Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 11 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoParticion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL

TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de octubre del 2007.-

197º y 148º

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano G.M., abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 97.245, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana Mercedes D´Imperio Terán, mediante la cual solicita sea librado cartel de citación a la parte demandada, ciudadano Luís Antonio D´Imperio Terán, el Tribunal por cuanto observa que ha sido imposible lograr la citación personal de la parte demandada antes mencionada, acuerda la misma mediante cartel, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese el respectivo cartel de citación, el cual deberá ser publicado en los Diarios “EL NACIONAL Y EL UNIVERSAL”, con intervalo de tres días entre uno y otro. Igualmente fíjese en la morada, oficina o negocio de la parte demandada, un ejemplar del cartel de citación ordenado.

Conforme a lo dispuesto en la sentencia de fecha 6-3-2001 de la Sala Constitucional con ponencia del Magistrado Iván Rincón Urdaneta, la cual modifica el artículo 197 del Código de Procedimiento Civil, donde se estableció que: “ …Los lapsos para los actos conciliatorios consagrados en los artículos 756 y 757 eiusdem, así como el lapso para la comparecencia a través de edictos previsto en el artículo 231 de dicho texto legal, y los lapsos de carteles, tales como, los previstos en los artículos 223, 550 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, serán computados por días calendarios consecutivos, sin atender a las excepciones establecidas en el artículo 197 eiusdem…”, la demandada deberá comparecer dentro de los quince días calendarios consecutivos siguientes a que conste en autos la publicación, consignación y fijación del cartel de citación ordenado, a darse por citada.

Asimismo, se le hace saber a la parte actora que “…la publicación debe hacerse en letras cuya dimensión permita su fácil lectura, sin ninguna dificultad…. caso contrario, no se aceptará su incorporación al expediente y será necesario librar a petición de parte interesada, un nuevo cartel…”, se informa a las partes que el cartel ordenado librar en este procedimiento deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete (7) puntos y en tipo de letra helvético y bajo apercibimiento de que si no lo fuere, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Líbrese Cartel.-

La Juez

María Rosa Martínez

La Secretaria

Norka Cobis Ramírez

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior.

La Secretaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de octubre del 2007.-

197º y 148º

CARTEL DE CITACION

SE HACE SABER:

Al ciudadano Luis Antonio D´Imperio Terán, titular de la cédula de identidad Nº 3.811.945, que deberá comparecer por ante este Tribunal ubicado en el piso 19, Edificio J.M.V., Esquina de Pajaritos, Caracas, dentro de los quince (15) días calendarios consecutivos siguientes a la constancia en autos de la última fijación, publicación y consignación en el expediente que del presente cartel se haga, a darse por citado con motivo del juicio por Partición sigue en su contra la ciudadana Mercedes D´Imperio Terán, según expediente signado bajo el No. 43696, de la nomenclatura interna de este Juzgado.

Se le advierte que si no compareciere dentro del término señalado, se le designara Defensor Ad-litem, con quien se entenderá la citación y demás diligencias del proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.-

El presente Cartel deberá ser publicado en los Diarios El Nacional y El Universal, con intervalo de tres días entre uno y otro.

LA JUEZ

MARÍA ROSA MARTÍNEZ

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