Sentencia nº 736 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 18 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2008
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Interpretación

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 18 de diciembre de 2008

197° y 148°

Por escrito de fecha 30.10.08, el ciudadano J.B.U., actuando en su carácter de Presidente Ejecutivo de la Asociación Civil Cámara de Aseguradores de Venezuela, asistido de abogado, solicitó se le reconozca la condición de parte en la presente causa a su representada; asimismo, se declare la inadmisibilidad sobrevenida del recurso interpuesto, y para el caso de no considerarse la misma, solicitó se aperture una articulación probatoria, a los efectos de que las partes presenten o ratifiquen las pruebas que a bien tengan; y, finalmente, propone a la Sala emanar un auto para mejor proveer, a través del cual se solicite una prueba de informe a la Superintendencia de Seguro y al C.N. deS..

Para decidir, este Juzgado, observa:

El apoderado de la Asociación Civil Cámara de Aseguradores de Venezuela, solicita en primer lugar, se le reconozca su condición de parte, cualidad ésta incuestionable para este Juzgado, toda vez que, el presente recurso de interpretación recae precisamente sobre una ley, esto es, Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, en la cual la aludida Asociación tiene estrecha relación, tal y como se desprende de sus estatutos, por lo tanto, se le debe reconocer el derecho a comparecer, en cualquier estado y grado de la causa (sent. CSJ-SPA, 26.09.1991, R.V.) y así se declara.

Por lo que respecta a las demás solicitudes, como quiera que el pronunciamiento de las mismas, incluyendo la apertura de una articulación probatoria, requerida de manera subsidiaria, le corresponde a la Sala (Juez del mérito), aunado a que ha concluido la sustanciación, este Juzgado ordena remitirles las presentes actuaciones, a los fines de la decisión correspondiente.

La Juez,

M.L.A.L. La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. 2008-004/nva

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