Trabajo atípico en la Unión Europea
Autor | María Luisa Pérez Guerrero - Emilia Castellano Burguillo - Fernando Pérez Domínguez |
Cargo | Profesora Doctora Universidad de Huelva - Profesora Doctora de la Universidad de Huelva - Becario de PDI de la Junta de Andalucía |
Páginas | 327-350 |
Revista Gaceta Laboral
Vol. 14, No. 3 (2008): 327 - 350
Universidad del Zulia (LUZ) ·ISSN 1315-8597
Trabajo atípico en la Unión Europea
María Luisa Pérez Guerrero
Profesora Doctora Universidad de Huelva. Facultad de Derecho
Universidad de Huelva. Av de las Fuerzas Armadas s/n. Huelva
E-mail: malupe@uhu.es
Emilia Castellano Burguillo
Profesora Doctora de la Universidad de Huelva. Facultad de Dere-
cho Universidad de Huelva. Av de las FuerzasArmadas s/n. Huelva
E-mail: castella@uhu.es
Fernando Pérez Domínguez
Becario de PDI de la Junta de Andalucía. Facultad de Derecho Uni-
versidad de Huelva. Av de las Fuerzas Armadas s/n. Huelva
E-mail: fernando.perez@dam.uhu.es
Resumen
Los objetivos perseguidos con este estudio han sido fundamentalmente
poner de manifiesto las diferentes manifestaciones del trabajo que se realiza
en los mercados laborales y que se consideran atípicos. Para ello hemos ana-
lizado las formas más comunes de este trabajo atípico como son el Trabajo a
tiempo parcial, el Trabajo de duración determinada y el Trabajo prestado a
través de Empresas de Trabajo Temporal. Este análisis se ha centrado tanto
en la legislación como en la jurisprudencia europea existente sobre esta ma-
teria, y todo ello nos ha permitido llegar a la conclusión de que son menos atí-
picos de lo que parecen.
Palabras clave: Igualdad, trabajo a tiempo parcial, trabajo temporal y flexibili-
dad.
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Recibido: 11-02-08 . Aceptado:16-04-08
Atypical work in the European Union
Abstract
The fundamental objectives pursued in this study have been to make re-
veal the different manifestations of work performed in labor markets that
are considered atypical. The most common forms of this atypical work have
been analyzed, which are: part-time work, term-definite work and work
done through temporary work companies. This analysis has centered on ex-
isting European legislation as well as jurisprudence, all of which makes it
possible to conclude that the jobs are less atypical than they may seem.
Key words: Equality, part-time work, temporary work and flexibility.
1. Introducción y tratamiento
normativo de la materia.
1.1. La protección del denominado
“trabajo atípico” ha sido una constante
en las instancias comunitarias desde
los primeros años de su aparición. Tan-
to la normativa emanada de las Institu-
ciones Europeas, como la jurispruden-
cia del Tribunal de Justicia Europeo
han ido encaminadas a proteger a este
colectivo de trabajadores en el disfrute
de sus derechos de carácter laboral.
En los momentos actuales en los
que se discute sobre la modernización
del Derecho del Trabajo a través del
Libro Verde de la Comisión (Libro
Verde: Modernizar el Derecho laboral
para afrontar los retos del siglo XXI.
COM (2006) 708 final de 22 de no-
viembre de 2006) y se insiste en la ne-
cesidad de conjugar flexibilidad y se-
guridad para empresarios y trabaja-
dores, esta materia que analizamos
en el presente estudio presenta una
gran actualidad, a pesar de que las
normas fundamentales que van a ser
analizadas se aprobaran en los años
noventa.
La falta de referencia a esta modali-
dad de relación laboral en el Tratado
Constitutivo, precisamente por la re-
lativa modernidad del término “traba-
jo atípico” y de la realidad que repre-
senta, ha determinado que sea preciso
desarrollar normas de derecho deriva-
do para la protección de este colectivo
desde las diferentes perspectivas. Esto
nos viene a demostrar que la armoni-
zación en esta materia no ha sido posi-
ble a pesar de los intentos de las insti-
tuciones de la Unión Europea (Rodrí-
guez-Piñero Royo, 2005)1.
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Trabajo atípico en la Unión Europea / Luisa Pérez, Emilia Castellano y Fernando Pérez______
1 El profesor Rodríguez-Piñero Royo, M. señala expresamente que “Durante la déca-
da de los ochenta se elaboraron diversas proposiciones de directiva sobre tres formas
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