Código Penitenciario prohíbe pernocta en las cárceles

En la última plenaria del primer período de sesiones la Asamblea Nacional aprobó tres leyes: Contra el Hurto y Robo de Vehículos y Delitos Conexos, Infogobierno y el Código Orgánico Penitenciario.Sobre este último instru mento destaca la prohibición taxativa de la pernocta de familiares en los recintos penitenciarios, práctica que se hizo común durante el paso de Tareck el Aissami por el Ministerio del Interior, pero hace poco más de un año el Ministerio del Servicio Penitenciario la suprimió. Bajo ninguna circunstancia se permitirá la pernocta de visitantes en los establecimientos penitenciarios.La contravención de esta disposición dará lugar a las sanciones administrativas, civiles y penales, si fuere el caso, dice el artículo 114 del Código.Además de las prohibiciones de sentido común tenencia de armas, explosivos, drogas y alcohol, los reclusos no podrán tener moneda de curso legal, celulares, prendas militares y policiales, entre otros, dentro del recinto penitenciario.El artículo 129 acota: Con la finalidad de evitar las comunicaciones no autorizadas se podrá hacer uso de los sistemas tecnológicos para el bloqueo de señales digitales, satelitales o radioeléctricas.El instrumento consta de 172 artículos, una disposición derogatoria, dos transitorias y una final. El Código fue sancionado y remitido al Ejecutivo para su publicación.De forma y fondo. Otra de las normas que recibió luz verde ayer es la Ley de Infogobierno que tuvo cambios de forma y fondo respecto al informe presentado en primera...

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