Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Los Teques de Miranda, de 17 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente Los Teques
PonenteZulay Chaparro
ProcedimientoCuratela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nro. 01.

Los Teques, 17 de mayo de 2007

197º y 148º

Vistas las anteriores actuaciones, y la solicitud de CURADOR AD-HOC, interpuesta por distribución el día 09-05-2007, así como la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, de los niños (Identidad Omitida), siendo sus progenitores los ciudadanos MALYORI CROMOTO A.G. y J.A.P.M., titulares de las cédulas de identidad N° V-12.159.791 y V-14.215.687, respectivamente, hecha por la ciudadana M.M.A.G., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.416.138, quien aceptó dicho cargo en fecha 17 de mayo de 2007, considerando que los mencionados niños, no poseen bienes inmuebles, ni mayores bienes muebles, es por lo que no hay inventario solemne que levantar, SE DISCIERNE el cargo de CURADOR AD-HOC de los niños (Identidad Omitida), en la ciudadana M.M.A.G., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.416.138. Devuélvanse las resultas en originales, dejándose expresa constancia en el libro diario llevado por esta Sala de Juicio, y copia certificada de las actuaciones. Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZ TITULAR,

DRA. Z.C..

EL SECRETARIO,

ABG. N.M..

Motivo: Curador AD-HOC.

Expediente Nro. S-7655.

ZCH/NM/L.C.D.L.

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