Trabajo decente y trabajo precario. Caso Venezuela

AutorNancy Perelló
CargoAbogado. Doctora en Derecho
Páginas181-197
Revista Gaceta Laboral
Vol. 20, No. 3 (2014): 181 - 197
Universidad del Zulia (LUZ) ·ISSN 1315-8597
Trabajo decente y trabajo precario.
Caso Venezuela
Nancy Perelló Gómez
Abogado. Doctora en Derecho. Profesorade Derecho del Trabajo.
Investigadora adscrita al Centro de Investigaciones y Estudios
Laborales y Disciplinas Afines (CIELDA) de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia.
Email: nperelló@uv.es
Resumen
El trabajo decente ha sido un concepto de análisis polémico en las últimas dos
décadas. El mismo contiene una normativa de seguridad en el empleo y protec-
ción social para los hombres y mujeres trabajadores, que necesitan como seres
humanos el bienestar social y económico que permite el desarrollo de la familia
como célula fundamental de la sociedad. Es por ello que lo que comenzó como un
programa de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) hoy día es una
meta global para la referida organización. En esta investigación documental, se
analiza cómo ha sido su concepción desde la óptica de los Convenios Internacio-
nales OIT y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo,
los Trabajadores y las Trabajadoras. En contraposición se desarrollará cómo la
inseguridad en el empleo, la ausencia de protección de la ley laboral y de seguri-
dad social y la temporalidad, implican la incertidumbre sobre la estabilidad en el
trabajo y con ello la precarización de las relaciones laborales. Finalmente, se
aborda el estudio del estado de las cosas sobre los temas mencionados en la reali-
dad venezolana, concluyendo que el establecimiento de un régimen legal alta-
mente proteccionista, no garantiza el fortalecimiento de relaciones de trabajo
sustentadas en su mayoría en los postulados del trabajo decente, pues si el entra-
mado de circunstancias económicas y sociales no camina de la mano con el esta-
mento legal, es imposible consolidar los postulados de la OIT en la materia.
Palabras clave: Trabajo decente, trabajo precario, principios del Derecho del
Trabajo, flexibilidad laboral.
181
Recibido: 21-07-2014 . Aceptado:16-09-2014
Decent Work and Precarious Work.
The Case of Venezuela
Abstract
Decent work has been a concept of polemic analysis in the last two decades.
It contains a norm of job security and social protection for male and female
workers, indicating that, as human beings, they need social and economic
well-being that permits development of the family as a fundamental cell of so-
ciety. For this reason, what began as a program of the International Labor Or-
ganization (ILO) is today a global goal for that organization. This documen-
tary research analyzes what its conception has been from the viewpoint of
ILO International Conventions and the Organic Decree with Range, Value
and Force of Law for Work and Male and Female Workers. In counter posi-
tion, it will be developed as work insecurity, the absence of protection by law
regarding labor, social security and temporality, which imply uncertainty
about stability on the job and with that, the precariousness of labor relations.
Finally, study of the state of things is approached on topics in Venezuelan re-
ality, concluding that the establishment of a highly protectionist legal regi-
men does not guarantee the strengthening of labor relations, supported for
the most part on the postulates of decent work, because if the framework of
economic and social circumstances does not go hand in hand with the legal es-
tate, it is impossible to consolidate ILO postulates in these matters.
Key words: Decent work, precarious work, principles of the right to work,
work flexibility.
1. Antecedentes del trabajo
decente
Lo que fuera una propuesta en 1999
en la 87aConferencia Internacional del
Trabajo, hoy es considerado como un
objetivo global. Desde el año 2004 la Co-
misión Mundial sobre la Dimensión So-
cial de la Globalización en su informe
“Por una globalización justa: crear
oportunidades para todos”, pasó a con-
siderar el Trabajo Decente como el gran
objetivo del siglo XXI (Millones, 2012).
El término lo acuñó en 1999 la OIT
a propuesta de su Director General,
Juan Somavía. Su propósito era hacer
del trabajo decente el objeto funda-
mental y marco vertebrador de las ac-
tividades futuras de la organización
(De Buen, 2009).
El trabajo decente contiene una
normativa de seguridad en el empleo y
protección social, para los hombres y
mujeres trabajadores, que necesitan
como seres humanos el bienestar so-
182
Trabajo decente y trabajo precario. Caso Venezuela _____________________________________

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR