Jurgen Habermas: entre la ética del discurso y la ética de la especie.

AutorMoreno Lax, Alejandro

Resumen

La filosofía moral de Habermas tiene dos hitos importantes, la ética del discurso y la ética de la especie. Recurriendo al argumento de la falacia naturalista de Hume, implícitamente aceptado en la primera y rechazado en la segunda, vamos a demostrar la evolución habermasiana desde una ética formal hacia una ética material.

Palabras clave: ética, moral, materia, forma, discurso, especie y falacia naturalista.

JÜRGEN HABERMAS: BETWEEN THE ETHICS OF DISCOURSE AND THE ETHICS OF THE SPECIES

Abstract

Habermas's moral philosophy has has two important hits, the ethics of the speech and the ethics of the species. Resorting to the argument of the Hume's naturalistic fallacy, implicitly accepted in the first one and rejected in the second one, we will show the evolution from a formal ethics towards a material ethics.

Key words: ethics, morality, matter, form, speech, species and naturalistic fallacy.

  1. Introducción

    La evolución de la filosofía moral de Jürgen Habermas a lo largo de toda su obra demuestra una refutación interna de sus bases iniciales. Desde sus primeros escritos, bien representados por su ensayo ¿Qué es pragmática universal? hasta su más reciente El futuro de la naturaleza humana. ¿Hacia una eugenesia liberal?, podemos identificar un tránsito radical y diferenciado. La tesis que vamos a sostener está en la distinción de dos éticas bien diferenciadas en la obra de Habermas, la primera denominada ética del discurso y la segunda denominada ética de la especie. En adelante vamos a demostrar que entre ambas se produce una evolución desde unos fundamentos formales basados en la acción comunicativa hacia unos fundamentos materiales basados en la eugenesia preventiva. De este modo, veremos que toda la obra que Habermas dedica a la construcción de una teoría de la acción comunicativa queda invalidada desde la propia evolución de su pensamiento. Para ello, vamos a recurrir al argumento de la falacia naturalista de Hume, implícitamente aceptado en la ética del discurso e implícitamente negado en la ética de la especie.

  2. La falacia naturalista de Hume

    Antes de penetrar de lleno en nuestro problema, tenemos que recordar el argumento de la falacia naturalista que Hume propone en el Tratado de la naturaleza humana. Allí nos dice el filósofo escocés que es imposible derivar juicios normativos a partir de juicios descriptivos, o lo que es lo mismo, concluir una serie de deberes a partir de unos juicios de existencia. La importancia de esta controversia está en la indagación de los fundamentos de la moral, planteando la cuestión de si éstos son un resultado de las impresiones sensibles o una deducción de la razón; más aún, si la aceptación de sentimientos morales conduce a la exigencia de mandatos racionales.

    Este es el problema clásico de las relaciones morales entre el ser y el deberser. Nosotros aceptaremos la interpretación más corriente de este problema (sin ser la única), aquella que establece la imposibilidad de inducir normas imperativas a partir de sentimientos morales de la experiencia inmediata. En el Tratado de la naturaleza humana encontramos ciertos pasajes que invitan a esta interpretación:

    > (1).

    La aceptación generalizada de esta interpretación puede entenderse si remitimos el problema de la falacia naturalista a la teoría del conocimiento del filósofo escocés expuesta en su Investigación sobre el conocimiento humano, donde viene a defender un empirismo radical de difícil conciliación con la facultad del intelecto. Esta dificultad radica en que, siguiendo a Hume, todas nuestras percepciones tienen su origen en algún tipo de impresión sensible. De este modo, si bien las ideas constituyen el otro tipo originario de percepción humana, éstas se distinguen fundamentalmente por remitir siempre a algún tipo de impresión; a lo sumo, se remiten a otras ideas que, a su vez, remiten en última instancia a algún tipo de experiencia sensible. Este razonamiento conduce a la tesis general de que todo conocimiento tiene un origen empírico, sensible.

    No es éste el lugar de profundizar en la tesis de Hume, pero basta con reflejar su desconfianza respecto de buena parte de nuestras ideas, pues éstas suelen resultar de asociaciones de tipo causal que solemos hacer inducidos por el fenómeno de la costumbre, el hábito y nuestras expectativas puestas en el futuro. Lo cierto es que de su teoría del conocimiento se confirma esta radical distinción entre hechos e ideas y, con ello, entre observaciones empíricas y prescripciones morales. Este argumento nos servirá en adelante para distinguir en su raíz las dos éticas que plantea Habermas a lo largo de su obra.

  3. Ética del discurso

    La filosofía moral que desarrolla Habermas a lo largo de los años 80, conocida como ética del discurso, es el resultado de los presupuestos teóricos organizados en la monumental Teoría de la acción comunicativa, publicada en 1981. Frente al denominado paradigma de la conciencia, representado por toda la filosofía moderna y contemporánea desde Descartes, en esta obra defiende el filósofo alemán lo que denomina paradigma del lenguaje. Así, mientras que el primer paradigma defiende una teoría del conocimiento basado en la representación de un objeto por parte de un sujeto, el segundo paradigma consiste en la construcción pragmática del conocimiento por medio del lenguaje. Mientras que el primer paradigma considera el conocimiento como un hallazgo definitivo que resulta de una relación individual y monológica de un sujeto con el objeto de investigación, el segundo paradigma defiende un modelo de conocimiento falible, y por tanto, criticable y revisable, construido dialógicamente por un grupo a través de la intersubjetividad del lenguaje. El giro pragmático de la filosofía del lenguaje de Austin y Searle, así como el a priori de la comunidad ideal de habla de Apel están en la base de los presupuestos de Habermas.

    Es a partir del análisis de este segundo paradigma como Habermas va a obtener lo que denominará ética del discurso. Se trata de un procedimiento formal de construcción de normas independiente de todo presupuesto de contenido, y que resulta del modelo comunicativo del paradigma del lenguaje. El objetivo de este procedimiento está en la obtención de un argumento capaz de contemplar los intereses de todos los afectados y partícipes del procedimiento discursivo, y por tanto, su aprobación, por el hecho de representar el mejor argumento. En síntesis, estas reglas se pueden resumir en tres:

  4. Autonomía de cada uno de los participantes para expresar libremente aquellos argumentos que representan sus intereses, teniendo como horizonte último la representación simultánea de los intereses potenciales del resto de sujetos afectados.

  5. Simetría de los participantes en cuanto al valor de sus argumentaciones, donde sólo la coacción no violenta del mejor argumento se impondrá definitivamente. Se trata del argumento que mejor representa los intereses de todo el colectivo.

  6. Falibilidad del consenso adquirido, en la medida en que nuevas y futuras argumentaciones pueden criticar y mejorar el argumento considerado como el más válido de todos.

    Como se puede comprobar, la ética del discurso se limita a una serie de reglas formales de orientación pragmática que recurren al instrumento del lenguaje para la obtención de consensos válidos. En este sentido, la validez consiste en la aceptación intersubjetiva de un argumento que observa la universalidad de un interés común. Por tanto, cabe decir que la validez está dirigida a la producción de consensos, esto es, normas válidas construidas por un grupo de individuos que pretende regular un problema que afecta a todos ellos.

    Estos fundamentos quedan bien explícitos en la obra de 1983 Conciencia moral y acción comunicativa, donde Habermas trata de resumirlos recurriendo a dos principios fundamentales. En primer lugar, menciona el principio de universalidad (U), de clara estirpe kantiana, que establece la exigencia de argumentar de tal manera que nuestras demandas incluyan las exigencias del resto de participantes, solicitando su libre adhesión racionalmente motivada. Lo fundamental aquí está en que esa universalidad proceda de la validación universal de todos los afectados por el mandato, condición que garantiza la imparcialidad del juicio moral. Las normas no sólo deben de condicionar a todos, sino que también requiere el reconocimiento común de su validez, sólo así podremos obtener juicios morales imparciales:

    (2).

    Nos dice Habermas que este principio (U) puede incluirse dentro de uno más general que denomina postulado ético discursivo (D)...

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