero se le notifico a los Funcionarios de la Guardia Nacional y el Funcionario GIMENEZ, tomo una actitud procesa e intransigente, entonces él le dijo que si era así que ellos se retiraban, mi tío le dijo a GARRIDO que dejaran a SARA, acompañando a mi mamá, pero GARRIDO también se quedó más que todo para él acompañarme a la Finca, GIMENEZ como que se fue porque no lo vi más (…) al día siguiente jueves Seis me fui para la Finca con GARRIDO, regresamos en la noche, y escuchamos otra conversación entre el señor R.G. y EL CALICHE, en esa conversación le manifestó RAFAEL que ya faltaba muy poco dinero para completar la suma y que eso ya para el día siguiente estaría listo; al día siguiente Viernes siete como a las diez de la mañana, fui yo para la casa de mi hermana y mi tío LEONARDO me dijo que había llegado una comisión del CICPC de Ciudad Ojeda temprano en la mañana, pero el los despacho rápido, también me di cuenta que la camioneta de R.G. estaba allí, entonces después como a las Cuatro de la tarde llegue yo a la casa de mi hermana, estaban mi mamá, mis hermanas Antonieta y Otilia, mi tío, GARRIDO, SARA, con R.E. (…) entonces el teléfono le sonó a RAFAEL como a las cinco de la tarde, se fue para la parte de afuera con SARA, y cuando regresamos escuchamos la grabación, donde RAFAEL le dijo que todo estaba listo, que ya el dinero estaba completo, y este le dijo que esperara otra llamada a las Seis de la tarde para darle instrucciones por donde tendría que ir con el dinero, esperamos pero no llamaron, entonces como a las 06:30 horas el señor R.E., manifestó que él iba a esperar la llamada a la Estación de Servicio la Entrada porque no cargaba combustible y se iba a tomar un café y que él intuía que lo iban a mandar rumbo hacia el Zulia, salio en su camioneta una C.B. 4x4, con el dinero que yo nunca lo llegue a ver, cuando él se fue yo estaba en la parte del frente en la acera de la Cremera, entonces como a los cinco o diez minutos después, salio mi tío con GARRIDO, en el carro de mi hermana M.A., y regresaron después como a la media hora, yo fui para la casa de mi hermana y le pregunto a mi tío que había pasado, entonces el me dijo que RAFAEL había llamado que se le había olvidado algo, cosa que no supo que había dejado, porque ellos fueron en busca de él y no lo encontraron, que fueron a la Estación de Servicio la Entrada, a la Estación de Servicio la Grande y hasta Sabaneta, pero no lo encontraron, desde allí se perdió la comunicación con él y hasta el día de hoy no se sabe nada de R.G., y también se perdió la conversación con EL CALICHE, mi papá fue liberado el día Martes Once de Diciembre y según alega y relata él nos dijo que él mismo se había salvado, y que nosotros no habíamos hecho nada por mandar el dinero, dando a entender que él tuvo nuevamente que cancelar el dinero por su liberación, la misma cantidad de Bs.1.000.000.000,oo Millones de Bolívares, los funcionarios de la Guardia Nacional se retiraron el Jueves trece, luego el día viernes catorce mi tío llamó al funcionario GARRIDO, por petición de mi papá para que le prestáramos ayuda a los familiares del señor GROSSO, GARRIDO vino para aquí en horas de la tarde nos reunimos en el Caney Trasero del HOTEL KATUKA, allí conversamos y le exigimos al señor Y.G. hermano de Rafael, que por favor colocara la denuncia que RAFAEL estaba perdido para poder actuar, entre el Funcionario GARRIDO, mi tío L.P. y mi persona, en ese momento él nos manifestó, que estaba tratando de resolver todo por debajo de cuerda antes de colocar una denuncia; también nos dijo que su hermano tenía complejo de policía, y que muchas veces le dijo que se alejara de este tipo de problemas, y nos confirmo algo que no dijo su novia RYANA RODRÍGUEZ, que él ya había participado en varias liberaciones de personas Secuestradas, que él era la persona quien llevaba el dinero para pagárselos a los Secuestradores, y en relación a su desaparición no se nada del señor R.G., únicamente lo que he declarado, es todo”.

  14. - EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 22-02-2008, tomada en la Fiscalía Vigésima Primera (21º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al ciudadano F.A.O.P., titular de la cédula de identidad Nº V-04.637.908, de profesión u oficio Comerciante y Ganadero, residenciado en la Calle Principal del Sector L.A., Quinta Marisol, Carora Estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Resulta que en fecha 29-11-07, encontrándome en mi vehiculo clase camioneta, marca TOYOTA, pick up, color blanco, no me acuerdo las placas, año 2008, en compañía de mi hijo de nombre F.A.O.P., y dos obreros quienes casualmente iban a comenzar a trabajar conmigo en la finca, entonces cuando nos trasladábamos por la carretera vía El Venado al cruce, a unos tres kilómetros aproximadamente luego de dejar la autopista L.Z., fui sorprendido por dos camionetas una de color a.m., la cual no se que marca es, y otra marca Toyota, camioneta pick up, de color beige, en ese momento se bajan varios sujetos fuertemente armados con armas corta y largas, me rodearon todo mi vehiculo y hicieron bajar del mismo, a mi y a mi hijo, y a los obreros quienes iban en la parte de atrás, allí observe que también había sido trancado por otro vehiculo, marca ford, modelo F-350, color blanco, tipo jaula ganadera, al bajarnos nos introducen en la camioneta azul, y me colocan algo en los ojos y me dicen que es un secuestro, amarrándome las manos, así mismo se lo hicieron a mi hijo y a los obreros, luego que los sujetos recorren de 15 a 20 minutos, detienen la marcha y me introducen en otro del cual no se las características porque llevaba los ojos tapados, pero recuerdo que la persona que iba conduciendo indico que era una camionera Pick up, dentro del mismo íbamos el sujeto que conducía, mi persona en medio y otro sujeto del lado de la puerta; allí también recuerdo que uno de los sujetos dijo textualmente “Al fin lo agarro Don Francisco”, y comenzamos un recorrido de aproximadamente dos a tres horas, calculo que era la vía hacia Maracaibo, por cuanto tengo mucho tiempo conociendo esa vía, y sentí que pasamos los reductores de velocidad que están en el sector El Venado y tres peajes, luego sentí que pararon la camioneta y se bajo el sujeto que iba de acompañante (…) ese sujeto llamo a mi señora MARISOL desde mi teléfono celular y le dijo que me habían secuestrado, y repitió que mi cabeza valía 1.000.000.000 millones de bolívares, que los buscara rápido porque sino me iban a matar; seguidamente el sujeto que conducía continuo la marcha por carretera de tierra, pero conmigo solamente, en esa carretera hicimos un recorrido de unos diez kilómetros aproximadamente y sentí que pasábamos quebradas y cerritos, hasta que llegamos a un lugar donde la camioneta paro su marcha abrieron otro portón y seguidamente me bajaron y me metieron en un cuarto, y escuche que cuando el sujeto que me bajo de la camioneta le dijo a otro textualmente “Me cuida a este señor” (…) me mantuvieron alrededor de 13 días, dándome comida y agua, pero sin sacarme del mismo, me imagino que era una finca porque bramaban vacas y becerros, igualmente escuchaba el paso de aviones muy cerca (…)hasta un día que llego un encargado y me dijo que el señor caliche estaba negociando con mi señora y que mi señora pedía f.d.v., entonces me hizo varias preguntas, las cuales yo respondí (…) después otro día recuerdo que llego un sujeto y dijo que el era el caliche, y en ese momento reconocí la voz que era la misma persona que me había llevado para ese lugar; este sujeto fue tres veces para ese lugar y hablaba conmigo y entre esas conversaciones el día viernes siete de diciembre me dijo que el dinero había salido de mi casa pero que no llego a sus manos, que el pensaba que le habían quedado mal y que entonces la negociación de mi vida la debía hacer yo personalmente con el, indicándome que el se hacía responsable de mi persona cuando me diera la libertad, que el iba a hablar con sus otros jefes porque era una organización de las FARC; en ese momento llegamos a un acuerdo donde quedamos que si el me soltaba yo le cancelaría la cantidad de dinero exigido, o sea, mil millones de bolívares, indicándome; también recuerdo creo que era un día lunes que llego el sujeto encargado y le dijo a la persona que me estaba cuidando que me alistara, porque me iban a buscar el día martes, que ya había negociado con sus compañeros mi vida, pasaron las horas y en horas del mediodía del día martes 11 de Diciembre de 2007, llego el sujeto caliche a buscarme, me repitió que no le fuera a quedar mal porque me mataría a mi, a mi señora o a mis hijos; me volvieron a montar en una camioneta, donde me dijo que ese vehiculo era una camioneta Silverado año 2007 color azul; la cual no era de la organización sino que era apoyo de un ganadero: en ese momento comenzó la marcha e íbamos en la camioneta el caliche y mi persona, con los ojos vendados; luego de recorrer aproximadamente dos horas de camino, el sujeto estaciona la camioneta, y me dice que me va a dejar en la B.d.l.C. de Maracaibo; me hace bajar de la camioneta todavía con los ojos vendados y me lleva de brazos hacia dentro de la iglesia, donde nos sentamos en un banco dentro de la misa y seguía indicándome como debía de hacer para entregarle el dinero, y me entrego un teléfono celular, con el cual se iba a comunicar conmigo, indicándome que solo lo encendiera el día 20 de diciembre ósea día jueves y que me indicaría el lugar exacto donde se iba a efectuar la entrega. Ahí me dice que calcule diez minutos para quitarme la venda de los ojos, y se va no sin antes entregarme un dinero para que comiera y pagara el pasaje, así mismo me entrego mis pertenencias (…) al quitarme la venda de los ojos me di cuenta que en verdad me encontraba dentro de la iglesia b.d.l.c. de la ciudad de Maracaibo (…) entonces salí de ahí y pagué un libre hasta mi casa, donde al llegar fue sorpresa para todos, ese día martes 11-12-07 aproximadamente entre las 05:30 y 06:00 horas de la tarde. Al llegar le digo a mi esposa que porque motivo no habían pagado por mi libertad, ya que el sujeto que me tenía, o sea, el caliche me había dicho que el dinero no había llegado; respondiéndome esta que eso no era así porque ellos habían reunido la cantidad de 1.000.000.000 millones de bolívares y se los habían entregado al señor R.G., quien fue la persona que se ofreció voluntariamente para entregarlo a los plagiarios, así mismo mi esposa me indico que RAFAEL había salido el viernes 07-12-07 aproximadamente a las 06:30 horas de la tarde con el dinero antes indicado y que hasta la presente fecha desconocía su paradero y no había tenido comunicación con el. Luego busque la cantidad de 700.000.000 millones de bolívares en mi caja fuerte y complete los mil millones de bolívares retirando de mis cuentas personales el banco provincial y del banco central la cantidad de 300.000.000 trescientos millones de bolívares. El día jueves 20-12-07 aproximadamente a las 06:00 horas de la mañana encendí el teléfono celular que me había entregado el caliche y enseguida recibí una llamada telefónica, al atender escuché la voz del caliche y textualmente me dijo “Don francisco ya todo esta listo”, le conteste que si y me dijo que me llamaría mas tarde para cuadrar el sitio donde le iba a entregar el dinero; el me había prometido que el día que fuera a entregarle el dinero; el me iba a dar el nombre de la persona que había dado mis datos para que me secuestraran; después a las 10:00 horas de la mañana volví a recibir una llamada telefónica y cuando conteste era otra vez el caliche, allí me dijo que me dirigiera a la carretera L.Z. hasta la entrada de Cabimas en el Sector La Plata; así mismo me indico que el dinero lo debía meter en un saco de alimento para ganado que yo acostumbro a cargar en la camioneta, lo cual hice, y salí a bordo de mi camioneta marca toyota, color blanco, tipo pick up, la cual es la misma que cargaba cuando me secuestraron, con rumbo al lugar que el caliche me había indicado; durante el camino recibí alrededor de 15 llamadas del caliche al mismo celular que me había dado, en la última llamada me dice que estuviera pendiente que me iba a pasar por un lado una camioneta Silverado de color azul con dos tipos en el cajón y me iban a tocar corneta tres veces, cuando eso pasara me parara y que les entregara el dinero; al llegar al lugar que me había indicado aproximadamente a las 12:30 horas del mediodía, pasa una camioneta de color azul, Silverado, no les veía las placas y llevaba dos sujetos en la parte de atrás y me tocan las cornetas tres veces, en ese momento recibo otra llamada del caliche y me dice que esa es la gente a quienes les debo entregar el dinero y el celular y que el me esta mandando una navaja de mi propiedad y que el nombre de la persona que el me había prometido decirme es I.C. que lo apodan El Chite, o sea, la persona que esta involucrada con mi secuestro, entonces seguidamente se baja uno de los sujetos que estaba en la parte de atrás de la camioneta y le entrego la cantidad de 1.000.000.000 millones de bolívares y el celular este me entrega mi navaja, entonces se fueron y yo me dirigí para mi casa, es todo”.

  15. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26-02-2008, tomada en la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, al ciudadano R.P.C.J., titular de la cédula de identidad Nº V-13.435.529, de profesión u oficio taxista, residenciado en: Río Claro, avenida La Morena, casa numero 21, Barquisimeto-estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Resulta ser que en el mes de diciembre del año 2007, encontrándome laborando como taxista, recibí una llamada telefónica por parte de un amigo de nombre D.A., quien es esposo de mi tía M.A.R.P., este me solicito mis servicios como taxista y me dijo que lo fuera a buscar en el centro comercial Las Trinitarias de esta Ciudad, al llegar estaba mi tía MARCIA y DANIEL entonces el me dice que los lleve primero a una clínica odontológica donde se quedo mi tía MARCIA, y luego me dice Daniel que lo lleve a buscar a un amigo de el, y lo llevo hasta la avenida Vargas con carrera 23, de esta ciudad, allí llego un policía que se llama CANQUIS, en compañía de una mujer que también es policía entonces Daniel comenzó a hablar con el diciéndole que fuera a buscar la camioneta de la que habían hablado anteriormente y Daniel me dice que lo lleve al aeropuerto, en el camino yo le pregunto que íbamos a hacer allí y el me dice que íbamos a buscar una camioneta que le había dado un Guardia Nacional, que es amigo de el que trabaja en el Grupo Gaes del Core 4, igualmente me comento que le había pedido el favor a un policía de nombre CANQUIS, porque no tenia el tique del estacionamiento y era mas fácil sacarla con el luego cuando llegamos al estacionamiento y era mas fácil sacarla con el luego cuando llegamos al estacionamiento el me señala una camioneta tipo pick up marca Chevrolet, color blanca, modelo Cheyenne, de vidrios oscuros 4x4, año 2006 y me dice que es la que ellos van a buscar a los minutos llego el policía CANQUIS, en una unidad policial y luego de hablar con Daniel este le entrega las llaves de la camioneta y el policía entra al estacionamiento al rato Daniel me dice vaya a ver que esta pasando porque al parecer la camioneta no la pueden prender entonces fui y entre al estacionamiento y allí estaba el policía CANQUIS con la camioneta la cual tenia las puertas y capo abiertos y comenzó a revisar la camioneta a ver que tenia pero nos damos cuenta que al parecer tenia puesto un corta corriente en eso CANQUIS y mi persona nos vamos para mi carro donde estaba DANIEL y le indicamos que la camioneta no prende entonces DANIEL decide que nos retiremos y que el iba a buscar una grúa para podérsela llevar igualmente el policía CANQUIS manifiesta que se va para su guardia…en el trayecto yo le dicho a Daniel que porque motivo si la camioneta no la podía prender porque no le indicaba al Guardia quien le había dado las llaves de la camioneta que la fuera a buscar el mismo…¿Diga usted, con que finalidad traslado su persona al ciudadano DABIEL ARCAY, al estacionamiento del aeropuerto J.L.? CONTESTO: Bueno el me dijo que iba a buscar una camioneta que le había dado un amigo de el quien es Guardia nacional”. PREGUNTA: ¿Diga usted., tiene conocimiento de la identificación del Guardia Nacional antes mencionado? CONTESTO: No se, pero puedo deducir por lógica que el funcionario que le pudo pasar las llaves del referido vehiculo es uno apodado El Men, ya que es con quien mas frecuenta Daniel…”

  16. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29-02-2008, tomada en la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana R.P.M.A., titular de la cédula de identidad Nº V-16.323.861, de profesión u oficio abogado, residenciado en: La avenida Libertador, casa N° 01, Río Claro, Estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Resulta ser que en los primeros días del mes de diciembre del año pasado estando con mi esposo D.A.G.A., en el entro comercial Las Trinitarias de esta Ciudad, mi esposo llama a mi sobrino C.R., quien laborara como taxista, y le dice que fuera a buscarnos cuando mi sobrino llega Daniel le dice que me lleve para el consultorio odontológico que queda en la avenida Vargas con calle 18…en el camino mi esposo DANIEL llama a un policía amigo de el de nombre CANQUIZ, y lo cito para verse en la avenida Vargas… al rato llego CANQUIZ…Daniel quien tenia en sus manos unas llaves de vehiculo le dice que se vaya para el aeropuerto y que allí se verían para sacar la camioneta…yo le pregunto a mi esposo que para donde van respondiéndole que iba a ir al aeropuerto a buscar una camioneta que le había dado nuestro compadre YILFOR GIMENEZ, apodado El Men, para que la sacara ya que el no tenia el tique del estacionamiento…mi esposo recibe una llamada telefónica a su teléfono celular numero 0424-5445586 de parte del policía CANQUIZ y este le dice que la camioneta que ellos habían ido a buscar estaba solicitada…hace varias llamadas telefónicas…comienza a discutir por teléfono y me doy cuenta que esta hablando con el compadre YILFOR GIMENEZ apodado EL MEN, y escucho cuando le dice a mi marido textualmente “RESULEVE TU PEO A MI NO ME NOMBRES PORQUE TE VOY A MATAR A TI Y A LOS TUYOS”…Diga usted su esposo antes citado le llego a comunicar la procedencia de la camioneta de color blanca antes citado? CONTESTO: Si el me dijo que nuestro compadre YILFOR GIMENEZ le había dado las llaves de la camioneta para que la sacara del estacionamiento…”

