Decisión nº PJ0832012000002 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Bolivar (Extensión Ciudad Bolivar), de 9 de Enero de 2012

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2012
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteFranklin Granadillo
ProcedimientoTitulo Supletorio

Vistas las actuaciones promovidas por los ciudadanos: Tisoy Pujimuy J.A., Tisoy Pujimuy Y.L., mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 25.577.926, 27.596.705 y los hermanos: (Identidad omitida según articulo 65 de la LOPNNA.) de once (11) y cuatro (4) años de edad, quienes son representados por su legitimo padre: Tisoy Tandioy Tandoy José, titular de la cedula de identidad Nº 24.378.143, y dado que han sido evacuados los testigos: Quinchoa Chasoi J.H. Y A.A.F.L., quienes son venezolanos, mayores de edad, titular de las Cedulas de identidad Nros. 22.588.244 y 16.617.275, de este domicilio, donde solicitan de éste Despacho se declaren suficientes para demostrar el Derecho de Propiedad que le corresponde sobre un Terreno que mide aproximadamente TRECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375 MTS), de superficie Ubicado en el Sector La Macarena, Calle Amazonas con calle Urdaneta, Nº 241-A del Municipio Heres del Estado Bolívar y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Lote Nº 242-A con 25 Mts,; SUR: Con calle Amazonas, con 25 Mts; ESTE: Lote Nº 240-A con 25 Mts y OESTE: Calle Urdaneta con 15 Mts. El Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de procedimiento Civil, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO BASTANTE para asegurar la propiedad de la referida construcción a la adolescente, antes identificada, quedando a salvo los derechos de terceros.

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