Seniat podrá hacer embargos sin pasar por un tribunal

La reforma del Código Or-gánico Tributario permite a la administración tributaria, en casos de incumplimientos o evasión, realizar cobros ejecutivos, es decir, sin tener que llevar el caso a un tribunal. El superintendente del Seniat, José David Cabello, explicó que anteriormente, al momento de ejecutar el cobro, el contribuyente introducía un recurso jerárquico con el que podía extender el efecto de la medida, en ocasiones hasta que esta prescribiera. Esa posibilidad se eliminó.Cuando una empresa nos diga que está declarada en quiebra y no tiene liquidez para pagar, pero tiene bienes, ya no tenemos que ir a tribunal, sino que la administración tributaria con la figura de un árbitro o un perito evalúa el costo de ese activo y pasa a manos del fisco para ser subastado o destinado de acuerdo con los intereses del Estado, expresó ayer en una rueda de prensa, en la que también estuvo presente el ministro de Economía, Finanzas y Banca Pública, Rodolfo Marco Torres.El superintendente recor dó que se les elevó la multa a los contribuyentes especiales que incumplan con las especificaciones del Código Orgánico Tributario a 200% de lo que dejaron de pagar o de la sanción ocasionada. No hay excusa para que no tengan los libros de contabilidad al día y evadan los controles, expresó.El martes en la noche el pre sidente Nicolás Maduro aprobó también modificaciones a las leyes del Impuesto Sobre la Renta, el Impuesto al Valor Agregado, y los gravámenes al consumo y venta de alcohol y cigarrillos como parte de lo que llamó una reforma fiscal.Estos cambios implican el au mento de las tasas del impuesto al lujo y al consumo y venta de alcohol; la eliminación de la exención del IVA a las cooperativas, asociaciones y fundaciones, y la supresión del ajuste por inflación como mecanismo para reducir el pago de tributos, entre otras.Cabello destacó que la Ley de Impuesto sobre el Alcohol y las Especies Alcohólicas prevé alzas en las alícuotas para el consumo y venta de bebidas alcohólicas de 15% a 35%, en el caso del vino, y de 20% a 50% en el caso del resto de los licores, excluyendo la cerveza. ¿Por qué no la incluye? Porque es una bebida popular, que el pueblo consume, dijo el superintendente.Agregó que las modificaciones a esta legislación y al impuesto sobre los cigarrillos pudieran tener una incidencia del PIB cercana 0,17%.Marco Torres hizo énfasis en que las...

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