  17. - El ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 02-03-2008, tomada en la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, a la ciudadana M.G.Y.C., titular de la cédula de identidad Nº V-13.648.755, de profesión u oficio funcionario policial, residenciado en: El sector El Potrero, via a Duaca entrada a Tamaca, calle Principal, casa sin numero, Estado Lara, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “El cabo segundo Canqui y mi persona para el mes de diciembre del año pasado estábamos destacados en la Brigada de patrullaje urbano, teníamos asignada la zona correspondiente desde el Terminal de pasajeros ubicado en la avenida R.G., con calle 24, hasta la avenida R.G. con avenida Libertador de esta ciudad donde se encuentran las dos estaciones de servicio, seria como las diez de la mañana , cuando el cabo Canqui, recibe una llamada en su celular, donde al parecer lo llama una persona de nombre Daniel y le cita para verse…fuimos para allá ya que me dijo el Cabo Segundo Canqui que le iban a entregar algo llegamos allí y estaba un carro blanco de esos de taxi esperándolo, dentro del carro andaba una señora, el conductor y otro muchacho que es Daniel, canqui se baja de la patrulla y habla con los dos que están en el carro…me comenta el Cabo Segundo Canqui que teníamos que retirar una camioneta eso fue lo único que me dijo…nosotros seguimos el carro blanco hasta que se estaciona por la entrada del estacionamiento del aeropuerto…el Cabo Segundo Canqui va hacia donde esta el vigilante del estacionamiento…dice que ya nos vamos que esta dando sus datos para poder retirar la camioneta del estacionamiento, de allí se vuelve a ir otra vez para donde esta el vigilante del estacionamiento, ya después de allí llega nuevamente a la unidad y me dijo que había dado unos datos falsos al vigilante del estacionamiento para poder sacarle la información sobre la camioneta…fuimos a SIPOL e informamos sobre la situación y nos comunicaron que la camioneta estaba solicitada desde el 16 de diciembre, yo le dije al funcionario que nos verifico la información que la camioneta estaba en el aeropuerto en el estacionamiento…”

  18. - LA EXPERTICIA DE DOCUMENTOLOGICO N° 9700-127-GTD-581-08, de fecha 03-03-2008, suscrita por C.S., experto de la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “…Las escrituras manuscritas elaboradas en tinta esferográfica de color negro, presentes en la hoja de papel, foliada previamente con el numero Quince (15) donde se puede leer entre otros: “Barqto. 17/12/07 yo el cabo F.P. C.I.- 8.325.402, adscrito a la Comandancia General me hago responsable…………….el cual la va a retirar J.R. CI 14.937.529 de la misma”, calificado como debitado y descrito en la parte expositiva del presente dictamen pericial documentologico, evidenciaron al examen técnico comparativo, características de individualización escritura homologas a las observadas confrontadas y analizadas, en la muestra de escrituras manuscritas de carácter indubitado, es decir, han sido realizadas por el ciudadano CANQUIZ G.H.T., titular de la cedula de identidad N° 7.603.729.”

  19. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 10-03-08, suscrita por el Inspector Jefe C.M., adscrito a la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “…encontrándome practicando investigaciones relacionadas al presente caso, vista y leída acta de entrevista recibida a la ciudadana M.A.R.P. DE GATTI…se tiene conocimiento que el ciudadano mencionado en autos como YILFOR GIMENEZ, apodado “El Men” había comprado en el mes de diciembre del año 2007 una camioneta marca JEEP CHEROKEE color GRIS, en un concesionario de ventas de vehículos en esta ciudad. Motivo por el cual me constituí en comisión particular, con la finalidad de verificar en diferentes concesionarios de ventas de vehículos en esta ciudad la veracidad de la información antes descrita. Luego de haber visitado varias concesionarias de ventas de vehículos, llegamos a una denominada AUTO LIMITE COLOR, ubicada en la avenida Venezuela con calle concordia de esta ciudad, donde fuimos atendidos por la ciudadana: LILI JOSEFINA OSAL CASTRO…a quien luego de identificarnos como funcionarios de este Cuerpo policial y de imponerla sobre el motivo de nuestra presencia, procedió a verificar en los archivos llevados por dicho concesionario, haciendo de nuestro conocimiento que efectivamente casi llegando a la Primera Quincena del mes de diciembre del año pasado 2007, un ciudadano de nombre YILBOR ALEXANDER GIMENEZ FIGUEROA…numero de teléfono celular 0424-5024325, había realizado una negociación de compra de un vehiculo marca JEEP, modelo GRAN CHEROKEE, color PLATA, año 2001, placas NAK-08W, por la cantidad 55.000.000 Millones de Bolívares…”

  20. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 01-04-08, suscrita por el Inspector Jefe C.M., adscrito a la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “…sostuve entrevista verbal con una persona con timbre de voz masculina, quien manifestó ser funcionario activo de la Guardia Nacional, no queriendo aportar datos sobre su identidad por temor a represalias en su contra haciendo de mi conocimiento que su persona quería colaborar con la investigación que se sigue en relación a la desaparición de un comerciante Caroreño llamado R.G., hecho ocurrido el día 07-12-07, debido a que reprochaba la conducta tomada por varios de sus compañeros indicando que este caso están involucrados los funcionarios cabo Segundo GIMENEZ YILFOR, conocido como EL MEN, cabo Segundo Garrido ROGER conocido como EL LOBO, Distinguido MONTILLA ULICES, conocido como PAJARITO, Guardia S.B., conocida como SARITA, otro de nombre J.T.C., cabo Segundo G.M.E. conocido como CARITA y KEILVIN TORRES todos adscritos al grupo Anti-Extorsión y Secuestro GAES de la Guardia Nacional estos en complicidad con los ciudadanos F.J.O. y L.P., se quedaron con la cantidad de 1.000.000.000 mil millones de bolívares, dándole muerte al ciudadano R.G., cuando lo interceptaron para quitarle el dinero, igualmente hizo de nuestro conocimiento que los funcionarios involucrados han adquirido bienes, tales como vehículos en distintas agencias…”

  21. - EL ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 02-04-2008, tomada en la Sub-delegación L.d.C.d.I.C., Penales y Criminalisticas, al ciudadano D.A.G.A., titular de la cédula de identidad Nº V-15.776.345, quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “Resulta ser que tengo un compadre de nombre YILFOR GIMENEZ, quien es apodado EL MEN y labora como Cabo Segundo de la Guardia Nacional, destacado en el grupo (GAES) del Core 4 de la Guardia Nacional, de la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, este en los primeros días del mes de Diciembre del año pasado 2007, me llamo a mi teléfono celular 0424-5446686, diciéndome que se encontraba trabajando un secuestro de un comerciante de lácteos en la ciudad de Carora Estado Lara, después me vuelve a llamar y entre tantas conversaciones me dice que ya habían agarrado al secuestrador y que lo tenían guindado para que les echara el cuento, después el día 17-12-07, me llama nuevamente y me dice que tiene una camioneta, marca CHEVROLET, modelo SILVERADO, 4x4 año 2006, color BLANCO, con franjas de color Gris, placas 64X-GAZ, aparcada en el estacionamiento del aeropuerto J.L.d. la ciudad de Barquisimeto y que si me quería ganar un dinero extra, que la fuera a buscar para que la ofreciera en venta, indicándome que la misma era legal, que no tenia ningún problema, diciéndome que el día siguiente me entregaría las llaves; el día 18-12-07 a las 9:00 horas de la mañana me llamo YILFOR y me dijo que nos viéramos en el centro Comercial Las Trinitarias, me dirigí para allá en compañía de mi esposa M.R. y el sobrino de esta C.R., cuando llegamos, yo me bajo del vehiculo de Carlos y dentro del estacionamiento estaban mi compadre YILFOR GIMENEZ en compañía de un compañero de este de nombre R.G., a bordo de un vehiculo CHEVROLET, modelo CORSA, color AZUL, dos puertas y cuando me acerque mi compadre me entrego la llave sin llavero de la camioneta que estaba en el aeropuerto, diciéndome que la fuera a buscar y que si le conseguía venta lo llamara, entonces me dijo que solo había un pequeño problema, ya que la camioneta tenia aproximadamente diez días aparcada en dicho estacionamiento y que el tique para retirar la misma no lo tenia porque lo había perdido, entonces se fueron y luego que realice unas compras con mi esposa, llame a un amigo de nombre CANQUIS, quien es funcionario de la policía del estado Lara, para que me ayudara a sacar la camioneta…al llegar vimos la camioneta estacionada debajo de un árbol, la misma estaba toda sucia con fango por los lados, en ese momento llego CANQUIZ, andaba en un patrulla con una funcionaria y entro al estacionamiento…entonces yo fui a abrir la camioneta junto con CARLOS y me di cuenta que estaba desvalijada, no tenia reproductor y dentro habían muchos papeles regados, entre estos habían una póliza de seguros Caracas, con el nombre de R.G. ESPOSITO…cuando intente prenderla no pude, porque al parecer tenia la batería descargada…por lo que decidimos dejarla y buscarla luego, en ese momento llame a mi compadre YILFOR GIMENEZ “EL MEN” y le dije que no puede sacar la camioneta del estacionamiento, luego antes de irnos mi amigo CANQUIZ se dirige a la garita del estacionamiento y dejo una nota escrita , donde se hacia responsable por la camioneta…entonces yo inmediatamente llamo a mi compadre YILBOR GIMENEZ “EM MEN” y le explico lo que estaba pasando y este tomo una actitud de nerviosismo y amenazante, diciéndome que resolviera mi problema pero que a el no lo nombrara, porque si lo hacia me iba a matar, así como había hecho con el dueño de la camioneta de nombre GROSSO ESPOSITO, porque el no iba a tener piedad con nadie…el día 23-12-07, recibí una llamada telefónica de parte de Y.V. quien es esposa de mi compadre YILFOR y nos dijo que si podíamos vernos en la entrada del Core 4, entonces me dirigí para allá con mi esposa M.R. y cuando llegamos hablamos con Y.V. y esta nos dijo que YILFOR GIMENEZ estaba muy extraño, que se le pasaba con gente rara, y de muy malas influencias, que había comprado una camioneta JEEP CHEROKEE DE COLOR GRIS PLOMO AÑO 2006, así como también había comprado a un señor de nombre KARIN, quien tiene su negocio en el centro comercial…gran cantidad de prendas de oro, las cuales las había cancelado con dinero en efectivo, y luego me entere por comentarios que mi compadre YILFOR GIMENEZ “EL MEN” en compañía de los funcionarios GARRIDO R.P., S.B., KELVIN u otro llamado CARITA, se habían apoderado de la cantidad de 2.000.000.000 Dos mil Millones de Bolívares, los cuales eran el pago para la liberación de una persona secuestrada en la ciudad de Carora y desaparecieron al ciudadano R.G.E.. También quiero manifestar que mi compadre YILFOR GIMENEZ en una de tantas llamadas telefónicas que me realizo, me comento que lo que el había hecho no lo iban a descubrir, porque el andaba con el hijo del señor que se encontraba secuestrado en la ciudad de Carora…”

  22. - El ACTA DE INVESTIGACIÒN PENAL de fecha 03/04/2008, suscrita por el Funcionario Sub Inspector ESCALONA JAVIER, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Carora, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: “ En esta misma fecha, Habiendo obtenido relación de llamadas telefónicas efectuadas desde el teléfono celular Nro. 0424-502-43-25, en fecha 07/12/07, propiedad del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.196.475, Procedí a realizar un minucioso análisis constatando que dicho ciudadano en fecha ya antes citada, mantuvo una constante comunicación con los números telefónicos siguientes: 0424-5024318, perteneciente al ciudadano GARRIDO S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº V-13.922.617, 0414 -5528146 perteneciente al ciudadano MONTILLA BARRIOS ULICES, titular de la cédula de identidad Nº V-12.240.710, 0414-5255895 perteneciente al ciudadano G.M.E., titular de la cédula de identidad Nº V9.614.205, 0414-3023582 perteneciente al ciudadano G.C.A., titular de la cédula de identidad Nº V-6.642.521, 0424-5052559 perteneciente al ciudadano L.J.P.M., titular de la cédula de identidad Nº V-9.846.962, 0414-5400533 perteneciente al ciudadano F.J.O.P., titular de la cédula de identidad Nº V-12.691.068 0414-5267551 perteneciente al ciudadano A.E.C., titular de la cédula de identidad Nº V- 5.239.006”

  23. - El ACTA DE INVESTIGACIÒN PENAL de fecha 03/04/2008, suscrita por el Funcionario Sub Inspector ESCALONA JAVIER, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Carora, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: “En esta misma fecha, Habiendo obtenido relación de llamadas telefónicas efectuadas desde el teléfono celular Nro. 0424-502-43-18, en fecha 07/12/07, propiedad del ciudadano GARRIDO S.R.P., titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.922.617, Procedí a realizar un minucioso análisis constatando que dicho ciudadano en fecha ya antes citada, mantuvo una constante comunicación con los números telefónicos siguientes: 0424-5024325, perteneciente al ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.196.475, quien es funcionario activo de la Guardia Nacional, laborando en el grupo GAES de Carora Edo. Lara, 0414- 5528146 perteneciente al ciudadano MONTILLA BARRIOS ULICES, titular de la cédula de identidad Nº V-12.240.710, quien es funcionario activo de la Guardia Nacional, laborando en el grupo GAES de Carora Edo. Lara, 0414-5400533 perteneciente al ciudadano F.J.O.P..

  24. - EL ACTA DE INVESTIGACIÒN PENAL de fecha 08/04/2008, suscrita por el Funcionario Sub Inspector Jefe C.M., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Carora, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: “En esta misma fecha, me traslade en compañía del Funcionario Sub Inspector J.E., en vehiculo particular hacia las adyacencias de la Empresa BENFICA, ubicada en la zona industrial 2, con la finalidad de ubicar entre las personas que alquilan teléfonos móvil, el numero telefónico 0414-5352618, de donde el día 01/04/08, me efectuaron una llamada a mi teléfono celular Nº 0424-5396143, en horas de la mañana y de manera anónima me suministraron información sobre el presenta caso, luego de preguntar a varias personas llegamos donde se encontraba una ciudadana que alquila teléfonos celulares en la Av. Libertador, Con Calle 19 del Barrio P.N. de esa ciudad, a pocos metros de el Comando Regional Nro. 04 de la Guardia Nacional, de nombre MORA TORRES Z.J., titular de la cédula de identidad Nº V-11.927.938, a quien luego de identificarnos como funcionarios de este Cuerpo Policial, nos manifestó que entre los teléfonos celulares que ella alquila, tiene el numero que estamos ubicando 0414-5352618, seguidamente al sostener entrevista verbal con dicha ciudadana, nos manifestó que el teléfono le pertenecía a la ciudadana C.D., que ella siempre labora en la misma ubicación, y que sus clientes que frecuentan y llaman de este establecimiento informal, son los residentes de esa localidad, y los funcionarios de la Guardia Nacional ya que el comando queda a escasos 25 metros aproximadamente, una vez obtenida dicha información procedimos a retirarnos del lugar”

    25- LA COPIA CERTIFICADA DE LAS NOVEDADES DIARIAS, llevadas por el Grupo Antiextorsion y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, en fechas 29-11-07 al 15-12-07.

  25. - LA COMUNICACIÓN N° 487, de fecha 07-04-08, emanada del Grupo Antiextorsion y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, mediante el cual el Jefe de dicho Despacho Castrense, mediante la cual remiten informe denominado por el Despacho Castrense como: “INFORME DEL CASO “EL NEGOCIADOR DE CARORA” (JOSE R.G. ESPOSITO”, del cual se desprende entre otras cosas que los funcionarios designados para investigar el secuestro de ciudadano F.A.O.P., fueron los efectivos: C/2DO. (GNB) GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, C.I.- 13.196.475, C/2DO. (GNB) GARRIDO S.R.P., C.I.- 13.922.617, DTG (GNB) MONTILLA BARRIOS ULISES. C.I.- 12.240.710 y GN BARRIENTOS UMAÑA S.M. C.I.- 16.408.784, todos adscritos al grupo Anto Extorsion y Secuestro N° 4 de la Guardia Nacional de Venezuela, siendo que en fecha 05-12-07, en vista de la decisión de los familiares de la victima de pagar y que el ciudadano R.G., estuviera al frente de la negociación con los secuestradores, se ordeno a los efectivos militares adscritos al GAES-04, QUE SE RETIRARAN, dejando solo a dos funcionarios en la residencia a petición de los familiares, lo cual consta en las novedades diarias llevadas por el cuerpo castrense, en fecha 05-12-07.

  26. - LA COPIA CERTIFICADA DE LA DECLARACION JURADA, de los funcionarios C/S (GNB) R.P.G.S., C/2 (GNB) GIMENEZ YILBOR y (GN) U.J.M.B., adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, de las cuales se desprende claramente la línea telefónica asignada, a saber 0424-502-43-18, 0424-502-43-25 y 0414-552-81-46.

  27. - LA ORDEN DEL DIA N° 340, de fecha 07-12-07, emanada del Grupo Antiextorsion y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, del cual se desprende que los funcionarios C/S (GNB) MONTILLA ULISES y C/2 (GNB) GIMENEZ YILBOR, se encontraban de guardia en la referida data.

  28. - LA BOLETA DE COMISION, de fechas 30-11-07 y 05-12-07, emanada del Grupo Antiextorsion y Secuestro del Comando Regional N° 4 de la Guardia Nacional, de as cuales se desprende la designación de los funcionarios para las datas referidas, hacia Carora-Estado Lara, los vehículos utilizados y las armas de fuego asignadas a la cada funcionario, siendo que el 30-11-07, fueron designados los efectivos: GIMENEZ FIGUEROA YILFOR, GARRIDO S.R., MONTILLA BARRIOS ULISES y BARRIENTOS UMAÑA SARA, sin embargo el 05-12-07, solo se encontraban designados para encontrarse en Carora-Estado Lara, los funcionarios GARRIDO S.R. y BARRIENTOS SARA, quienes regresaron el 12.12-08, con la novedades de la liberación del ciudadano F.O..

