Se dispone que a partir del 10 de febrero de 2005, y hasta tanto se de cumplimiento a las previsiones establecidas en el artículo 18 de la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda, la tasa de interés social máxima que regirá para los créditos indexados y doble indexados a que se contrae la referida Ley, será la fijada por el...

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