El Juez Constitucional vs. La Alternabilidad Republicana (La reelección continua e indefinida)

AutorAllan R. Brewercarías
Páginas205-211
EL JUEZ CONSTITUCIONAL vs.
LA ALTERNABILIDAD REPUBLICANA
(LA REELECCIÓN CONTINUA E INDEFINIDA)
Allan R. Brewer-Carías
Profesor de la Universidad Central de Venezuela
Resumen: La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,
mediante sentencia nº 53 de 3 de febrero de 2009, declaró constitucional
el proceso de “Enmienda Constitucional” de 2008-2009 que culminó
con el referendo de 15 de febrero de 2009, mediante el cual se eliminó el
principio constitucional “pétreo”de que el gobierno además de de-
mocrático y electivo debe ser siempre “alternativo”, confundiendo el
principio de la “alternabilidad” con el principio “electivo”, estable-
ciendo la posibilidad de la reelección continua e indefinida de cargos
electivos, lo que incluso había sido rechazado expresamente por el pue-
blo en el referendo de diciembre de 2007 sobre la “Reforma constitucio-
nal” de 2007.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en decisión Nº 53 de 3 de fe-
brero de 2009,1 decidió allanar el camino constitucional para la realización del referendo
aprobatorio que se realizó el 15 de febrero de 2009, en le cual se aprobó el proyecto de En-
mienda Constitucional relativa a los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución,
que estableció en Venezuela el principio de la reelección continua de cargos electivos, con-
trariando el principio constitucional de la alternabilidad republicana (art. 6), y violando la
prohibición constitucional de realizar una consulta popular sobre modificaciones a la Consti-
tución ya rechazadas por el pueblo en un mismo período constitucional (art. 345).
Dos temas se sometieron a la interpretación de la Sala Constitucional en un recurso de
interpretación que se había introducido el 11 de diciembre de 2008:
Primero, determinar si la prohibición constitucional establecida para someter a consulta
popular una modificación constitucional ya rechazada popularmente en un mismo período
constitucional también se aplica, cuando se somete la misma modificación a referendo por
vía de Enmienda Constitucional, en el mismo período constitucional.
Segundo, determinar si la Enmienda de 2008-2009 que buscó establecer el principio de
la reelección indefinida para cargos electivos, alteraba el principio de la “alternabilidad” del
gobierno que el artículo 6 de la Constitución establece como un principio fundamental, que
1 Véase la sentencia nº 53, de la Sala Constitucional de 2 de febrero de 2009 (Caso: Interpretación
de los artículos 340,6 y 345 de la Constitución), en http:/www.tsj.gov.ve/decisions/scon/Febrero/
53-3209-2009-08-1610.html

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