Ley Penal del Ambiente responsabiliza a los funcionarios

La instalación del transvase entre el lago de Valencia y el embalse Pao-Cachinche empeoró el problema ambiental del lago, al que van a parar las aguas residuales, sin previo tratamiento, generadas por la actividad industrial. Plantas de concreto localizadas en diversas zonas de Caracas, como La Carlota, La Yaguara, Santa Eduvigis y La Rinconada para construcciones de la Misión Vivienda han causado daños de salud que son difíciles de contabilizar. Hasta el 17 de mayo de 2012 se contabilizaron por lo menos siete derrames petroleros en el país. El más grave, originado por la fractura del oleoducto de la planta de extracción de Pdvsa en Jusepín, contaminó el río Guarapiche en Monagas. El daño fue clasificado como desastre ambiental. En todas esas situaciones de amenaza ambiental ha estado involucrado el Estado. Aquellas que implican extracción de materias primas y procesamientos industriales son causales de daños más severos e irreparables. En manos públicas está la mayor parte de las actividades extractivas con fuerte impacto ambiental, como la que se deriva de la explotación petrolera. Con la promulgación el 2 de mayo en Gaceta Oficial número 39913 de la Ley Penal del Ambiente, sobre los empleados públicos recae mayor posibilidad de ser responsabilizados como agentes causales de daño ambiental, sobre todo por su papel en el otorgamiento de permisos para prácticas que deterioren la naturaleza. El nuevo instrumento legal, que deja sin efecto la ley de 1992, tiene un apartado exclusivo dedicado a la responsabilidad de los funcionarios. Allí se detallan dos acciones: autorización de actividades tipificadas como delitos ambientales y obstrucción de la justicia al suministrar información falsa, omitir o adulterar datos, obstaculizar la labor del Ministerio Público o de órganos de investigación y permitir el incumplimiento de obligaciones ambientales en los proce dimientos encomendados. La ley establece responsa bilidades, culpabilidad y sanciones a los funcionarios que no hagan el manejo adecuado de los permisos, supervisiones y operaciones en su ejercicio, aseguró Hiram Gaviria, presidente de la Comisión Permanente de Ambiente de la Asamblea Nacional. La antigua ley, en el artículo 34, mencionaba la responsabilidad del funcionario en cuanto al otorgamiento de autorizaciones para la construcción de obras y desarrollo de actividades no permitidas que afectaran la ordenación de territorio, los lechos, vegas y planicies inundables de los ríos o...

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