Notas sobre el Arbitraje como medio de composición de los conflictos de trabajo

AutorCésar Augusto Carballo Mena
Páginas5-19
Artículos
Notas sobre el Arbitraje como medio de
composición de los conflictos colectivos de trabajo
César Augusto Carballo Mena*
Abogado
SUMARIO
I. INTRODUCCIÓN: EL CONFLICTO COLECTIVO DE TRABAJO.
II. CLASIFICACIÓN DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO.
III. MEDIOS DE COMPOSICIÓN DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO.
IV. EL ARBITRAJE LABORAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO VENEZOLANO.
1. Clasificación. 2. Procedimiento Arbitral.
V. CONCLUSIONES.
I. INTRODUCCIÓN: EL CONFLICTO COLECTIVO DE TRABAJO
Resulta constatable que en toda sociedad, cualquiera fuere el grado de desarrollo
económico, político o cultural, el conflicto aparece como elemento inmanente a las interac-
ciones que en su seno se desarrollan. Al respecto, se han hilvanado distintas tesis valorativas,
ubicándose en las antípodas, de un lado, aquellas que le atribu yen al conflicto un carácter
disfuncional o patológico y, del otro, las que le reconocen un efecto transformador de la socie-
dad.
En efecto, la teoría del consenso estima que la sociedad se configura como una comuni-
dad cohesionada en torno a valores, principios y tradiciones compartidos. La aludida conce p-
ción de la sociedad se articula a partir de una cuádruple proposición: “1) tesis de la estabili-
dad: toda sociedad es un sistema constante y estable de elementos; 2) tesis del equilibrio:
toda sociedad es un sistema equilibrado de elementos; 3) tesis del funcionalismo: cada ele-
mento dentro de la sociedad contribu ye al funcionamiento de la misma, y 4) tesis del consen-
so (propiamente dicha): cada sociedad se mantiene gracias al consenso de todos (o, por lo
menos, la mayoría de) sus miembros sobre ciertos valores comunes”1. Por supuesto, en la
esfera de la tesis expuesta, el conflicto, cualquiera fuere su objetivo o intensidad, amenaza la
preservación del sistema social y, por tal virtud, es merecedor de descalificaciones en el
plano teórico y de represión en el práctico.
Por su parte, la teoría del conflicto sostiene la in manencia de esta especie de interaccio-
nes en el ámbito de la sociedad, toda vez que la cohesió n de la estructura social sólo es posi-
ble a partir de formas de dominación de un grupo social sobre otro. De tal su erte que el con-
flicto surge por la disconformidad de los grupos dominados respecto del status quo imperante
y, consecuencia de ello, deviene el elemento fundamental de transformación de la sociedad:
* . Jefe de la Cátedra de Derecho Colectivo del Trabajo en la UCAB. Profesor de Derecho de Trabajo
en la UCAB y la UCV. Ex Director General y Ex Consultor Jurídico del Ministerio del Tra bajo.
Ex Director de la Escuela de Derecho de la UCAB. Abogado del Escritorio Torres, Plaz & Araujo.
1. Manuel Carlos Palomeque López. Derecho Sindical Español. 3° edición revisada. Ed. Tecnos,
Madrid, 1990, pp. 205 y 206.

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