Decisión nº AH14-X-2012-000026 de Juzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 10 de Julio de 2012

Fecha de Resolución10 de Julio de 2012
EmisorJuzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas
PonenteCarlos Martinez Peraza
ProcedimientoEmbargo Ejecutivo

En el día de hoy, diez (10) de j.d.D.M.D. (2012), siendo las Ocho y Treinta (8:30 A.M.) de la mañana, se trasladó y se constituyó el Abogado C.M.P., en su carácter de Juez Titular Cuarto Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en compañía de su Secretaria Abg. R.V.V. y el apoderado de la parte actora Abogado FRANCRIS P.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.168, en la siguiente dirección: Agencia de CORP BANCA, C.A. BANCO UNIVERSAL, ubicada en la en la castellana, de esta ciudad de caracas, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA) sigue La Sociedad Mercantil CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la Sociedad Mercantil TIERRA DE GRACIA MANTENIMIENTOS C.A., representada por su presidente ciudadana DAMELIS PETRICA CARRION SARABIA, titular de la cédula de identidad Nº 5.861.156, el cual se sustancia en el expediente distinguido con el numero AH14-X-2012-000026, nomenclatura interna de ese Juzgado y con el numero 12-3025 nomenclatura asignada por este juzgado a mi cargo. Una vez en la Institución bancaria, se procede a notificar de la misión del Tribunal a L.Y.F. D, titular de la cédula de identidad N° 11.165.706 en su carácter de Sub Gerente de Corp Banca. En este estado la parte actora, anteriormente identificada expone: “Señalo para ser embargado ejecutivamente las cantidad de dinero que se encuentren depositadas en la cuenta corriente Nº 0121-0143-10-0100461202, perteneciente a la Sociedad Mercantil TIERRA DE GRACIA MANTENIMIENTOS C.A., hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVARES CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 33.633.361,19),es todo.”Acto seguido la notificada antes identificada expone: “ informo al Juez Ejecutor, que verificada la cuenta antes señalada por la parte actora se constato que en la cuenta señalada existe la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs.6.733.821,23) y que dicha cuenta corriente efectivamente pertenece a la demandada, es todo.” Acto seguido, el Juez Ejecutor, visto el señalamiento realizado por la parte actora; así como la información obtenida del ente financiero declara Ejecutivamente Embargadas la cantidad de SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs.6.733.821,23) , contenida en la cuenta corriente ante señalada y ordena a la notificada a elaborar cheque de gerencia a nombre del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas por la cantidad embargada. En este estado la notificada, antes identificada, en su condición de Sub-Gerente de Negocios de la entidad bancaria, expone: “Hago entrega en este acto al Tribunal cheque de gerencia Nº 10089212, por un monto de Bs. 6.733.821,23. Seguidamente el Tribunal Ejecutor recibe el cheque antes identificado y ordena agregarlo a la presente acta, constante de un folio útil, es todo. Seguidamente el apoderado de la parte actora, se reserva el derecho de seguir embargando. Es todo, terminó se leyó y conformes firman siendo las 9:00 a.m.,.

EL JUEZ TITULAR,

ABG. C.M.P.

EL APODERADO DE LA PARTE ACTORA

LA NOTIFICADA

LA SECRETARIA

ABG. ROSA VIRGINIA VILLAMIZAR.

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