Subsidios o facilidades y salario (reflexiones para el análisis)
Autor | María Bernardoni De Govea |
Cargo del Autor | Profesora Titular de Derecho Laboral en las Universidades del Zulia y Monteávila |
Páginas | 271-296 |
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Subsidios o facilidades y salario.
Reflexiones para el análisis
María Bernardoni de Govea*
“Brevemente, con frases de la Encíclica , voy a mencionar
las condiciones necesarias para que el salario sea justo: a)…hay que dar al obrero
una remuneración que sea suficiente para su propia sustentación y la de su
familia… b) deben tenerse asimismo presentes las condiciones de la empresa y del
empresario… c) la cuantía del salario debe atemperarse al bien público
económico…”
(Rafael Caldera; Caracas,
Ministerio de Educación Nacional, 1939, p. 396)
SUMARIO
Int rod ucción .
1.- Origen de la dispo sición le gal sobr e la n atur aleza s alari al de los subs idios
o facilid ades que pe rcibe el tra bajad or.
2.- Los ben eficios sociale s no r emu ne rat ivos: su incor por ación en la ley por el
Congr eso de la Repú blica.
3.- Su bsidio s o facilid ades: su con sider ación en la d octri na ext ran jera.
4.- La doct rina de la Sa la Social d el Tribu nal Su prem o de J ust icia.
5.- ¿Est á plant eada n uevam ente u na des alarizaci ón de la r emun eración del
tra baja dor?
6.- Con clusion es.
INTRODU CCIÓN
Par ticipa r en u na ob ra en home naje a Rafael Cald era, con juntam ente co n
una nutrida y calificada representación del laboralism o ven ezola no y de
otr os p aíses , sob re t ema s del D erech o de l Trab ajo, imp rim e nec esa- riam en te
a nuestra con tr ibu ción de una marcada emoción al evocar al Ma est ro, al
Tut or y a la vez, al Líde r, al P resid ent e, facet as p ública s de es te ven ezolan o
de e xcepción , en cuyo de sarr ollo tu vimo s la for tun a de p art icipar de cer ca;
emoción que se a centúa al evocar su sencillez, r esp eto y dign ida d, en su
tr ato pa ra qu iene s conocim os y est imam os su faceta per sona l.
Sabemos cóm o y cuánto valora ría est e homenaje, que será seguramente
un a valios a cont ribu ción a una de su s dos pasio nes: e l Derech o Labo ral; la
otr a, com o es de su pon ers e fue la Polít ica. Sob re es ta d ual idad cara cter ísti ca
del P resid ente Cald era m ucho s e ha h ablad o; recu erdo hace u nos cu anto s
_______________
* Profesora Titular de Derecho Laboral en las Universidades del Zulia y Monteávila; Profesora de los Cursos de
Especialización en las Universidades Central de Venezuela y Católica Andrés Bello; Doctora en Derecho; Ex
Ministra del Trabajo 1997-1999; Socia fundadora de Govea & Bernardoni, Abogados.
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añ os qu e en una s J orn ad as en el Zulia , corr esp ond ién dom e su pres ent ación ,
me referí a Calder a como un laboralista pr estado a la polít ica; estaba
equ ivocada, pasado el tiempo comprendí que Caldera cuando ejer ció la
política no d ejó d e ser lab oralist a, p ero cua nd o se desempeñ ó com o
lab oralis ta, n un ca de jó de h acer políti ca; do s facet as de su vid a pr ofesion al
que gua rdar on sie mpre la m ás abs oluta cohere ncia em ana da de sus idea s
sob re la ju sticia social, en pos d e la cua l tan to el Der echo co mo la P olítica ,
det erm inan su ru mbo .
Hemos escogido el tem a d e los sub sidios y facilidades que percibe el
tr aba jador de s u pa tro no y el Sa lario , quizá s inc onsci ent eme nte , por que e n
él se m ezcla n o en tr elaza n ele men tos jur ídico la bor ales co n los sociop olíti cos
y por que en el t ema la cont ribu ción a cadé mica y p olítica de Ra fael Calde ra
fue im po rta nt e, aun qu e no siem pre bien ent end ida ni calib ra da en su e xacta
dim ensión; p ienso por ello que es responsa bilidad de quienes cultivamos
las ci encia s socia les, n o de jar d e m irar la evol ución de n ues tra s in stit ucion es,
contrastarla con el curso de la histor ia y recor dar in cesa nt em ente los
pos tulad os y valor es qu e creem os sus tent an n uest ra vida ciuda dana .
Hemos subt itulad o el tem a com o “reflexion es para e l anális is”, porque de
ello se tr ata; e l salario es u na de las inst itucio nes de l Derech o del Tr abajo
de m ayor diversidad de regulaciones en las dist intas legislacion es y de
mayores con tr astes en la obr a doctr inal y jurisp ru dencia l; su estrecha
rela ción co n la m acro eco nom ía, con la econo mía de la emp resa y hast a la
dom éstica, incorpora ingred ien tes que ha cen complejo su aná lisis: no
olvid emos q ue est a discip lina, la labor al, es tr ibut aria d e lo econ ómico; la
ur gencia de solu cione s en el m arco de la coyu ntu ra ec onóm ica y socia l, no
contribuye a su estudio profund o. No creemos pu es que en esta mater ia
ha ya una últim a pala bra , es siem pre u n tem a en evolución .
Las reflexiones comienzan por invocar el origen concert ad o de la actual
no rma cont enida en la Ley Orgán ica de l Trab ajo vigen te (LOT199 7), lue go
se analiza la cont rib ución que en su moment o tuvo el Congreso de la
Rep ública , al flexib ilizar la no rm a de o rigen aut óno mo, co nti núa el an álisis
de a lgun a do ctrin a im por tan te e xtra njer a en la m ater ia, p ara luego ana lizar
la doctr ina act ual de la Sala de Casación Social del Trib un al Supr emo de
Justicia y en con secuen cia plan tear la reflexión final: ¿esta mos
ret rocediend o a disfr azar el salar io del tr abajador con per cepcion es
desvestidas de su n aturaleza remunerador a? Lu ego h ar emos las
con clusion es del r ecorr ido po r la evolu ción o ¿ involuc ión? en el pun to.
1.- O rigen de la di spos ic ión le gal so bre la n atur ale za sa lar ial de
lo s s ub si dio s o fa cil ida de s q ue pe rci be el tra baja do r
La reform a par cial d e la Ley Orgánica del Trabajo promulgada el 19 de
María Bernardoni de Govea
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