Sentencia nº 2 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 7 de Enero de 2013

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2013
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto de designación de ponente

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 07 de enero de 2013

202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 20 de diciembre de 2012 por los abogados ANDRÉS MAROTI y L.H.F., el primero titular de la cédula de identidad N° 3.158.912, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando en nombre propio, y el segundo inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano L.M.H., titular de la cédula de identidad N° 2.532.379, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra “los actos (…) identificados como ACTA NÚMERO 30 del 8 de diciembre de 2012, ACTA NÚMERO 32 fechada 14 de diciembre de 2012 y ACTA DE PROCLAMACIÓN de fecha 14 de Diciembre de 2012, emanados de la JUNTA ELECTORAL DEL CLUB CAMPESTRE LOS CORTIJOS, ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO”, respecto al proceso electoral para escoger a los integrantes de la Junta Directiva de la mencionada Asociación; en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. R. copia certificada del escrito libelar y del presente auto. L.O..

Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: Magistrado (a) O.J.L.U., a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

La Presidenta,

J.M.M.S.

La Secretaria,

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. AA70-E-2012-000117

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 07 de enero de 2013

Oficio Nº 13-001

Ciudadano (s)

Presidente y Demás Miembros de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, Asociación Civil

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 20 de diciembre de 2012, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por los abogados ANDRÉS MAROTI y L.H.F., el primero titular de la cédula de identidad N° 3.158.912 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7822, actuando en nombre propio, y el segundo inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.412, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano L.M.H., titular de la cédula de identidad N° 2.532.379, contra “los actos (…) identificados como ACTA NÚMERO 30 del 8 de diciembre de 2012, ACTA NÚMERO 32 fechada 14 de diciembre de 2012 y ACTA DE PROCLAMACIÓN de fecha 14 de Diciembre de 2012, emanados de la JUNTA ELECTORAL DEL CLUB CAMPESTRE LOS CORTIJOS, ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO”, respecto al proceso electoral para escoger a los integrantes de la Junta Directiva de la mencionada Asociación. Asimismo, se les informa que esta Sala Electoral en fecha 07 de enero de 2013 dictó auto en el cual acordó solicitar a ustedes los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta S. en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000117

ANEXO: LO INDICADO

JMMS

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