Resolución mediante la cual se ordena publicar en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el listado de los entes adscrito a este Ministerio, con indicación del monto de la participación accionaria de la empresa del Estado, y de la conformación del Patrimonio, en los casos de los institutos públicos, institutos autónomos y fundaciones del Estado.



La Ministra de) Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, carmen TERESA MELENDEZ RIVAS, designada mediante Decreto Nº 4.3S6 de fecha 25 de octubre de 2.020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de Venezuela Nº 6.586 Extraordinario, de la misma fecha, en ejercía o de las competencias que le confieren los artículos 65 y 78 numerales 2, 12, 13 y 19 del Decreto Nº 1 424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Soiivariana de Venezuela Nº 6.147 Extraordinario, de fecha 17 de noviembre de 2014; y en cumplimiento de la obligación de publicidad establecida en el artículo 121 etusdem.

RESUELVE

Artículo 1

Se ordena publicar en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de Venezuela, el listado de k>s entes adscritos al Mlnisteno del Poder Popular para Retacones Interiores, Justicia y Paz, con indicación del monto de la partía pación accionaria de la empresa del Estado, y de la conformación del patrimonio, en los casos de los institutos públicos, institutos autónomos y fundaciones del Estado, a fin de dar cumplimiento a la obligación de publicidad ordenada en d referido artículo 121 del Decreto Nº 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública:

Artículo 2

La publicación anterior se efectúa con base a cifras preliminares de los estados financieros suministrados por los entes adscritos, por encontrare en proceso de ajustes contables, en concordancia con (o dispuesto en el artículo 27 de la Providencia Administrativa Conjunta Nro. 026-17-001/2017-004/17-008, que regula la Liquidación y Cierre del Ejercicio Económico Financiero de la República y sus Entes Descentralizados Funcional mente, dictada en fecha 12 de septiembre de 2017 por la Oficina Nacional de Presupuesto, la Oficina National del Tesoro y la Oficina Nacional de Contabilidad Pública, del Ministerio del Poder- Popular de Economía y Finanzas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela [\r 41,245, de fecha 27 de septiembre de 2017, que obliga a los entes descentralizados funeionalmente de la República a remitir a la Oficina Nacional de Contabilidad Pública los Estados Financieros definitivos, dentro del primer trimestre del ejercicio económico financiero siguiente al cierre.

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