Decisión nº PJ0062008000216 de Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Puerto Cabello), de 21 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteEustoquio José Yépez García
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO SEDE PUERTO CABELLO

PUERTO CABELLO, 21 DE NOVIEMBRE DE 2008

198º Y 149º

N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2008-000328

PARTE ACTORA: M.S.O.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: F.C.

PARTE DEMANDADA: M.G.D.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:, M.G.D. MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 21de Noviembre de 2008 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la parte demandada ciudadano M.G.D., titular de la cedula de identidad n° 16.184.331, asistido por las abogados Z.S.S. Y M.G., inscritas en el inpreabogados n° 21.055 y 47.651; respectivamente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.

EL JUEZ

ABG. EUSTOQUIO JOSE YÉPEZ GARCIA

LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG: NEDA ISANGEL PEÑA RIVAS

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