Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión Mérida), de 15 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2004
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteRaúl Eduardo Useche Pernia
ProcedimientoMandato De Conduccion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 15 de Noviembre de 2004

194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-S-2004-004829

ASUNTO : LP01-S-2004-004829

Visto el escrito presentado por la abogada M.C.C.S., en representación de la Fiscalía Décima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en virtud del cual solicita que se le acuerde MANDATO DE CONDUCCIÓN CON FUNDAMENTO AL ARTÍCULO 310, ADJETIVO de la adolescente C.V. MOLINA MARTINEZ, de 14 años de edad, nacida el 15 de Diciembre de 1987, portadora de la cédula de identidad número 18.578.513, domiciliada en la calle Táchira, número 5-52, de la población de T. delE.M., y de la representante legal de esta por ser su Madre, M.M.M., venezolana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad número 10.905.566, del mismo domicilio, para que comparezca por ante ese despacho fiscal, por averiguación que se lleva de número 14 F10-008-2002, “T”, nomenclatura interna F-922.218, y vista que la solicitud reune todos los requisitos exigidos por esa norma, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Con lugar la solicitud de MANDATO DE CONDUCCIÓN CON FUNDAMENTO AL ARTÍCULO 310, ADJETIVO de la adolescente C.V. MOLINA MARTINEZ, de 14 años de edad, nacida el 15 de Diciembre de 1987, portadora de la cédula de identidad número 18.578.513, domiciliada en la calle Táchira, número 5-52, de la población de T. delE.M., y de la representante legal de esta por ser su Madre, M.M.M., venezolana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad número 10.905.566, del mismo domicilio, para que comparezca por ante ese despacho fiscal, por averiguación que se lleva de número 14 F10-008-2002, “T”, nomenclatura interna F-922.218, para que sean trasladadas a sede donde funciona la Fiscalía Décima del Ministerio Público de La Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la avenida cuatro Bolívar, frente a la Biblioteca Bolivariana de esta ciudad de Mérida, con la ayuda de la fuerza pública que se comisione para ello, con el RESPETO DE TODOS LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES DE AMBAS, en un plazo que no podrá exceder bajo ningún pretexto de OCHO HORAS (8 HORAS), contadas a partir de la conducción por la fuerza pública. Y ASI SE DECIDE, CÚMPLASE.

EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO.

ABOGADO R.E. USECHE PERNÍA.

LA SECRETARIA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO.

ABOGADA S.D.C. MEJIAS CONTRERAS.

EN FECHA DE NOVIEMBRE DE 2004 SE LIBRO BOLETAS Y OFICIOS DE NÚMEROS , , , ,

LA SIRIA.

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