Sentencia nº 841 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 19 de Septiembre de 2016
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto ordenando notificación |
Auto ordenando notificación
J.L.P.Á. y E.A., interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental S.B. (…) al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad S.B. y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo...", cuyo acto de votación se fijó para el día 19 de junio de 2014.
Vista la Sentencia Nº 111 dictada por la Sala Electoral en fecha 02-08-2016, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A. (parte recurrente), a la Comisión Electoral De La Universidad Nacional Experimental S.B. (parte recurrida), al Ministerio Público, al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria y Procuraduría General de la República. Se Libraron Oficios Nros. 16-639, 16-640, 16-637 y 16-638, respectivamente.
Juzgado de Sustanciación ----VLEX----
Caracas, 19 de septiembre de 2016
206º y 157º
Vista la Sentencia N° 111 dictada en fecha 02 de agosto de 2016 mediante la cual la Sala ordenó notificar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para que en un lapso de veinte (20) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, presente los argumentos que estime pertinentes respecto a la petición planteada. Vencido el término para la consignación de esa actuación, la Sala pasará a dictar sentencia. Asimismo, ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, se acuerda notificar a los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A. (parte recurrente), a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL S.B. (parte recurrida) y al Ministerio Público, anexándoles copia certificada del referido fallo. Líbrese Boleta y Oficios.
Asimismo, se acuerda notificar al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, de conformidad con el artículo 111 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con la advertencia que una vez que conste en autos la totalidad de las notificaciones ordenadas, comenzará a transcurrir el lapso de treinta (30) días continuos a los que hace referencia el artículo mencionado, para que se considere consumada la notificación de la Procuraduría General de la República, anexándoles copia certificada del escrito contentivo del recurso, del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y del referido fallo. Líbrese oficios.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA L.P.
Exp. Nº AA70-E-2014-000044
IMAI/ilp/dp/ds
B O L E T A
Caracas, 19 de septiembre de 2016
206º y 157º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A., titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 4.680.495 y V.-4.815.185, y/o a su apoderado judicial abogado P.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, que esta Sala Electoral en fecha 02 de agosto de 2016 dictó Sentencia N° 111 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por Ustedes, en su carácter de personal administrativo jubilado de la Universidad Nacional Experimental S.B. (USB), contra “…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental ‘S.B.’, al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad S.B. y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo, solo con derecho a voz pero sin voto (…) en las elecciones de los Representantes del personal administrativo ante el Cogobierno Universitario, acto de votación que se realizará el día jueves, 19 de junio de 2014...”. En dicho fallo esta Sala Electoral ordenó notificar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para que en un lapso de veinte (20) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, presente los argumentos que estime pertinentes respecto a la petición planteada. Vencido el término para la consignación de esa actuación, la Sala pasará a dictar sentencia. Asimismo, ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA L.P.
Firma:________________
Fecha:________________
Exp. N° AA70-E-2014-000044
IMAI/ilp/dp/ds
Caracas, 19 de septiembre de 2016
Oficio Nº 16.638
Ciudadano
R.E. MUÑOZ
PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Su Despacho
A los fines de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 111 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República cumplo con informarle que esta Sala Electoral en fecha 02 de agosto de 2016 dictó Sentencia N° 111 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A., titulares de la cédula de identidad N° 4.680.495 y 4.815.185, respectivamente, en su carácter de personal administrativo jubilado de la Universidad Nacional Experimental S.B. (USB), contra “…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental ‘S.B.’, al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad S.B. y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo, solo con derecho a voz pero sin voto (…) en las elecciones de los Representantes del personal administrativo ante el Cogobierno Universitario, acto de votación que se realizará el día jueves, 19 de junio de 2014...”. En dicho fallo esta Sala Electoral ordenó notificar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria para que en un lapso de veinte (20) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, presente los argumentos que estime pertinentes respecto a la petición planteada. Vencido el término para la consignación de esa actuación, la Sala pasará a dictar sentencia. Asimismo, ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República. Se remite copia certificada del escrito contentivo del recurso, del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y del referido fallo.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado.
Exp. AA70-E-2014-000044
IMAI/ilp/dp/ds
Caracas, 19 de septiembre de 2016
Oficio Nº 16.637
Ciudadano
J.A.A.M.
MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted, a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 02 de agosto de 2016 dictó Sentencia N° 111 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A., titulares de la cédula de identidad N° 4.680.495 y 4.815.185, respectivamente, en su carácter de personal administrativo jubilado de la Universidad Nacional Experimental S.B. (USB), contra “…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental ‘S.B.’, al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad S.B. y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo, solo con derecho a voz pero sin voto (…) en las elecciones de los Representantes del personal administrativo ante el Cogobierno Universitario, acto de votación que se realizará el día jueves, 19 de junio de 2014...”. En dicho fallo esta Sala Electoral ordenó notificar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para que en un lapso de veinte (20) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, presente los argumentos que estime pertinentes respecto a la petición planteada. Vencido el término para la consignación de esa actuación, la Sala pasará a dictar sentencia. Asimismo, ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República. Se remite copia certificada del escrito contentivo del recurso, del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y del referido fallo.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado.
Exp. AA70-E-2014-000044
IMAI/ilp/dp/ds
Caracas, 19 de septiembre de 2016
Oficio Nº 16.639
Ciudadano (s)
M.M., C.M., C.A. y RICARDO ESTÉVEZ
Presidente y Demás Integrantes de la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental S.B.
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 02 de agosto de 2016 dictó Sentencia N° 111 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A., titulares de la cédula de identidad N° 4.680.495 y 4.815.185, respectivamente, en su carácter de personal administrativo jubilado de la Universidad Nacional Experimental S.B. (USB), contra “…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental ‘S.B.’, al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad S.B. y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo, solo con derecho a voz pero sin voto (…) en las elecciones de los Representantes del personal administrativo ante el Cogobierno Universitario, acto de votación que se realizará el día jueves, 19 de junio de 2014...”. En dicho fallo esta Sala Electoral ordenó notificar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para que en un lapso de veinte (20) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, presente los argumentos que estime pertinentes respecto a la petición planteada. Vencido el término para la consignación de esa actuación, la Sala pasará a dictar sentencia. Asimismo, ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado.
Exp. AA70-E-2014-000044
IMAI/ilp/dp/ds
Caracas, 19 de septiembre de 2016.
Oficio Nº 16.640
Ciudadana
L.O. DÍAZ
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted, a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 02 de agosto de 2016 dictó Sentencia N° 111 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.L.P.Á. y E.A., titulares de la cédula de identidad N° 4.680.495 y 4.815.185, respectivamente, en su carácter de personal administrativo jubilado de la Universidad Nacional Experimental S.B. (USB), contra “…la decisión adoptada por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental ‘S.B.’, al convocar a elegir al invitado permanente del personal administrativo y técnico de la USB, ante los Consejos Directivos de la Universidad S.B. y de la sede del Litoral y hacer el llamado a elegir un número menor de representantes del personal administrativo, solo con derecho a voz pero sin voto (…) en las elecciones de los Representantes del personal administrativo ante el Cogobierno Universitario, acto de votación que se realizará el día jueves, 19 de junio de 2014...”. En dicho fallo esta Sala Electoral ordenó notificar al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología para que en un lapso de veinte (20) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, presente los argumentos que estime pertinentes respecto a la petición planteada. Vencido el término para la consignación de esa actuación, la Sala pasará a dictar sentencia. Asimismo, ordenó la notificación de la Procuraduría General de la República. Se remite copia certificada del referido fallo.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado.
Exp. AA70-E-2014-000044
IMAI/ilp/dp/ds