FAN y Sebin podrán indagar sobre el crimen organizado

La reforma a la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo establece que todos los componentes de la Fuerza Armada, así como la Dirección de Inteligencia Militar y el Sebin deberán crear unidades especiales para la investigación de los delitos tipificados en el texto. Anteriormente esos orga nismos realizaban diligencias específicas como auxiliares de policía judicial. Con esta nueva ley quedan en el mismo nivel que el Cicpc y la Policía Nacional. Cualquiera de sus funciona rios podrá realizar operaciones encubiertas, previa autorización de un juez de control de la región donde se inicia la pesquisa, no sólo para identificar a los miembros de una organización criminal y sus actividades sino también para evitar que tales actividades se lleven a cabo. La identidad de los policías encubiertos será protegida aunque no se podrá alterar registros, libros públicos o archivos nacionales. Los agentes no estarán obligados a comparecer en los tribunales. Sus deposiciones serán realizadas por un representante del Ministerio Público que supervise la investigación. La revelación de datos sobre los agentes encubiertos, su domicilio o sus familiares serán penados con un...

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