Decisión de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampan y Pampanito. de Trujillo, de 7 de Agosto de 2015

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2015
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampan y Pampanito.
PonenteAsdrubal José Pacheco
ProcedimientoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos

Solicitud Nro. 5.084

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, SIETE (07) DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE. (2015)

205° y 156°

Vista la solicitud con sus recaudos anexos, presentada por la ciudadana M.C.A.D.B., Venezolana, mayor de edad, Viuda, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.310.884, domiciliada en la Calle Comercio del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, Asistida por el Abogado F.V., inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 35.798, mediante la cual solicita que sea declarada como Única y Universal Heredera del de Cujus J.S.A.G., quien era Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.903.928, y falleció en fecha 20 de Enero de 2014, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nro.43, la cual cursa al folio 4 del presente expediente. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción del extinto J.S.A.G.; Partida de Nacimiento de la ciudadana M.C.A.d.B.. Declaración de las testigos, ciudadanas D.M.G. y R.E.U..

En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1-) Acta de Defunción del extinto J.S.A.G., en la cual se constata que el mismo falleció en fecha 20 de Enero de 2014; 2-) Partida de Nacimiento de la ciudadana M.C.A.d.B., en la cual se constata que fue hija del causante J.S.A.G.. 3-) Declaración de las testigos, ciudadanas D.M.G. y R.E.U., rendidas ante este Tribunal en fecha 23 de Julio de 2015, quienes manifestaron, que conocen de vista, trato y comunicación desde hace muchos años a M.C.A.d.B., y de igual manera conocieron al extinto J.S.A.G.; que les consta que M.C., es la única hija que dejó el causante J.S.A.G., siendo ésta su única heredera. Dichas testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que las mismas fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.

En consecuencia, de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de Cujus J.S.A.G., quien falleciera en fecha 20 de Enero de 2014, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, a la ciudadana: M.C.A.D.B., Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-10.310.884, en su condición de hija del causante J.S.A.G..

Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.

Así mismo, se acuerda hacer entrega de estas actuaciones en original a la solicitante, dejándose copias fotostáticas, debidamente certificadas por Secretaría en el Archivo de este Juzgado.

EL JUEZ

ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ROMEL JOSE LOZADA

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