Sentencia nº 56 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 23 de Enero de 2012

Fecha de Resolución23 de Enero de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 23 de enero de 2012

201º y 152º

Vista la Sentencia N° 01 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de enero de 2012 mediante la cual ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto omitiendo el análisis de caducidad y declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado; este Juzgado de Sustanciación acuerda notificar el referido fallo al ciudadano V.C. (parte recurrente). Remítase copia certificada de la referida decisión y del presente auto. Líbrese Boleta.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ordena notificar al Ministerio Público. Remítase copia certificada del escrito recursivo, de la decisión de fecha 17 de enero de 2012 y del presente auto. Líbrese Oficio.

Ahora bien, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de los Municipios Tucupita, Pedernales, Casacoima y A.D. de la Circunscripción Judicial del estado D.A., a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar de la referida decisión al ciudadano V.C. (parte recurrente), quien fijó domicilio procesal en la Carrera 1, casa Nº 22, urbanización Dr. D.M., Tucupita, estado D.A.. En tal sentido se le concede al referido Juzgado, tres (03) días de despacho para que practique la mencionada notificación. Líbrense oficio y despacho.

Finalmente, se indica que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación procederá a pronunciarse sobre la causal de admisibilidad relativa a la caducidad del recurso no examinada en el fallo dictado en fecha 17 de enero de 2012.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2011-0000102

JMMS/pc

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de los Municipios Tucupita, Pedernales, Casacoima y A.D. de la Circunscripción Judicial del estado D.A..

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano V.H.C.A., alegando su condición de “…precandidato postulado como aspirante a ser el candidato de la Mesa de la Unidad Democrática a la GOBERNACIÓN del estado D.A.…” (mayúsculas del original), contra la junta electoral para las elecciones primarias del estado D.A. y la comisión electoral de primarias nacional de la mesa de la unidad democrática, en virtud de negar la postulación del referido ciudadano para participar en el proceso comicial cuyo acto de votación ha sido fijado para el 12 de febrero de 2012, este Juzgado de Sustanciación por auto de esta misma fecha acordó comisionarlo a fin de que practique las diligencias necesarias para notificar del fallo dictado en fecha 17 de enero de 2012 y del auto del 23 de enero de 2012 a la parte recurrente. A tal fin se remite Boleta.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado de Sustanciación a la mayor brevedad posible, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 23 de enero de 2012.

La Presidenta,

JHANNETTE M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2011-0000102

JMMS/pc

En veintitrés (23) de enero de 2012, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de los Municipios Tucupita, Pedernales, Casacoima y A.D. de la Circunscripción Judicial del estado D.A., a los fines de notificar a la parte recurrente del fallo dictado en fecha 17 de enero de 2012 y del auto de fecha 23 de enero de 2012.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2011-0000102

Caracas, 23 de enero de 2012

Oficio Nº 12-038.

Ciudadano

Juez de los Municipios Tucupita, Pedernales, Casacoima y A.D. de la Circunscripción Judicial del estado D.A..

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha en el cual se le comisionó para que practique la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano V.H.C.A., alegando su condición de “…precandidato postulado como aspirante a ser el candidato de la Mesa de la Unidad Democrática a la GOBERNACIÓN del estado D.A.…” (mayúsculas del original), contra la Junta Electoral para las Elecciones Primarias del estado D.A. y la Comisión Elect oral de Primarias Nacional de la Mesa de la Unidad Democrática, en virtud de negar la inscripción del referido ciudadano para participar en el proceso comicial cuyo acto de votación ha sido fijado para el 12 de febrero de 2012.

Atentamente,

JAHNNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2011-0000102

JMMS

Caracas, 23 de enero de 2012.

Oficio Nº 12-039.

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano V.H.C.A., alegando su condición de “…precandidato postulado como aspirante a ser el candidato de la Mesa de la Unidad Democrática a la GOBERNACIÓN del estado D.A.…” (mayúsculas del original), contra la Junta Electoral para las Elecciones Primarias del estado D.A. y la Comisión Electoral de Primarias Nacional de la Mesa de la Unidad Democrática, en virtud de negar la inscripción del referido ciudadano para participar en el proceso comicial cuyo acto de votación ha sido fijado para el 12 de febrero de 2012. Asimismo se le informa, que en fecha 17 de enero de 2012 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 01 en la cual ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto omitiendo el análisis de caducidad y declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Igualmente, se le informa que por auto de fecha 23 de enero de 2012, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación procederá a pronunciarse sobre la causal de admisibilidad relativa a la caducidad del recurso no examinada en el fallo dictado en fecha 17 de enero de 2012. Se remite copia certificada de la sentencia de fecha 17 de enero de 2012 y del mencionado auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Anexo: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2011-0000102

JMMS

B O L E T A

Caracas, 23 de enero de 2012

201º y 152º

SE HACE SABER:

Al ciudadano V.H.C.A. (parte recurrente), titular de la cédula de identidad Nº 5.334.389, que la Sala Electoral en fecha 17 de enero de 2012, dictó Sentencia N° 01 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por Usted, alegando su condición de “…precandidato postulado como aspirante a ser el candidato de la Mesa de la Unidad Democrática a la GOBERNACIÓN del estado D.A.…” (mayúsculas del original), contra la Junta Electoral para las Elecciones Primarias del estado D.A. y la Comisión Electoral de Primarias Nacional de la Mesa de la Unidad Democrática, en virtud de negar la inscripción del referido ciudadano para participar en el proceso comicial cuyo acto de votación ha sido fijado para el 12 de febrero de 2012. En dicho fallo se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto omitiendo el análisis de caducidad y declaró IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado. Asimismo, se le informa que este Juzgado de Sustanciación por auto de fecha 23 de enero de 2012, señaló que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a pronunciarse sobre la causal de admisibilidad relativa a la caducidad del recurso no examinada en el fallo dictado en fecha 17 de enero de 2012. Se remite copia certificada de la sentencia de fecha 17 de enero de 2012 y del mencionado auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2011-0000102

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR