Decisión de Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Miranda, de 26 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteJudith Gonzalez
ProcedimientoCalificación De Despido

JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 26 de Noviembre de 2009.

199° y 150º

De la revisión de las actas procesales se observa que a los folios 20 al 22, corre inserta Acta de fecha 23 de Noviembre de 2009, suscrita por este Juzgado, contentiva de del traslado y constitución del Tribunal en la sede de la Empresa demandada GRUPO 70-41, C.A., con el objeto de materializar el reenganche del ciudadano J.M.S.A., en la cual se procedió a hacer el efectivo reenganche, a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que se encontraba al momento del despido del cual fue objeto, se dejo constancia que se procedió a realizar el pago correspondiente al concepto de salarios caídos por la cantidad de Bolívares Dos Mil Doscientos sin Céntimos (Bs. 2.200,00), asimismo, se dejo constancia que el pago realizado fue entregado al demandante en dinero efectivo de curso legal. En consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, imparte la homologación al pago efectuado en fecha 23 de Noviembre de 2009, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se da por terminado el presente procedimiento, y se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial. CÚMPLASE.

Y.D.C.G.

LA JUEZ

KELLY SÁNCHEZ ACEVEDO

LA SECRETARIA

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

LA SECRETARIA

EXP Nº 2584-09

YCG/KSA/JG

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