Sentencia nº 239 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 28 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto Solicitando Antecedentes e Informes y Designando Ponente

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 28 de marzo de 2012

201º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 27 de marzo de 2012 por el ciudadano G.A.M.G., titular de la cédula de identidad N° 3.314.026, asistido por los abogados S.R.M.R. y E.R.C., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 38.395 y 10.212, respectivamente, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra “las actuaciones u omisiones de la Oficina Nacional de Participación Política y de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del ente Rector Electoral, C.N.E. (CNE), plasmadas en los informes, bajo el título “Actuaciones”, de la Oficina de Participación Política, de fechas 15 de agosto y 02 de noviembre de 2011”, respecto a la organización con fines políticos Movimiento Republicano (MR); en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, lo siguiente:

  1. Solicitar al C.N.E. los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

  2. Ahora bien, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con medida cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente al Magistrado JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN, a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000025

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 28 de marzo de 2012

Oficio Nº 12-123

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la

República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 27 de marzo de 2012, se dio cuenta a la Sala Electoral del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el ciudadano G.A.M.G., titular de la cédula de identidad N° 3.314.026, asistido por los abogados S.R.M.R. y E.R.C., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 38.395 y 10.212, respectivamente, contra “las actuaciones u omisiones de la Oficina Nacional de Participación Política y de la Comisión de Participación Política y Financiamiento del ente Rector Electoral, C.N.E. (CNE), plasmadas en los informes, bajo el título “Actuaciones”, de la Oficina de Participación Política, de fechas 15 de agosto y 02 de noviembre de 2011”, respecto a la organización con fines políticos Movimiento Republicano (MR). Asimismo, se le informa que este Juzgado en fecha 28 de marzo de 2012 dictó auto en el cual acordó solicitar a usted los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000025

JMMS

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