Decisión de Tribunal Superior Agrario de Portuguesa, de 20 de Junio de 2012

Fecha de Resolución20 de Junio de 2012
EmisorTribunal Superior Agrario
PonenteDulce María Ardúo Gonzalez
ProcedimientoHomologacion - Desistimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO J.V.

CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO. GUANARE.

Guanare, 20 de Junio de 2012.

Años: 202º y 153º.

Vista la diligencia presentada en fecha 20-06-2012, cursante al folio 1565, por la Abogada YVETH GONZALEZ, en su carácter de coapoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual desiste de la prueba de experticia de caracterización agrológica, asimismo, solicitó se deje sin efecto la diligencia de fecha 05-06-2012, la cual corre en el folio 1513, este Tribunal a los fines de resolver observa: Visto que ambas partes tienen facultad expresa para desistir, por lo que cumple con los extremos señalados y con las previsiones legales establecidas en el Artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone “Para desistir de la demanda y convenir en ella se necesita tener capacidad para disponer del objeto sobre que verse la controversia y que se trate de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones”. En consecuencia a los fines de garantizar el principio de celeridad, concentración y economía procesal, se HOMOLOGA el Desistimiento de dicha prueba de experticia.

La Jueza,

Abg. D.M.A.G..

La Secretaria,

Abg. Lodyrenza Coromoto J.M..

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