Sentencia nº 630 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 21 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2011
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de septiembre de 2011

201º y 152º

Vista la Sentencia N° 93 dictada por la Sala Electoral en fecha 10 de agosto de 2011 mediante la cual ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada; este Juzgado de Sustanciación acuerda notificar el referido fallo a la parte recurrente y al C.N.E.. Remítase copia certificada del referido fallo y del presente auto. Igualmente, notifíquese a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD), así como a los ciudadanos M.T., V.A., L.M., J.G., D.G., M.C., A.C., N.M., L.Q., J.S., J.T., Scheyla Bracho, Wiliana Dirinot, L.S., A.D., M.R., F.P., J.S., L.A., M.G., M.T., A.S.N.R., L.R. y E.R. (Miembros de la Plancha 13). Remítase copia certificada del escrito libelar, de la aludida decisión y del presente auto. Líbrense Boletas y Oficios.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ordena notificar al Ministerio Público. Remítase copia certificada del escrito recursivo, de la decisión de fecha 10 de agosto de 2011 y del presente auto. Líbrese Oficio.

Finalmente, este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, el Juzgado de Sustanciación declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de septiembre de 2011

Oficio Nº 11-310

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el ciudadano A.H., titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado J.C.N.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.592, contra “… la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…”., en la cual el C.N.E. declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD). Asimismo, se le informa que en fecha 10 de agosto de 2011 la Sala Electoral dictó sentencia en la cual ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Se remite copia certificada del referido fallo. Además cumplo con informarle que este Juzgado de Sustanciación por auto del 21 de septiembre de 2011 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Anexo: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de septiembre de 2011

Oficio Nº 11-308

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD)

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 10 de agosto de 2011 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 93 en el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el ciudadano A.H., titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado J.C.N.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.592, contra “… la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…”., en la cual el C.N.E. declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD). En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Además cumplo con informarles que este Juzgado de Sustanciación por auto del 21 de septiembre de 2011 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito recursivo, del fallo dictado en fecha 10 de agosto de 2011 y del auto de fecha 21 de septiembre de 2011.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Anexo: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de septiembre de 2011

Oficio Nº 11-309

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD)

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 10 de agosto de 2011 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 93 en el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el ciudadano A.H., titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado J.C.N.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.592, contra “… la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…”., en la cual el C.N.E. declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD). En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Además cumplo con informarles que este Juzgado de Sustanciación por auto del 21 de septiembre de 2011 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito recursivo, del fallo dictado en fecha 10 de agosto de 2011 y del auto de fecha 21 de septiembre de 2011.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Anexo: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 21 de septiembre de 2011

201º y 152º

SE HACE SABER:

Al ciudadano A.H., titular de la cédula de identidad número 5.484.943, que en fecha 10 de agosto de 2011 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 93 en el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por usted, asistido por el abogado J.C.N.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.592, contra “… la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…”., en la cual el C.N.E. declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD). En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Además cumplo con informarle que este Juzgado de Sustanciación por auto del 21 de septiembre de 2011 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga, el Juzgado de Sustanciación declarará la perención de la instancia y ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada del fallo dictado en fecha 10 de agosto de 2011 y del auto de fecha 21 de septiembre de 2011.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 21 de septiembre de 2011

201º y 152º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos M.T., V.A., L.M., J.G., D.G., M.C., A.C., N.M., L.Q., J.S., J.T., SCHEYLA BRACHO, WILIA.D., L.S., A.D., M.R., F.P., J.S., L.A., M.G., M.T., A.S., N.R., L.R. Y E.R., miembros de la Plancha 13, titulares de la cédula de identidad N° 4.577.091, 4.845.487, 9.430.976, 3.813.451, 13.770543, 4.845.684, 10.897.285, 9.568.788, 13.600.805, 7.226.217, 15.718381, 9.679.928, 16.943.844, 9.692.126, 13.028.709, 5.925.054, 12.310.321, 14.795.396 16.370.814, 12.903.850, 7.475.373, 11.642.636, 7.248.977, 9.529.283 y 15.913.220, respectivamente, que en fecha 10 de agosto de 2011 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 93 en el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano A.H., titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado J.C.N.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.592, contra “… la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…”., en la cual el C.N.E. declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD). En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Además cumplo con informarles que este Juzgado de Sustanciación por auto del 21 de septiembre de 2011 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, se procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito recursivo, del fallo dictado en fecha 10 de agosto de 2011 y del auto de fecha 21 de septiembre de 2011.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de septiembre de 2011

Oficio Nº 11-311

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 10 de agosto de 2011 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 93 en el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el ciudadano A.H., titular de la cédula de identidad número 5.484.943, asistido por el abogado J.C.N.S., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.592, contra “… la Resolución N° 110512-0074, de fecha 12 de mayo de 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…”., en la cual el C.N.E. declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (SINAEPMECD). En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada. Además cumplo con informarle que este Juzgado de Sustanciación por auto del 21 de septiembre de 2011 indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del fallo dictado en fecha 10 de agosto de 2011 y del auto de fecha 21 de septiembre de 2011.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Anexo: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2011-000056

JMMS

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