  29. - EL ACTA DE INVESTIGACIÒN PENAL de fecha 23/04/2008, suscrita por el Funcionario Sub Inspector ESCALONA JAVIER, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Carora, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: “ luego de haber realizado un estudio minucioso a la relación de llamadas telefónicas, efectuadas durante los días 07 y 08 del mes de Diciembre del 2007, desde el teléfono celular numero 0424-5024325, propiedad del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.196.475, se pudo determinar la ubicación geográfica del citado teléfono móvil, al momento de realizar cada llamada. Pudiendo constatar que durante el día 07/12/2007, se registro lo siguiente a las 7:24 horas de la mañana realizo llamada telefónica al numero 0414-5023129, con una duración de 10 minutos, receptando la señal la antena (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), dicha señal se mantuvo en esa zona hasta las 06:43 horas de la tarde, luego a las 07:30 horas de la noche, se registro llamada telefónica al numero 0424-5024318, con una duración de 02 minutos, captando la señal, la antena ( QUIBOR, ubicada en la Av. 8, calle 8, Quibor, Municipio Jiménez, Edo. Lara). Seguidamente a las 07:34 horas de la noche, se registro llamada telefónica al 0414-3023582, con una duración de 01 minuto captando la señal la antena (COP. EL TOSTAO, ubicada en la autopista vía Quibor, restaurante el pescadito, frente al cruce de la entrada vía a Buena Vista, Edo. Lara) a las 07:40 horas de la noche, se registra llamada telefónica al numero 0414-5528146, con una duración de 02 minutos, captando la señal la antena ( VENFRICA COP. Ubicada en la Av. F.J., frente al cementerio municipal, edf. Los pollos a la canasta, Barquisimeto, Edo. Lara) a las 08:00 horas de la noche se registra llamada telefónica al numero 0424-5024318, (COP. EL TOSTAO, ubicada en la autopista vía Quibor, restaurante el pescadito, frente al cruce de la entrada vía a Buena Vista, Edo. Lara) manteniéndose la señal en esa zona hasta las 09:53 horas de la noche, cuando se registra una llamada telefónica al número 0414-3523448, con una duración de 02 minutos, captando la señal la antena (QUIBOR, ubicada en la Av. 8, calle 8, Quibor, Municipio Jiménez, Edo. Lara), a las 10:01 horas de la noche se registra llamada telefónica al numero 0414-3523448, con una duración de 01 minuto, capta la señal la antena (PALMICHAL SWAP, ubicada en el sector cruz de machadena, carretera buena vista, PALMICHAL Municipio J.E.. Lara) a las 10:25 horas de la noche, registra llamada telefónica al numero 0141-5400533, con una duración de 01 minuto, captando la señal la antena (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), donde se mantuvo la señal hasta el siguiente día 08/02/2007, cuando siendo las 12:34 horas de la madrugada se registra llamada al teléfono 0424-5024318, con una duración de 01 minuto y a las 03:34 horas de la madrugada, al mismo numero con una duración de 02 minutos captando la señal (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), donde se mantuniene la señal hasta las 12:38 horas de la tarde, cuando se registra llamada telefónica al numero 0414-5023129, con una duración de 01 minuto captando la señal ( LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro la Chon, Municipio Torres, Edo. Lara), donde se mantiene hasta las 10:14 horas de la noche, cuando se registra llamada telefónica al numero 0421-5024318, con una duración de 01 minuto captando la señal (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), donde se mantuvo hasta las 11:18 horas de la noche, se registra llamada telefónica al numero 0424-5045236, con una duración de 11 minutos, la cual es captada por la misma antena siendo la ultima llamada registrada durante ese día.”

  30. - EL ACTA DE INVESTIGACIÒN PENAL de fecha 23/04/2008, suscrita por el Funcionario Sub Inspector ESCALONA JAVIER, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Carora, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: “En esta misma fecha luego de haber realizado un minucioso estudio a la relación de llamadas telefónicas, realizadas en fecha 05-06-07 y 08 del mes de Diciembre del año 2007, de desde el teléfono celular número 0414-3771735 (el cual aparece incriminado en el presente caso, por cuanto fue utilizado por el ciudadano mencionado en auto como el “CALICHE”, para realizar las negociaciones referente al pago por la liberación del ciudadano secuestrado); se puede determinar la ubicación geográfica del citado teléfono móvil, al momento de realizar una llamada. Pudiendo constatar que durante el día 05-12-07, se registro lo siguiente: A las 03:45 horas de la tarde, registro llamada telefónica al numero 0414-3369840,l con un a duración de 09 segundos, captando la señal la antena (SAN FELIPE, Estado Yaracuy), luego a las 05:44 horas de la tarde, registro llamada telefónica al numero 0412-2265674, con una duración de 03 segundos, captando la señal la antena (MARIN SWAP, Estado Yaracuy); Posteriormente el día 06-12-07, siendo las 11:46 horas de la mañana, registro llamada telefónica al numero 0414-5118662, con una duración de 392 segundos, captando la señal la antena (MORON, Estado Yaracuy); El día 07-12-07, siendo las 11:46 horas de la mañana, registro llamada telefónica al numero 0414-5118662, con una duración de 629 segundos, captando la señal la antena (PUNTA GORDA, Eje vía Toruno, Sector Punta Gorda, Barinas, Estado Barinas); luego a las 05:24 horas de la tarde, registro llamada telefónica al numero 0414-5118662, con una duración de 360 segundos, captando la señal la antena (CARURA SWAP, ubicada en Cerro agua La Pantalla, carretera L.Z., Carora, Estado Lara); siendo las 06:18 horas de la tarde, registro llamada telefónica al numero 0414-5118862, con una duración de 230 segundos, captando la señal la antena (CARURA SWAP, ubicada en Cerro agua La Pantalla, carretera L.Z., Carora, Estado Lara); siendo las 06:50 horas de la tarde, realizó llamada telefónica al numero 0414-5118662, (la cual no fue atendida); , captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia); siendo las 06:55 horas de la tarde, , realizo llamada telefónica al numero 0414-5395243 (la cual no fue atendida), captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia): siendo las 07:38 horas de la noche, realizo llamada telefónica al numero 0414-5118662 (la cual no fue atendida), captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia); siendo las 07:39 horas de la noche, realizo llamada telefónica al numero 04145395243 (la cual no fue atendida) captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia); siendo las 07:57 horas de las noche, realizó llamada telefónica al numero 0414-5395243, (la cual no fue atendida), captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia), siendo las 08: 07 horas de la noche, realizo llamada telefónica al numero 0414-5118662, (la cual no fue atendida), captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia), siendo las 08:08 horas de la noche, realizó llamada telefónica al numero 0414-5395243, la cual no fue atendida, captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia) siendo las 08:23 horas de la noche, realizo llamada telefónica al numero 0414-5118662 la cual no fue atendida; captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia); siendo las 08:24 horas de la noche, realizo llamada telefónica al 0414-5395243, la cual no fue atendida, captada dicha atención la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia), siendo las 08:30 horas de la noche, realizo llamada telefónica ala numero 0414-5118662, la cual no fue atendida, captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia); siendo las 08:57 horas de la noche, realizo llamada telefónica al numero 0414-5395243, la cual no fue atendida, captando dicha señal la antena (AGUA LINDA, Estado Zulia); siendo las 09:58 horas de la noche, realizo llamada telefónica al numero 0414-5395243 la cual no fue atendida, captando dicha señal la antena (MISOA, limites Estados Lara y Zulia) posteriormente el día 08-12-07, siendo las 08:55 horas de la mañana, realizo llamada telefónica al numero 0414-5118662, con una duración de 14 segundos, captando dicha señal la antena (COW AV. SABANETA, Maracaibo Edo. Zulia) siendo las 08: 57 horas de la mañana, realizo llamada telefónica al número 0414-5118662, con una duración de 04 segundos, captando dicha señal la antena (GUAYABAL, EDO. ZULIA) posteriormente no se registraron mas llamadas telefónicas desde el citado teléfono móvil.

