Decisión de Tribunal Quinto de Control de Monagas, de 5 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2013
EmisorTribunal Quinto de Control
PonenteLisett Prada Guerrero
ProcedimientoAcumulacion De Causas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas

Maturín, 5 de Junio de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2013-004655

ASUNTO : NP01-P-2013-004655

Corresponde a este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, recibidas las actuaciones provenientes del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 03 de junio de 2013, y como quiera que debe darse acceso a la justicia, este órgano jurisdiccional observa, que el asunto penal NP01-P-2006-003331, y el asunto penal recibido en la fecha antes indicada, seguida contra el imputado J.G.L., a quien el Tribunal Sexto de Control, en fecha 16 de Mayo del 2013, se difirió la audiencia preliminar, por el delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, y que el imputado antes mencionado, tiene dos asuntos penales, NP01-P-2006-003331 y NP01-2013-4655, los cuales se encuentran en la misma fase intermedia, donde la fiscalia quinta y Tercera ya presentaron las respectivas acusaciones por el delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal y TENTATIVA DE HURTO CALIFICADO Y FALSA ATESTACION, previstos en los artículos 453 ordinales 3° y en relación con el 80 y 320 todos del Código Penal, en el asunto mas antiguo llevado por Tribunal Sexto de Control, y los asuntos penales llevados por este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas la fiscalía Tercera del ministerio Público presentó acusaciones por el delito mas grave; Así como se evidencia que por ante este Tribunal Quinto en Funciones de Control, recibió asunto penal proveniente del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control en materia Penal del estado Monagas, y dichos asuntos se encuentran en la misma etapa procesal, a los fines de celebrar la audiencia preliminar, de conformidad a lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal establece en su articulado lo siguiente:

QUINTO

y como lo señala el Artículo 73 en su numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal:

DELITOS CONEXOS: Son delitos conexos:….4 Los diversos delitos imputados a una misma persona…

Artículo 74 ejusdem:

Competencia: El conocimiento de los delitos conexos corresponde a uno solo de los tribunales competentes:…2. El que debe intervenir para juzgar el que se cometió primero, en el caso de los delitos que tengan señalada igual pena.

Artículo 76, primer aparte Ibidem:

Unidad del proceso: …si se imputan varios delitos, será competentes el Tribunal con competencia para juzgar el delito mas grave.

Revisadas las causas, la cual se encuentra en la misma fase, ya que se encuentra en la fase de celebración de Audiencia Preliminar, lo cual podría causar un gravamen irreparable al imputado J.G.L., ya que se encuentran en la misma fase, y con Medida Judicial Privativa de Libertad, por tener varios procesos pendientes, se realizan las siguientes consideraciones:

El artículo 73 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, establece “…los diversos delitos imputados a una misma persona,..”, igualmente lo estipula el artículo 74 ejusdem en relación a la competencia, en el cual a juicio de ésta juzgadora en su ordinal 2°, …” El que debe intervenir para Juzgar el que se cometió primero, en el caso de que tengan igual pena..”,y como fin lo esta la Unidad del proceso, tal cómo lo prevé el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad a una Tutela Jurídica Efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna y 49 ejusdem. Todo en aras de no vulnerar los derechos y garantías que le asisten al imputado J.G.L., de conformidad a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo preceptuado en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, ACUMULA LOS ASUNTOS PENALES, NPO1-P-2006-003331 , NP01-P-2013-004655, antes indicados, por encontrarse en la misma fase procesal, es decir, en espera de la celebración de la Audiencia Preliminar , de conformidad a lo previsto en los artículos 70, 73, 74, 76, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo ya este Tribunal fijo la celebración de la audiencia preliminar para el lunes 17 de junio de 2013, a las dos horas de la tarde. El Tribunal impondrá al imputado antes de la celebración de la audiencia preliminar.

Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes fiscalia Quinta y tercera del Ministerio Público a la defensa técnica, de la presente decisión.

JUEZA QUINTA DE CONTROL

ABG. L.P.G.

LA SECRETARIA

ABG. MIRLANDIS FRANCO

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