La nueva Fuerza Armada Bolivariana (comentarios a raíz del Decreto Nº 6.239, con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana)

AutorJesús María Alvarado Andrade
Páginas207-214
La nueva Fuerza Armada Bolivariana
(comentarios a raíz del Decreto N° 6.239,
con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana)
Jesús María Alvarado Andrade
Profesor de Derecho Constitucional de la
Universidad Central de Venezuela y
Universidad Simón Bolívar
El militarismo no es, no nos cansaremos de decirlo, el copamiento
de todos los poderes del Estado por la Fuerza Armada: eso podría
no ser más que una simple dictadura militar, tal y como la conoci-
mos los venezolanos en los años cincuenta del siglo veinte. Se trata
de algo peor: es el copamiento de la sociedad y sus consciencias.
Así como la primera debe estructurarse sobre el modelo del cuar-
tel, en donde impera el “ordena y mando”, las consciencias deben
jurar por un solo dios, con un profeta terrible e inapelable y en to-
do caso de una logorrea incontenible. El militarismo así se con-
vierte en totalitarismo. Eso ya sería harto perjudicial. Pero como
el destino final de todo ejército es la guerra, el de todo militarismo
con mayor razón. Y como por lo general, la búsqueda de un ene-
migo externo no pasa de ser una paranoia sino pura fanfarronería,
el militarismo siempre tiende a derivar hacia la guerra civil.
Manuel Caballero, Por qué no soy Bolivariano: Una
Reflexión Antipatriótica, Editorial Alfa, Caracas, 2006,
p. 218 y 219.
I. INTRODUCCIÓN GENERAL
El reciente Decreto N° 6.239, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana, dictado en Julio de 2008, 1 ha venido a concretizar el proceso
de “militarización” de la sociedad, que surgió precisamente con la Constitución de 1999, y
con el “proyecto de Abolición Constitucional” propuesto por el Presidente de la República y
sancionado por la Asamblea Nacional en noviembre de 2007 que aún rechazado por el pueblo
se intenta aplicar2, el cual por cierto pretendía “cambios sustanciales” respecto a la Constitu-
1 Cfr. Decreto N° 6.239, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana, G.O. de la República Bolivariana de Venezuela, N° 5.891 Extraordinario de fecha 31
de Julio de 2008
2 El Proyecto de “Reforma Constitucional” fue presentado formalmente por el Presidente de la
República a la Asamblea Nacional el 15 de Agosto de 2007 para su discusión, ésta, la Asamblea
Nacional, aprobó mas artículos de los propuestos por el Presidente, lo que dio como resultado, un
total de artículos reformados de sesenta y nueve (69): 1, 16, 18, 21, 64, 67, 70, 71, 72, 73, 74, 82,

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