Sentencia nº 471 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 5 de Abril de 2016

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

Numero : 471 N° Expediente : 2015-000042 Fecha: 05/04/2016 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

R.D.U. interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra el acto de fecha 20 de abril de 2015, emitido por la Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira ( AEAUNET) que declaró sin lugar la impugnación que en fecha 09 de abril de 2015, contra la admisión de las postulaciones de los ciudadanos P.E.P.R., J.H.D.V., J.A.N.C., W.F.M., R.I.C.Q., P.O.V.M., L.J.S.D.Á., J.A.P.D.P., F.C.C.R., M.G.P.P., I.S.H.D.S., J.A.R.G. y M.E.D., todos integrantes de la Plancha N° 1 presentada y presidida por el ciudadano J.R.M.Á..

Decisión:

Vista la Sentencia N° 38 dictada en fecha 30-03-2016, se acordó notificar a la parte recurrente, al Ministerio Público, a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET). Líbrese Boleta y Oficios N° 16-252, 16-251 y 16-250, respectivamente. Igualmente, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), para lo cual se ordenó librar despacho. Se libró Oficio N° 16-249 y Despacho.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 05 de abril de 2016

205º y 157º

Vista la Sentencia N° 38 dictada en fecha 30 de marzo de 2016, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, se acuerda notificar al ciudadano R.D.U. (parte recurrente), al Ministerio Público, a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), anexándoles copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta y Oficios.

Del mismo modo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano R.D.U. (parte recurrente), a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), en la siguiente dirección: Avenida Universidad Paramillo, Sede Principal de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET), San Cristóbal, estado Táchira, para lo cual se ordena librar despacho. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de cinco (05) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp.N°AA70-E-2015-000042

IMAI/ilp/mjr/imr

En cinco (05) de abril de 2016, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano R.D.U. (parte recurrente), a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), el fallo N° 38 dictado en fecha 30 de marzo de 2016.

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. Nº AA70-E-2015-000042

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano R.D.U., titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, en su alegada condición de afiliado a la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), asistido por las abogadas B.J.B. y R.d.C.V. de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la referida asociación “… a los fines de que se declare la Nulidad (sic) absoluta del Pronunciamientos s/n (sic) de fecha 20/04/2015, que declaró SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN que interpu[so] en fecha 14/04/2015” (Remitido por Oficio N° 160 de fecha 29 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira), esta Sala Electoral acordó comisionar a los fines de notificar al ciudadano R.D.U. (parte recurrente), a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), el fallo N° 38 dictado en fecha 30 de marzo de 2016. A tal fin se remiten Boleta y Oficios de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de cinco (05) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 05 de abril de 2016.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2015-000042

IMAI/ilp/mjr/imr

Caracas, 05 de abril de 2016

Oficio Nº 16-249.

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano R.D.U., titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, en su alegada condición de afiliado a la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), asistido por las abogadas B.J.B. y R.d.C.V. de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la referida asociación “… a los fines de que se declare la Nulidad (sic) absoluta del Pronunciamientos s/n (sic) de fecha 20/04/2015, que declaró SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN que interpu[so] en fecha 14/04/2015” (Remitido por Oficio N° 160 de fecha 29 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira).

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2015-000042

IMAI

Caracas, 05 de abril de 2016

Oficio Nº 16-250.

Ciudadanos

G.M.S., A.R., M.C. y AEDRA SOLSIRE R.R.

Integrantes Comisión Electoral de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET)

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 30 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 38 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano R.D.U., titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, en su alegada condición de afiliado a la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), asistido por las abogadas B.J.B. y R.d.C.V. de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la referida asociación “… a los fines de que se declare la Nulidad (sic) absoluta del Pronunciamientos s/n (sic) de fecha 20/04/2015, que declaró SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN que interpu[so] en fecha 14/04/2015” (Remitido por Oficio N° 160 de fecha 29 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira). En dicho fallo la Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000042

IMAI/ilp/mjr/imr

Caracas, 05 de abril de 2016

Oficio Nº 16-251.

Ciudadanos

Presidente y Demás Integrantes de la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Empleados Administrativos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (AEAUNET)

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 30 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 38 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano R.D.U., titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, en su alegada condición de afiliado a la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), asistido por las abogadas B.J.B. y R.d.C.V. de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la referida asociación “… a los fines de que se declare la Nulidad (sic) absoluta del Pronunciamientos s/n (sic) de fecha 20/04/2015, que declaró SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN que interpu[so] en fecha 14/04/2015” (Remitido por Oficio N° 160 de fecha 29 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira). En dicho fallo la Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000042

IMAI/ilp/mjr/imr

Caracas, 05 de abril de 2016

Oficio Nº 16-252.

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 30 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 38 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano R.D.U., titular de la cédula de identidad N° 5.681.685, en su alegada condición de afiliado a la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), asistido por las abogadas B.J.B. y R.d.C.V. de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la referida asociación “… a los fines de que se declare la Nulidad (sic) absoluta del Pronunciamientos s/n (sic) de fecha 20/04/2015, que declaró SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN que interpu[so] en fecha 14/04/2015” (Remitido por Oficio N° 160 de fecha 29 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira). En dicho fallo la Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

I.M.A. IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000042

IMAI/ilp/mjr/imr

B O L E T A

Caracas, 05 de abril de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

Al ciudadano R.D.U. (parte recurrente), titular de la cédula de identidad N° 5.681.685 y/o sus apoderadas judiciales B.J.B. y R.V.M., inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 30 de marzo de 2016 dictó Sentencia N° 38 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por Usted, en su alegada condición de afiliado a la ASOCIACIÓN SINDICAL DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (AEAUNET), asistido por las abogadas B.J.B. y R.d.C.V. de Moreno, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 31.068 y 17.803, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la referida asociación “… a los fines de que se declare la Nulidad (sic) absoluta del Pronunciamientos s/n (sic) de fecha 20/04/2015, que declaró SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN que interpu[so] en fecha 14/04/2015” (Remitido por Oficio N° 160 de fecha 29 de abril de 2015, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira). En dicho fallo la Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA respecto del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2015-000042

IMAI/ilp/mjr/imr

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