  31. - EL ACTA DE INVESTIGACIÒN PENAL de fecha 23/04/2008, suscrita por el Funcionario Sub Inspector ESCALONA JAVIER, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Carora, mediante la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: “En esta misma fecha y luego de haber realizado un minucioso estudio en la relación de llamadas telefónicas, efectuadas durante los días 07 y 08 del mes Diciembre del año 2007, desde el teléfono celular numero 0414-5528146, propiedad del ciudadano MONTILLA BARIOS ULICES, titular de la cédula de identidad N. V-12.240.710, se puede determinar la ubicación geográfica del citado teléfono móvil, así momento de realizar cada llamada. Pudiendo constatar que durante el día 07/12/07 se registro lo siguiente.. A las 08:49 horas de la mañana registró llamada telefónica al número 0424-6328432, con una duración de 03 minutos captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), manteniéndose la señal en dicha zona, por cuanto registro las siguientes llamadas 0424-5438054 a las 08:52 am, 0414-6583606 a las 08:54 am, 0414-5776063 a las 09:30, 0414-3507352 a las 10:05 am, 0424-5480321 a las 10:08 am, 0414-3507352 a las 10:14 am, 0426-9593788 a las 10:20 am, 0416-2589835 a las 10:42 am, 0414-5153539 a las 10:45 am, 0414-6583606 a las 10:47 am, 0414-5253190 a las 11:46 am, 0414-5400533 a las 11:51 am, 0414-3523448 a las 01:20 pm, mensaje de texto al numero 0414-3523448 a las 01:24 pm, mensaje de texto al numero 0414-3523448 a las 01:34 pm, 0414-5400533 a las 01:50 pm, mensaje de texto al numero 0414-3523448 a las 02:00 pm, mensaje de texto al numero 0414-3523448 a las 02:03 pm, 0424-5024318 a las 02:05 pm, mensaje de texto al numero 0424-5024318 a las 02:17 pm, mensaje de texto al numero 0424-5024318 a las 02:40, 0424-5024318 a las 05:04 pm, 0424-5024318 a las 05:11 pm, mensaje de texto al numero 0414-3523448 a las 05:18 pm, 0414-5153539 a las 05:25 pm, mensaje de texto al numero 0424-5024318 a las 06:03 pm, mensaje de texto al numero 0424-5024318 a las 06:06 pm, 0414-6583606 a las 06:11 pm, 0414-5221509 a las 07:34, captando la señal la antena (COP. EL TOSTAO, ubicada en la aupista vía a Quibor, restaurante el pescadito, frente al cruce de la entrada vía a Buena Vista, Edo. Lara), al 0414-5221509 a las 07:35 pm, captando la señal la antena (COP. EL TOSTAO, ubicada en la aupista vía a Quibor, restaurante el pescadito, frente al cruce de la entrada vía a Buena Vista, Edo. Lara), 0414-5221509 a las 07:35 pm, captando la señal la antena (COP. EL TOSTAO, ubicada en la aupista vía a Quibor, restaurante el pescadito, frente al cruce de la entrada vía a Buena Vista, Edo. Lara),0414-3523448 a las 07:38 pm, captando la señal la antena (COP. EL TOSTAO, ubicada en la aupista vía a Quibor, restaurante el pescadito, frente al cruce de la entrada vía a Buena Vista, Edo. Lara), 0414-3523448 a las 07:49 pm, captando la señal la antena (VENFRICA COP. Ubicada en la Av. F.J., frente al cementerio municipal, edf. Los pollos a la canasta, Barquisimeto, Edo. Lara), 0414-5221509 a las 08:07 pm, captando la señal la antena (OBELISCO MODEL, 4.0 ubicada en calle 62 cruce con carretera 13 A Barquisimeto Edo. Lara) mensaje de texto al número 0414-5428514 a las 09:47 pm, 0414-5153539 a las 11:53, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), manteniéndose la señal en dicha zona. El día 08/12/07, efectuó las siguientes llamadas al numero 0414-6583606, a las 12:06 am, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara) 0414- 6583606 a las 12:07 am, 0414-5208714 a las 12:10 am, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), 0414-6583606 a las 12:13 am, 0424-6328432, a las 10:17 am, 0414-5221509 a las 10:59 am, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara),0414-5221509 a las 11:25, 0414-5078879, a las 11.26 am, 0416-5526553 a las 11:31 am, 0414-5153539 a las 11:41 am, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), 0414-5247335 a las 11:56 am, 0414-5255895 a las 11:57, 0424-5247335 a las 11:58 am, 0424-5247335 a las 12:00 pm, 0414-5255895 a las 12:01 pm, 0424-5247365 a las 12:03 pm, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), 0414-5221509 a las 12:27 pm, 0414-5221509 a las 12:28 pm, 0414-5208714 a las 01:04 pm, 0414-5141599 a las 01:07 pm, 0424-5024325 a las 01:42 pm,0424-5024325 a las 02:29 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara) 0414-3523448, a las 02:46 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0416 2589835, a las 03:13 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0424-6328432, a las 03:24 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0424-6328432, a las 03:27pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0424-5278244, a las 03:29 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0416-7514576 a las 04:40 captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara),0414-5122900 a las 04:41 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0416-4690877 a las 04:45 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0424-5024316, a las 04:55 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara),0424-6328432, a las 06:16 captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), envió un mensaje de texto al numero 0414-3523448, 0414-5364171 a las 06:39 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara),0424-5024318 a las 06:43 pm, captando la señal en (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), envió un mensaje de texto al numero 0424-5278244, a las09:03 pm, envió un mensaje de texto al numero 0424-5278244, a las 09:05 pm, 0414-6583606 a las 09:12 pm, (LA PASTORA, ubicada en carretera San Pedro, Barbacoas, Sector Fila de San Francisco, Cerro Lochon Municipio Torres Edo. Lara), 0414-5528112 a las 11:27 pm, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), 0414-6583606 a las 11:29 pm, captando la señal en, (CARORA SWAP, ubicada en Cerro Agua la Pantalla, Carretera L.Z., Carora Edo. Lara), Es todo”

  32. - LA COMUNICACIÓN Nº 00002947, de fecha 29/04/2008 proveniente de la ONIDEX, por medio de la cual informan que el ciudadano GROSSO EXPOSITO J.R., titular de la cédula de identidad Nº V-5..935.227, “Registra movimiento migratorio”

  33. - El ACTA DE INVESTIGACION PENAL anexo DIAGRAMA DONDE SE MUESTRA RELACION DE LLAMADAS Y MENSAJES SALIENTES DEL MOVIL 0414-578-57-21, perteneciente a CANQUIZ G.H., de fecha 06-06-08, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos, datos del suscriptor y ubicación geográfica del móvil celular: 0414-5785721 pertenecientes al ciudadano: CANQUIZ G.H., titular de la cédula de identidad V-7.603.729; donde se explican por si mismas de la siguiente manera: Gráfica Nº 1: se puede observar que el móvil 0414-5785721 perteneciente al ciudadano: CANQUIZ G.H., C.I. 7.603.729 se puede observar la relación de llamadas salientes, mensajes de texto salientes y entrantes del móvil 0414-5785721, indicando números y sumatoria, asimismo identificando mediante leyenda los números con más relevancia...”

    35 .- EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL anexo DIAGRAMA DONDE SE MUESTRA RELACION DE LLAMADAS Y MENSAJES SALIENTES DEL MOVIL 0414-5528146, perteneciente a MONTILLA BARRIOS ULISES, de fecha 13-06-08, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos, datos del suscriptor y ubicación geográfica del móvil celular: 0414-5528146, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano MONTILLA BARRIOS U.J., titular de la cédula de identidad V-12.240.710; donde se explican por si mismas de la siguiente manera: Gráfica Nº 1 y 2, se puede observar la resumen de llamadas salientes, fecha, hora y ubicación geográfica del móvil 0414-5528146. Realizado los trabajos expuestos, entregué resultados a la ciudadana fiscal 62 del Ministerio Publico con competencia nacional, A.B.N.. Se anexan a la presente acta de investigación penal, Dos (02) folios útiles denominados Diagramas Nº 1 y 2, los cuales son análisis de llamadas salientes, mensajes de texto salientes y ubicación geográfica del móvil celular 0414-5528146, en fechas 07-12-2007, 08-12-2007 y 13-12-2007…”

  34. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL anexo DIAGRAMA DONDE SE MUESTRA RELACION DE LLAMADAS Y MENSAJES SALIENTES DEL MOVIL 0414-538-40-98, perteneciente a R.A.R.R., de fecha 06-06-08, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “…Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos y datos del suscriptor de los móviles celulares: 0414-1596901 y 0414-5384098, pertenecientes al ciudadano: R.A.R.R., titular de la cédula de identidad V-11.700.859; donde se explican por si mismas de la siguiente manera: Gráfica Nº 1: se puede observar que el móvil 0414-1596901 perteneciente a la ciudadana: R.A.R.R., C.I. 11.700.859 se puede observar la relación de llamadas salientes, mensajes de texto salientes y entrantes del móvil 0414-1596901, indicando números y sumatoria, asimismo identificando mediante leyenda los números con más relevancia. Gráfica Nº 2: se puede observar que el móvil 0414-5384098 perteneciente a la ciudadana: RODRIGUEZ RYANA, C.I. 11.700.859 se puede observar la relación de llamadas salientes, mensajes de texto salientes y entrantes del móvil 0414-5384098, indicando números y sumatoria, asimismo identificando mediante leyenda los números con más relevancia Realizado los trabajos expuestos…”

