Decisión de Juzgado Superior Laboral de Yaracuy, de 3 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2006
EmisorJuzgado Superior Laboral
PonenteAlicia Figueroa
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJ O DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA

RECURSO DE APELACIÓN

ASUNTO: UP11-R-2006-000026

En el día de hoy, Miércoles Tres (03) de mayo del año dos mil seis (2006), siendo las diez de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado L.E. en su carácter de apoderado judicial de la actora contra la sentencia dictada en fecha 29 de marzo de 2006 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ante el A-quo la ciudadana LAIDEN M.P. contra el INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD). Anunciado como fuera el acto, se hace constar la INCOMPARECENCIA de la parte demandante-recurrente. Se encuentra presente en su condición de apoderados judiciales del demandado Abogados: IBELICE MOENS y E.T., inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros 107.792 y 23. 670 respectivamente. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado A.F.R., la secretaria temporal Abogado ZORAN G.D. y el Alguacil N.A., por lo que se da inicio a la presente audiencia.-----------------------

Seguidamente la ciudadana Juez en vista la incomparecencia de la parte demandante-recurrente de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, ordenándose la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen.-

DECISION

Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO

DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado L.E. en su carácter de apoderado judicial de la actora contra la sentencia dictada en fecha 29 de marzo de 2006 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

SEGUNDO

SE CONFIRMA la sentencia apelada.

TERCERO

NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS DEL RECURSO a la parte demandante en virtud de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Tres (03) de mayo de 2006. Años: 196º y 147º.-

La Juez Superior

Abg. A.F.R.

La Secretaria Temporal

Abg. ZORAN G.D.

En la misma fecha, siendo las 10:20 a.m., se dictó, publicó y registró la anterior Decisión.-

La Secretaria Temporal

Abg. ZORAN G.D.

Por la parte demandada

Abg. IBELICE MOENS Abg. E.T.

El Alguacil;

N.A.

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