Decisión nº C-1676-2013.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 15 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy viernes, quince (15) de noviembre de dos mil trece (2013), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira integrado por el ciudadano Juez Titular Rafael M, Nieto R, y la Secretaria del Tribunal ciudadana Trineima Y, Padilla C, y se constituyó en un inmueble –edificio- ubicado al final de la calle 2, entre el galpón amarillo de Materiales Nuevo Triunfo y el hotel Londres, carreras 18 y 20 de la población de La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., lugar que señalo la ciudadana D.d.S.C.d.P., titular de la cédula de identidad número V-9.192.700, asistida para este acto por la profesional del derecho ciudadana C.B.C.Á., titular de la cédula de identidad número V-11.301.144, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 63.706, todo con el fin de practicar Inspección Judicial ordenada por el Juzgado del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Solicitud N° 14.937-2013, sobre el inmueble señalado. En este estado solicito el derecho de palabra la ciudadana D.d.S.C.d.P., asistida para este acto por la profesional del derecho ciudadana C.B.C.Á., ya identificadas, y concedido que le fue, expuso: “solicito muy respetuosamente a ciudadano Juez Ejecutor, se sirva dar cumplimiento al exhorto conferido, en consecuencia proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo.” En este estado este Juzgado Ejecutor, procede a dejar constancia de los particulares solicitados de la siguiente manera: PRIMERO: Este Juzgado observa y deja constancia que en el inmueble en el cual se encuentra constituido, no se encuentra persona alguna, habitando el mismo, solo se observan algunos muebles y enseres. SEGUNDO: Este Juzgado observa y deja constancia que en inmueble objeto de la presente inspección se encuentra en muy regulares condiciones de pintura, conservación, mantenimiento e higiene, pisos manchados y deteriorados, al igual que las puertas, las salas sanitarias, el empotre de la cocina, vidrios de las ventanas, closets, rejas, pasamanos de las escaleras de acceso, lámparas y sócrates de la luz. TERCERO: Este Juzgado observa y deja constancia que el inmueble objeto de la presente inspección, en el cual se encuentra constituido, es el mismo y coincide en todos su datos, características, especificaciones y linderos con los señalados y consignados en autos. CUARTO: Este Juzgado observa y deja constancia que en inmueble objeto de la presente inspección se encuentran los siguientes bienes muebles y enseres: 1.- tres materos de barro, de tamaño pequeños. 2.- un lava cabeza color negro, con pedestal en tubo de hierro. 3.- una pase de pared en hierro para televisor y dvd. 4.- un espejo de pared de aproximadamente 1x0.40 metros. 5.- una mesa baja en forma de flor con base en tubos de hierro. 6.- una mesa pequeña de madera con su respectiva silla tipo butaca. 7.- una silla reclinable mediana en tubo de hierro, con estampado de futbol club Barcelona. 8.- una cocina marca General Electric, color blanca, grande, deteriorada. 9.- un televisor, marca Emerson, de 19 pulgadas, color negro y madera, serial 10607346. 10.- una cuna plegable en madera, color blanco, con su jergón deteriorado. 11.- una cama matrimonial, en madera, sin colchón, en muy regulares condiciones. 12.- una repisa en tubo de hierro y entrepaños de carton piedra. 13.- un peluche grande de hello kitty. 14.- 13 pares de zapatos usados para dama. 15.- una silla de madera, tipo poltrona con ruedas. 16.- una cama matrimonial de madera con su respectivo colchón. 17.- una bicicleta rin 26, color azul y rojo, sin marca ni serial visible o aparente. 18.- un aire acondicionado de ventana sin serial ni marca visible o aparente. 19..- un juego de recibo en hierro forjado y madera, compuesto de dos sillas individuales y una mesita de centro. 20.- una consola en mdf, color madera con espejo t res gavetas. 21.- una mesa redonda de plástico color verde. 22.- tres sillas artesanales en madera. 23.- una campana para cocina marca DUCTON. 24.- cinco cuadros decorativos. 25.- una cocina eléctrica de dos hornillas, color blanco, marca fermetal, modelo COC-02. 26.- una bomba de aguga de ½ hp, color azul, marca fermetal. 27.- una mesa en tubo y lamina de hierro, color negro. 28.- una vitrina hexagonal, de dos metros de alto aproximadamente, en hierro, acero inoxidabe y vidrio, de 5 entrepaños, posee cuatro vidrios partidos. 29.- utensilios de cocina varios. 30. Enserres personales (ropa, bolsos, carteras, libros y otros). 31.- una mesa plástica pequeña para niños, color blanco y verde. 32.- una parrillera con ruedas, con su respectiva parrilla. 33.- una silla de plástico blanca con posa manos. 34.- una lavadora color blanco, marca general electric, serial TL0711831839. 35.- una cocina color blanco, marca mabe, sin serial visible. 36.- una nevera marca daewo, de dos puestas, color blanca, modelo DF902GECB, serial MBO79E01130226. Seguidamente este Juzgado vista la solicitud de designación de practico hecha por el actor, precede a designar como practico en fotografía a la ciudadana YORLEANA ROJAS, cedula de identidad número V-24.151.403, quien estando presente acepto su cargo y presto juramento de ley, quien informo al tribunal que a los fines de desarrollar su trabajo hará uso de la cámara fotográfica marca Kodak 1.8, serial KCGES01209665. No siendo otro el objeto del tribunal se declara cumplida la comisión, se le dio lectura al acta y conforme se firmó, siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.).

Juez Ejecutor Titular

Abg. Rafael M, Nieto R

La Solicitante

D.d.S.C.d.P.

Abogado Asistente

C.B.C.Á.

La Experta Fotografa

Yorleana Rojas

Secretaria del Tribunal

Abg. Trineima Yerinne Padilla Contreras

Comisión 1676-2013

Solicitud número 14.937-2013.

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