Resolución mediante la cual se incorporan 783.479 MMPCN de nuevas reservas probadas de hidrocarburos gaseosos a nivel nacional, al cierre del 31 de diciembre de 2017, provenientes tanto de la Faja Petrolífera del Orinoco Hugo Chávez Frías, como en Área Tradicional Oriente, Occidente y y Centro Sur, distribuidas de la manera que en ella se indica.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PETRÓLEO

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 12 de junio de 2018 2089, 1599 y 199

RESOLUCIÓN N° 083

El Ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería, MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ, de conformidad con los artículos 12 y 302 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 en sus numerales 1, 2, 3, 12 y 19 del artículo 78 del Decreto N9 1.424, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N9 6.147 Extraordinario del 17 de noviembre de 2014, así como lo establecido en el artículo 43 del Decreto sobre Organización General de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.238 Extraordinario de fecha 13 de julio de 2016, en concordancia con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos gaseosos;

CONSIDERANDO

Que dentro de la política de Plena Soberanía Petrolera formulada por el Ejecutivo Nacional, se han adoptado una serie de medidas orientadas a asegurar la revalorización de los recursos de los hidrocarburos con que cuenta la República Bolivariana de Venezuela, a manera de lograr su desarrollo progresivo y armónico con miras a su aprovechamiento en función del bienestar del pueblo;

CONSIDERANDO

Que para llevar a cabo dichos objetivos, administrar mejor dichos recursos y reforzar el posicionamiento estratégico y político de la República Bolivariana Venezuela, es necesario mantener debidamente actualizadas y oficializadas las reservas probadas de hidrocarburos gaseosos existentes en el país;

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución N9 131 de fecha 08 de Noviembre de 2017, publicada en Gaceta Oficial N9 41.279 de fecha 15 de noviembre de 2017, se actualizó y oficializó como reservas probadas de hidrocarburos gaseosos existentes en nuestro país al 31 de diciembre de 2016, la cantidad de Doscientos Dos Billones Seiscientos Noventa y Siete Mil Seiscientos Doce Millones de Pies Cúbicos Normales (202.697.612 MMPCN).

RESUELVE

ARTÍCULO 1

Incorporar 793.479 MMPCN de nuevas reservas probadas de hidrocarburos gaseosos a nivel nacional, al cierre del 31 de diciembre de 2017, provenientes tanto de la Faja Petrolífera del Orinoco Hugo Chávez Frías, como en Área Tradicional Oriente, Occidente y Centro Sur, distribuidas de la siguiente manera: Incorporación en FPO: 63.359 MMPCN; en Área Tradicional Oriente: 107.962 MMPCN; Occidente: 616.559 MMPCN y en Centro Sur: 5.599 MMPCN.

ARTÍCULO 2 A la cantidad total de las reservas probadas se dedujo la producción anual fiscalizada de hidrocarburos gaseosos, a fin de obtener el balance de reservas probadas remanentes al cierre del año 2017.
ARTÍCULO 3 Actualizar y oficializar como reservas probadas remanentes de hidrocarburos gaseosos existentes en el país al cierre del 31 de diciembre de 2017, la cantidad de Doscientos Un Billones Seiscientos Quinientos Noventa y Tres Mil Doscientos Sesenta y Tres Millones de Pies Cúbicos Normales (201.593.263 MMPCN).
ARTÍCULO 4 Las reservas probadas remanentes de hidrocarburos gaseosos establecidas en la presente resolución, servirán de fundamento en la formulación y aplicación de las políticas del sector de los hidrocarburos, en especial las relativas al desarrollo, conservación, aprovechamiento, regulación .y control de dichos recursos.

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