La usurpación de la presidencia de la república a partir del 10 de enero de 2019: Consecuencias en el Derecho Constitucional y en el Derecho Internacional

AutorJosé Ignacio Hernández G.
CargoProfesor de la Universidad Central de Venezuela y de la Universidad Católica Andrés Bello, Visiting Fellow, Center for International Development, Harvard
Páginas281-292
LEGISLACIÓN
281
LA USURPACIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA A PARTIR DEL 10 DE ENERO DE 2019:
CONSECUENCIAS EN EL DERECHO CONSTITUCIONAL
Y EN EL DERECHO INTERNACIONAL
José Ignacio Hernández G.
Profesor de la Universidad Centra l de Venezuela y de la Universidad Católica Andrés Bello
Visiting Fellow, Center for International Development, Harvard
Resumen: El 10 de enero de 2019, comienza un nuevo mandato presidencial en
Venezuela, pero Nicolás Ma duro no puede asumir la presidencia porque no es un
presidente electo. En consecuencia , a pa rtir de ese día, Nicolás Maduro, y todo e l
Poder Ejecutivo Nacional , usurpan la a utoridad de la Presidencia de la República.
Además, a pa rtir de ese día, la autorida d del P oder Ejecutivo pr esidida por Nico-
lás Madur o para representar internaciona lmente al Estado venezolano. En este e s-
cenari o, la Asamblea Nacional, con base en el a rtículo 333 de la Constitución, tie-
ne la autorida d para adopta r las d ecisiones par a la asunción tempor al de funcio-
nes d el Poder Ejecutivo, in cluido el ejercicio d e los de rechos del Estado ante la
comunidad interna cional. Esa decisión debe t ener como objetivo resta blecer la
aplica ción de la Constitución y poner fin a la usurpación media nte el nombramien-
to de un Presidente encar gado, condición necesaria pa ra organizar y celebra r
elecciones libres y transpa rentes.
Palabras Clave: Presidencia de la República, período presidencia l, usurpación de
autor idad, recon ocimiento i nternacional de gobiern os, derecho constitucional ve-
nezolano.
Abstract: On Januar y 10, 2019, a new presidentia l term begins in Venezuela, but
Nicolás Madur o cannot a ssume the Presidency beca use he is not an elected Pr esi-
dent. Consequently, as of that d ay Nicolás Madur o
and the entir e National Execu-
tive Power
will usurp the authority of the Pr esidency of the Republic. In addition,
as o f that day, the author ity of the Executive Power chai red by Nicolás Madu ro to
repr esent the Venezuelan Sta te internationa lly ceases. In this scena rio, the Nation-
al Assembly, based on Article 333 of the Constitution, ha s the authority to adopt
the decisions for the temporary assumption of functions of the Executive Power, in-
cluding the exercise o f the State's r ights towards the inte rnational community. That
decision should b e aimed to restor e the applicat ion of the Constitution and end the
usurpa tion through the appointment of the Inter im President, a necessa ry condition
to orga nize and hold free and tra nsparent elections.
Key words: Presidency of the Republic, presidentia l period, usurpa tion of authori-
ty, internationa l recognition of governments, Venezuelan Constitutiona l Law.
Estas notas introductorias fueron redactadas a inicios del 2019 y culminadas el 23 de enero, con lo
cual, no toman en cuenta los acontecimientos posteriores a ese día. Se ha estimado relevante su
publicación para contribuir al estudio de las condicion es bajo las cuales se in ició la inédita fase de
la transición venezolana el 10 d e enero de 2019.

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