Sentencia nº 364 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Plena de 25 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Plena
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecepción de Comisión

Numero : 364 N° Expediente : 2015-000065 Fecha: 25/02/2016 Procedimiento:

Recepción de Comisión

Partes:

R.Q.L. y W.R.Z.A., titulares de la cédula de identidad Nos. 10.704.335 y 11.801.804, respectivamente, asistidos por el abogado P.B.Z., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, interponen recursos contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las decisiones dictadas por la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores Administrativos y Técnicos de la Universidad Nacional Experimental F.d.M. (SEAUNEFM), respecto al proceso electoral convocado para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato, cuyo de acto de votación se fijó para el 11 de junio de 2015.

Decisión:

Por recibido en esta misma fecha, oficio N° 494-2015 de fecha 18 de diciembre de 2015, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 29 de julio de 2015, se agregó al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 25 de febrero de 2016

205º y 157º

Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 494-2015 de fecha 18 de diciembre de 2015, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 29 de julio de 2015, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. N° AA70-E-2015-000065

IMAI/ilp/imr

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR