Resolución por la cual los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras regidos por el Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras y demás leyes especiales, no podrán cobrar por sus operaciones activas, con tarjetas de créditos, una tasa de interés anual superior a treinta y tres por ciento (33%) ni inferior a diecisiete por ciento (17%).

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