Procedimiento para la aplicación de la sanción de prisión en casos de desacato de las sentencias de amparo, establecido como 'interpretación vinculante' por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en 2014 y 2019, en contra de lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo

AutorAllan R. Brewer-Carías
CargoProfesor emérito, Universidad Central de Venezuela
Páginas329-339
EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA
SANCIÓN DE PRISIÓN EN CASOS DE DESACATO DE LAS
SENTENCIAS DE AMPARO ESTABLECIDO COMO
“INTERPRETACIÓN VINCULANTE” POR LA SALA
CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE
JUSTICIA EN 2014 Y 2019, EN CONTRA DE LO
ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE AMPARO
Allan R. Brewer-Carías
Profesor emérito, Universida d Central de Venezuela
Resumen: La Sala Constitucional en contra de lo establecido en el artículo 31 de
la Ley Orgánica de Amparo esta bleció en 2014 y 2019, la competencia de los jue-
ces de amparo para imponer la sanción de prisión a quienes desacaten sus senten-
cias de amparo, estableciendo un procedimiento par a as egurar un doble control
de las decisiones por par te de la Sala Constitucional.
Palabras Clave: Amparo. Desaca to de sentencias. Prisión.
Summary: The Constitutional Cha mber ha s established in 2014 an d 2019, con-
trar y to what is provided in ar ticle 31 of the Organic Law of Constitucional pro-
tection, the power of the ordinar y judges on matter of constitutional pr otection
proceeding, to impose the sanction of pr ison in cases of c ontempt, r egulating a
procedure in or der to control, twice, the content of the judicial decisions.
Keywords: Amparo P roceeding. Contemp. Prison.
I. EL RÉGIMEN DEL DESACATO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO ESTABLE-
CIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE AMPARO Y EL INICIO DE SU TRASTOCA-
MIENTO POR LA SALA CONSTITUCIONAL
Conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley de Amparo sobre derechos y garan-
tías constitucionales de 1988, en Venezuela, el desacato de las sentencias de amparo está tipifi-
cado en dicha norma como un delito, cuyo juzgamiento, dada la ausencia de previsión de un
procedimiento judicial especifico, corresponde a los tribunales competentes de la jurisdicción
penal ordinaria, mediante un proceso penal, con las garantías del debido proceso, no teniendo el
juez de amparo competencia para sancionar en forma alguna el desacato de sus decisiones.
En esta forma, la ley venezolana, sigue la o rientación de las leyes reguladoras del ampa-
ro en América Latina, en las cuales no se prevé para los jueces de amparo facultad directa de
castigar, mediante la imposición de sanciones penales, el desacato a sus órdenes;1 el juez de
1 Véase Allan R. Brewer-Carías. Leyes de Amparo de América Latina, Con un estudio preliminar
sobre e l amparo en el der echo constitucional compar ado latinoa mericano, Segunda Edición au-
mentada y actualizada, Colección Derecho Público Iberoamericano Nº 3, Editorial Jurídica Vene-
zolana International, Caracas - New York, 2016.

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