Reformas laborales: Empleo vs. flexibilización. Nuevos paradigmas del Derecho del Trabajo

AutorNancy Perelló Gómez
CargoProfesora de Derecho del Trabajo, Investigadora. Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela
Páginas386-403
Revista Gaceta Laboral
Vol. 12, No. 3 (2006): 386 - 403
Universidad del Zulia (LUZ) ·ISSN 1315-8597
Reformas laborales: Empleo vs.
flexibilización. Nuevos paradigmas
del Derecho del Trabajo
Nancy Perelló Gómez
Profesora de Derecho del Trabajo, Investigadora. Universidad
del Zulia. Maracaibo, Venezuela. E-mail: nanver48@cantv.net
Resumen
Este trabajo busca analizar cómo la estructura del modelo de relaciones la-
borales está siendo modificada por las tendencias flexibilizadoras sostenidas
en las últimas reformas de los regímenes jurídicos laborales occidentales,
afectándose con ello el marco regulador de “la defensa” del empleo. El debate
sobre la flexibilidad laboral operada a través de reformas jurídicas que afec-
tan al sistema tradicional de relaciones de trabajo aparece como consecuencia
del incremento del desempleo y la merma en la adquisición de derechos para
los trabajadores ubicados en un mundo globalizado donde los cambios econó-
micos condicionan el desarrollo del mercado de trabajo.En este sentido se rea-
lizará, aunque sumariamente en muchos aspectos, un análisis sobre cómo la
globalización ha forzado la introducción de reformas laborales en aras de al-
canzar una gestión más flexible de los recursos humanos dentro de la organi-
zación de la empresa y, a la vez, como camino a seguir para adaptarse ésta al
mercado laboral, originando con ello el desarrollo de nuevas formas y políticas
de empleo que derivarán en el redimensionamiento del Derecho del Trabajo.
Palabras clave: Reformas laborales, flexibilidad, mercado de trabajo, empleo,
relaciones de trabajo.
“Ello no significa que el Derecho del Trabajo vigente haya dejado de alimentarse
de sus tradicionales aut-aut… A fin de cuentas también la duración del crepúsculo
varía con el variar de las estaciones y de las latitudes, sin embargo, los comunes
mortales no han perdido jamás por ello la noción del día y de la noche…”
U. Romagnoli, 1996.
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Recibido: 03-05-06 . Aceptado: 23-06-06
Labor Reforms: Employment vs. Flexibilization.
New Paradigms in Labor Law
Abstract
This paper analyzes how the structure of the labor relations model is be-
ing modified by the flexibilization tendencies undergone in the most recent
reforms of western judicial labor regimes, and which affected the regulator
framework for the defense of labor.The debate on labor flexibility operated
through western judicial reforms which affected the regulatory framework
for the defense of employment. The debate as to labor flexibility operated
through judicial reforms that affect the traditional system of labor relations
and appear as a consequence of increased unemployment and a lessening in
labor rights acquisition for workers on a global scale where economic
changes condition the development of the labor market. In this sense we un-
dertake, though summarily in many aspects, an analysis of how globaliza-
tion has forced the introduction of labor reforms in favor of reaching a more
flexible management of human resources within the organization of busi-
nesses, and at the same time choosing the path to follow in adapting oneself
to local markets, originating the development of new forms and policies of
employment that derive from re-dimensioning labor law.
Key words: Labor reforms, flexibility,labor market, employment, labor rela-
tions.
1. Introducción
La tesis central a desarrollar en
las siguientes páginas va dirigida,
bien que de manera sumaria y abre-
viada, a analizar cómo la estructura
del modelo de relaciones laborales
está siendo modificada por las ten-
dencias flexibilizadoras sostenidas
en las últimas reformas de los regí-
menes jurídicos laborales occidenta-
les, afectándose con ello el marco re-
gulador de “la defensa” del empleo.
El Derecho del Trabajo es por sí
mismo variable y debe ser flexible
para adaptarse al cambio de circuns-
tancias -por lo demás vertiginoso- que
se suceden en toda economía libre de
mercado de la cual él forma parte ine-
vitablemente. En palabras de Sagar-
doy Bengoechea ello trastornará mu-
chos “dogmas”, pero se salvará lo esen-
cial y en definitiva el Derecho del Tra-
bajo tendrá que ofrecer los puntos bá-
sicos del equilibrio entre el poder polí-
tico, el económico y el social de modo
que todo el tema de la flexibilidad va a
estar no tanto en el qué -qué se cambia,
qué se transforma, qué se pierde- sino
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_________________________________________ Revista Gaceta Laboral, Vol. 12, No. 3. 2006

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