  35. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-06-08, anexo LISTA DE NUMERO Y DATOS FILIATORIOS DEL CRUCE DE LLAMADAS DE LOS DIAS 06.07 Y 08 DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos, denominados con letras de la siguiente manera: B) 0414-5395243: J.R.G.E. C.I. V- 5.935.227; C) 0414-5118662: se encuentra a nombre de S.R. C.I. V- 14.175.245, en poder de J.R.G.E. C.I. V- 5.935.227; D) 0414-5017048: J.A. C.I. V- 7.447.606; E) 0414-5396000: OROPEZA MANUEL C.I. V- 10.763.944; F) 0414-3369840: ANA PARRA C.I. V- 15.484.222; G) 04245286564: se encuentra a nombre de CUICAS RAMON C.I. V- 12.692.179, en poder de J.R.G.E. C.I. V- 5.935.227; H) 0414-5255895: E.G. C.I. V- 9.614.205; I) 0414-1596901: RYANA R.R. ARMAS C.I. V- 11.700.859; J) 0414-5153539: DANNY LINAREZ C.I. V- 15.107.814; K) 0424-5024317: G.A. V-6.642.521; L) 0424-5267196: MILAGROS MONTILLA V- 9.388.398; M) 0414-5785721: H.C.G. C.I. V- 7.603.729; N) 0414-5384098: RYANA R.R. ARMAS C..I. V- 11.700.859; O) 0414-5056880: M.A.O.P. V-12.690.031; P) 04145385296: se encuentra a nombre de FRANCISCO OLIVEIRA C.I. V- 12.691.068, en poder de MARISOL DE OLIVEIRA; Q) 0414-5397255: E.C. C.I. V- 12.534.850, en poder de F.A.O.P.; R) 0424-5024325: se encuentra a nombre de G.A. C.I. V- 6.642.521, en poder de GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER C.I. V- 13.196.475; S) 0424-5024318: se encuentra a nombre de G.A. C.I. V- 6.642.521, en poder de S.G.R.P. C.I. V- 13.922.617; T) 0414-5400533: F.J.O.P. C.I. V- 4.637.908; U) 0414-5221509: A.I. QUERO C.I. V- 9.624.979; V) 0414-5052559: se encuentra a nombre de RAMON CARDOZO C.I. V- 9.249.998, en poder de L.J.P.M. C..I. V- 9.846.962; W) 0414-5356497: G.A. C.I. V- 6.642.521 y X) 0414-5023129: J.V.M. C.I. V- 14.265.487. Se realizó una tabla dinámica en formato Excel, compuesta por una columna del lado izquierdo, en donde aparecen reflejados los números con los cuales se comunican los móviles celulares supramencionados de la letra B a la X y las columnas ubicadas hacia la derecha del recuadro indican la cantidad de incidencias entre los números aquí incluidos…”

  36. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-06-08, anexo LISTA DE NUMERO Y DATOS FILIATORIOS DEL CRUCE DE LLAMADAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos, denominados con letras de la siguiente manera: B) 0414-5395243: J.R.G.E. C.I. V- 5.935.227; C) 0414-5118662: se encuentra a nombre de S.R. C.I. V- 14.175.245, en poder de J.R.G.E. C.I. V- 5.935.227; D) 04245286564: se encuentra a nombre DE CUICAS RAMON C..I. V- 12.692.179, EN PODER DE J.R.G.E. C.I. V- 5.935.227; E) 0414-5017048: J.A. C.I. V- 7.447.606; F) 0414-3369840: ANA PARRA C.I. V- 15.484.222; G) 0414-5255895: E.G. C.I. V- 9.614.205; H) 0414-5384098: RYANA R.R. ARMAS C.I. V- 11.700.859; I) 0414-5153539: DANNY LINAREZ C.I. V- 15.107.814; J) 0424-5024317: G.A. V-6.642.521; K) 0424-5267196: MILAGROS MONTILLA V- 9.388.398; L) 0414-5785721: H.C.G. C.I. V- 7.603.729; M) 0414-5056880: M.A.O.P. V-12.690.031; N) 04145385296: se encuentra a nombre de FRANCISCO OLIVEIRA C.I. V- 12.691.068, en poder de MARISOL DE OLIVEIRA; O) 0414-5397255: E.C. C.I. V- 12.534.850, en poder de F.A.O.P.; P) 0424-5024325: se encuentra a nombre de G.A., C.I. V- 6.642.521, en poder de GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER C.I. V- 13.196.475; Q) 0424-5024318: se encuentra a nombre DE G.A., C.I. V- 6.642.521, en poder de S.G.R.P. C.I. V- 13.922.617. Se realizó una tabla dinámica en formato Excel, partiendo de las relaciones de llamadas de los días 6, 7 y 8 de Diciembre de 2007, compuesta por una columna del lado izquierdo, en donde aparecen reflejados los números con los cuales se comunican los móviles celulares supramencionados de la letra B a la X y las columnas ubicadas hacia la derecha del recuadro indican la cantidad de incidencias entre los números aquí incluidos…”

  37. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL anexo DIAGRAMA DE CRUCE DE LLAMADAS, de fecha 18-06-08, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos: 0424-5024325: a nombre de G.A. C.I. V- 6.642.521 y en poder de GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER C.I. V- 13.196.475; 0424-5024318 a nombre de G.A. C.I. V- 6.642.521 y en poder de S.G.R.P. C.I. V-13.922.617; 0424-5024317 y 0414-5356497 a nombre de G.A. V-6.642.521; 0414-5400533 a nombre de F.J.O.P. C.I. V- 4.637.908; 0414-5255895 a nombre de E.G. C.I. V- 9.614.205; 0414-5785721 a nombre de H.C.G. C.I. V- 7.603.729; 0424-5095601 a nombre de P.C., C.I. V-3.088.696 y 0424-5445586 A NOMBRE DE R.M., C.I. V-16.232,861 y en poder de D.A. GATTI ARCAY, C.I. V- 15.776.345; 0414-5528146 a nombre de G.A. C.I. V- 6.642.521 y en poder de MONTILLA BARRIOS U.J. V-12.240.710. 0414-5395243, 0414-5118662 y 0424-5286564 pertenecientes al ciudadano: J.R.G.E., titular de la cédula de identidad V-5.935.227…”

  38. - EL ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 18-06-08, anexo DIAGRAMA EXPLICATIVO DE RELACION DE LLAMADAS ENTRANTES Y SALIENTES CON UBICACIÓN GEOGRAFICA, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR P.B. CREDENCIAL 26631 y el DETECTIVE A.G. CREDENCIAL 27817, adscritos a la Dirección de Investigaciones de Campo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, de la cual se desprende lo siguiente: “…Luego de vistos y leídos los registros de los números telefónicos, datos del suscriptor y ubicación geográfica de los móviles celulares: 0414-5395243, 0414-5118662 y 0424-5286564 pertenecientes al ciudadano: J.R.G.E., titular de la cédula de identidad V-5.935.227; 0424-502-4325, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, titular de la cédula de identidad V-13.196.475; 0424-502-4318, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano S.G.R.P., titular de la cédula de identidad V-13.922.617; 0414-5528146, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano MONTILLA BARRIOS U.J., titular de la cédula de identidad V-12.240.710; donde se explican por si mismas de la siguiente manera: se puede observar que el móvil 0414-5395243 perteneciente al ciudadano: J.R.G.E., C.I. V-5.935.227 se comunica el día 07-12-2007, a las 20:42:02 con los móviles 3597309 y 4119996, desde la Radiobase COP EL TOSTAO; coincidiendo con la ubicación geográfica del móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER el cual se comunica el día 07-12-2007 con los móviles 0414-3521536, a las 08:41 p.m. y 0414-5221509 a las 08:45 p.m. en la Radiobase COP EL TOSTAO. Asimismo se determino que dicho móvil el día 07-12-2007 realizó la siguiente ruta: Desde las 06:36 p.m. hasta las 06:40 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; a las 06:43 p..m. está ubicado en la Radiobase Quibor; desde las 07:34 hasta las 07:38 p.m. está ubicado en la Radiobase COP. El Tostao; a las 07:40 p.m. se encuentra ubicado en la Radiobase Venfuca; desde las 08:00 p.m. hasta las 08:45 p.m. está ubicado en la Radiobase COP. El Tostao; a las 09:56 p.m. se encuentra en la Radiobase Quibor; a las 10:01 p.m. se encuentra en la Radiobase Palmichal; desde las 10:25 p.m. hasta las 03.44 a.m. del día 08-12-2007 se encuentra en la Radiobase Carora. El móvil 0414-5118662 perteneciente al ciudadano: S.R., titular de la cédula V-14.175.245 y que se encontraba en poder del ciudadano J.R.G.E., C.I. V-5.935.227 recibe comunicación el día 08-12-2007, a las 08:56:04 a.m., 08:56:43 a.m. y 08:57:32 a.m. desde el móvil 0414-3771735 y se encuentra ubicado el móvil 0414-5118662 en la Radiobase Carora. De igual forma el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, se comunica el día 08-12-2007, a las 08:37 a.m. y 08:45 a.m. desde la Radiobase Carora con los móviles 0414-6799613 y 0414-3523448 respectivamente. Posteriormente el móvil 0414-5118662 en poder del ciudadano J.R.G.E., se registra el día 08-12-2007 a las 22:01:45 hrs. en la Radiobase La P.B., discando los números 0424-5252500 y B8 ó *8, coincidiendo nuevamente con el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, quien efectuó llamadas el día 08-12-2007, a las 08:09 p.m. y 10:15 p.m. desde la Radiobase La P.B. a los móviles 0424-5024318 y 0414-5380467 respectivamente. Posteriormente el móvil 0424-5286564, perteneciente al ciudadano: CUICAS RAMON, titular de la cédula V-12.692.179 y portaba el ciudadano: J.R.G.E., C.I. V-5.935.227, se registra el día 13-12-2007, a las 07.56:12, 07:53:50 y 07:54:19 hrs. desde la Radiobase COP. El Tostao a el B8 ú *8, coincidiendo nuevamente con el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, quien efectuó llamadas el día 13-12-2007, a las 7:30 a..m. y 8:02 a.m. desde la Radiobase COP. El Tostao a los móviles 0414-5023129 y 0424-5024318 respectivamente. Asimismo el móvil 0414-5528146, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano MONTILLA BARRIOS U.J., titular de la cédula de identidad V-12.240.710, el día 07-12-2007 realizó la siguiente ruta: Desde las 08:49 a.m. hasta las 06:11 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; Desde las 07:34 p.m. hasta las 07:38 p.m. está ubicado en la Radiobase COP. El Tostao; a las 07:49 p.m. se encuentra en la Radiobase COW. VENFUCA; a las 08:07 p.m. se encuentra en la Radiobase OBELISCO MODC; a las 11:53 p.m. se encuentra en la Radiobase Carora; a las 07:49 p.m. se encuentra en la Radiobase La Pastora; a las 12:10 p.m. se encuentra en la Radiobase Carora; el día 08-12-2007 desde las 10:17 a.m. hasta las 01:42 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; desde las 02:29 p.m. hasta las 09:12 p.m. está ubicado en la Radiobase La Pastora; desde las 11:17 p.m. hasta las 11:29 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; el día 13-12-2007 a las 07:49 a.m. se encuentra en la Radiobase Venfuca; a las 07:59 a.m. se encuentra en la Radiobase Obelisco; desde las 08:37 a.m. hasta las 08:47 a.m. está ubicado en la Radiobase El Tostao. Mediante la presente relación se pudo determinar que dicho móvil realiza la misma ruta de traslado que la de los móviles 0414-5395243, 0414-5118662 y 0424-5286564 pertenecientes al ciudadano: J.R.G.E. y el móvil 0424-502-4325 en poder del ciudadano GIMENEZ FIGUEROA YILFOR ALEXANDER, en los días correspondientes al 7, 8 y 13 de diciembre de 2007. El móvil 0424-502-4318, perteneciente al ciudadano G.A., titular de la cédula de identidad V-6.642.521 y que se encuentra en poder del ciudadano S.G.R.P., titular de la cédula de identidad V-13.922.617, el día 07-12-2007 realizó la siguiente ruta: desde las 04:31 p.m. hasta las 08:42 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; a las 09:13 p.m. está ubicado en la Radiobase Sanare; desde las 11:16 p.m. hasta las 11:46 p.m. está ubicado en la Radiobase Carora; el día 08-12-2007 desde las 12:42 a.m. hasta las 12:44 a.m. está ubicado en la Radiobase Carora; a las 02:03 a.m. se encuentra en la Radiobase La Pastora; desde las 09:17 a.m. hasta las 09:46 a.m. se encuentra en la Radiobase Carora…”

    Se denota del análisis del contenido de la investigación parcialmente traída como elementos de convicción por el Ministerio Público al presente proceso, la existencia de fundados elementos de convicción para estimar que los ciudadanos C/2do. (G.N.) J.F.Y.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.196.475, C/2do. (G.N) Garrido S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº 13.922.617 y Dtgdo. (G.N) Montilla Barrios Ulises, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.710, adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro, del Comando Regional Nº 04 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, han presuntamente participado en la ejecución del hecho punible objeto de la presente.

    Finalmente, y en vista de que según lo señalado por la Representación Fiscal se hace necesaria la aprehensión de los ciudadanos C/2do. (G.N.) J.F.Y.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.196.475, C/2do. (G.N) Garrido S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº 13.922.617 y Dtgdo. (G.N) Montilla Barrios Ulises, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.710, adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro, del Comando Regional Nº 04 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, por ser un caso de extrema necesidad y urgencia en el que concurren los tres supuestos fácticos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, observa este Juzgador que le asiste la razón a la Vindicta Pública en atención a su solicitud ya que se evidencia la existencia de un hecho punible que merece pena privativa de libertad (superior a 10 años), como lo es el delito de Desaparición Forza.d.P., previsto y sancionado en el artículo 180-A del Código Penal, que contempla una pena que va de 15 a 25 años de presidio y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita. Así como, existen fundados elementos de convicción para estimar que los ciudadanos C/2do. (G.N.) J.F.Y.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.196.475, C/2do. (G.N) Garrido S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº 13.922.617 y Dtgdo. (G.N) Montilla Barrios Ulises, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.710, adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro, del Comando Regional Nº 04 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, son los presuntos autores o partícipes responsable de los hechos objeto de la presente causa. Tal como se pudo constatar del análisis de las declaraciones de los testigos presénciales y referenciales, de la diversidad actas de investigación, experticias técnicas y especiales, traídos como elementos de convicción por el Ministerio Público.

    Igualmente, ha considerado el Tribunal la existencia del peligro de fuga, estimada por la pena que podría llegarse a imponer en el caso que nos ocupa, teniendo en cuenta que la del delito va de 15 a 25 años de presidio. Lo que constituye la presunción de derecho del peligro de fuga, establecido en Parágrafo Primero del artículo 251 d la Ley Penal Adjetiva. En relación a la magnitud del daño causado, que decir, de un delito en el que no conocemos el paradero y el estado físico de la persona desaparecida. Con un cuadro de dolor y angustia de parte de la familia, amigos, seres queridos. De manera que puede hallarse comprometido el propio derecho a la vida. Y es tal la magnitud de ese daño que el propio legislador en el tercer aparte del artículo 180-A de la Ley Penal Sustantiva, lo refleja sabiamente cuando dispone expresamente que la acción penal derivada de ese delito y su pena serán imprescriptibles, es decir, son considerados por el legislador de tal gravedad que al igual que los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y violación grave de los derechos humanos, droga y contra el patrimonio publico, son imprescriptibles. Todo en sintonía con lo dispuesto en los artículos 29 y 271 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

    Del peligro de obstaculización nos encontramos, con el hecho de que los investigados son efectivos activos de la de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, que cumplen actualmente actividades oficiales investidos de autoridad, situación esta, que pudiera influir de modo alguno en la investigación haciendo que los testigos de los sucesos o expertos se comporten de manera reticente o desleal, principalmente por las manifestaciones recogidas de las personas que rindieron entrevista ante el organismo instructor, colocando en peligro la investigación y determinación de la verdad de los hechos a objeto de hacer imperar la justicia penal. Y máxime cuando aun se practican diligencias tendientes al total esclarecimiento de los hechos. Siendo en consecuencia procedente y ajustado a derecho decretar Orden Judicial de Aprehensión en contra de los mencionados ciudadanos, al estar plenamente satisfechos los extremos señalados en los artículos 250 numerales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2º y 3º; Parágrafo Primero y 252 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

    DISPOSITIVA

    En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Orden de Aprehensión contra de los ciudadanos C/2do. (G.N.) J.F.Y.A., titular de la cédula de identidad Nº 13.196.475, C/2do. (G.N) Garrido S.R.P., titular de la cédula de identidad Nº 13.922.617 y Dtgdo. (G.N) Montilla Barrios Ulises, titular de la cédula de identidad Nº 12.240.710, adscritos al Grupo Antiextorsion y Secuestro, del Comando Regional Nº 04 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, por encontrarse presuntamente incursos en la comisión del delito de Desaparición Forza.d.P., previsto y sancionado en el articulo 180-A del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano J.R.G.E., titular de la cedula de identidad Nº 5.935.227. Por encontrarse llenos los extremos de los artículos 250 numerales 1º, 2º y 3º; 251 numerales 2º y 3º; Parágrafo Primero y 252 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal.

    Por lo que se ordena la aprehensión de los referidos ciudadanos por las fuerzas de coerción del país, de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual una vez ejecutada la orden que este Juzgado emite, deberán participarlo y conducirlo al despacho de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines del cumplimiento del acto de imputacion Fiscal con todos los derechos y garantías establecidos en la Constitución y las leyes. Líbrese los correspondientes oficios. Notifíquese a las Fiscalías Sexagésima Segunda y Vigésima Primera del Ministerio Público con Competencia Plena Nacional y de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

    Así mismo, se ordena oficiar a la Coordinación de Defensoria Publica de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la designación de la Defensa Publica en el presente caso, y así garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso a los referidos ciudadanos.

    Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dado en Barquisimeto a los Quince días del mes de Julio del año Dos Mil Ocho. Siendo las 05:30 p.m. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

    EL JUEZ SÉPTIMO DE CONTROL,

    ABG. P.J.R.V..

    LA SECRETARIA,

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