Sentencia nº 488 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 30 de Junio de 2014

Fecha de Resolución30 de Junio de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 488 N° Expediente : 2014-000022 Fecha: 30/06/2014 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

V.G., F.T., A.U. y Otros, interponen solicitud de convocatoria a elecciones respecto al Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND)

Decisión:

Vista la Sentencia Nº 85 de fecha 12-06-2014, se acordó notificar a la parte accionante, a la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND) y al Ministerio Público.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

Caracas, 30 de junio de 2014

204º y 155º

Vista la Sentencia Nº 85 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de junio de 2014, mediante la cual declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta, 2.- ADMITIÓ la solicitud y 3.- ACORDÓ tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha primero de febrero de 2000, se acuerda notificar a la parte accionante, anexándole copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta.

Igualmente, se acuerda notificar la Sentencia Nº 85 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de junio de 2014 a la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND) y al Ministerio Público, remitiéndoles copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta y Oficio.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

Caracas, 30 de junio de 2014

Oficio Nº 14-357

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 12 de junio de 2014 dictó Sentencia N° 85 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., E.J.N.G., M.A.T.H., E.J.M.V., L.J.G. ROJAS, YOLIMAR G.R., L.B.D.D., M.V.V., M.C.G.N., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., C.A.P.M., V.T.M.Q., L.Y.M.P., W.R.G.C., P.A.A.P., C.D.C.B.M., J.C.M., O.R.C.F., KEYDA E.F.D.R., S.A.A.O., V.M.P. PADILLA, ALIBRANDY OYER, Y.D.C.R.D.C., J.O.P.C., E.J.R.R., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., O.R. YÁNEZ, MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P., C.A.R.R. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 15.025.462, 12.784.577, 6.902.318, 6.920.357, 10.633.625, 10.542.473, 10.513.807, 10.111.833, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 4.526.997, 10.117.621, 13.748.153, 6.249.975, 6.275.775, 7.925.804, 6.106.373, 6.276.005, 6.139.356, 10.510.574, 11.924.812, 14.008.001, 10.713.289, 13.408.980, 3.441.541, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 9.587.404, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118, 9.411.317 y 10.823.496, respectivamente, contra el Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta, 2.- ADMITIÓ la solicitud y 3.- ACORDÓ tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha primero de febrero de 2000. Se remite copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia.

Igualmente, se le notifica que deberá comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a que conste en autos la última de las notificaciones (lapso que debe entenderse como cuatro (4) días de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional N° 2197 del 23 de noviembre de 2007).

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT

BOLETA

Caracas, 30 de junio de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), integrada por los ciudadanos C.M., A.B., E.J., L.M., A.Y., Y.N., A.C., L.B., C.C. y J.A., titulares de la cédula de identidad N° 3.142.819, 6.434.523, 8.553.081, 3.859.694, 5.230.243, 5.016.872, 6.018.368, 10.118.891, 6.903.122 y 3.845.768, que esta Sala Electoral en fecha 12 de junio de 2014 dictó Sentencia N° 85 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., E.J.N.G., M.A.T.H., E.J.M.V., L.J.G. ROJAS, YOLIMAR G.R., L.B.D.D., M.V.V., M.C.G.N., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., C.A.P.M., V.T.M.Q., L.Y.M.P., W.R.G.C., P.A.A.P., C.D.C.B.M., J.C.M., O.R.C.F., KEYDA E.F.D.R., S.A.A.O., V.M.P. PADILLA, ALIBRANDY OYER, Y.D.C.R.D.C., J.O.P.C., E.J.R.R., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., O.R. YÁNEZ, MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P., C.A.R.R. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 15.025.462, 12.784.577, 6.902.318, 6.920.357, 10.633.625, 10.542.473, 10.513.807, 10.111.833, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 4.526.997, 10.117.621, 13.748.153, 6.249.975, 6.275.775, 7.925.804, 6.106.373, 6.276.005, 6.139.356, 10.510.574, 11.924.812, 14.008.001, 10.713.289, 13.408.980, 3.441.541, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 9.587.404, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118, 9.411.317 y 10.823.496, respectivamente, contra el Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta, 2.- ADMITIÓ la solicitud y 3.- ACORDÓ tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha primero de febrero de 2000. Se remite copia certificada del escrito libelar y de la mencionada sentencia.

Igualmente, se les notifica que deberán comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones (lapso que debe entenderse como cuatro (4) días de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional N° 2197 del 23 de noviembre de 2007), audiencia a la cual deberán comparecer asistidos o representados por abogado.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 30 de junio de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., E.J.N.G., M.A.T.H., E.J.M.V., L.J.G. ROJAS, YOLIMAR G.R., L.B.D.D., M.V.V., M.C.G.N., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., C.A.P.M., V.T.M.Q., L.Y.M.P., W.R.G.C., P.A.A.P., C.D.C.B.M., J.C.M., O.R.C.F., KEYDA E.F.D.R., S.A.A.O., V.M.P. PADILLA, ALIBRANDY OYER, Y.D.C.R.D.C., J.O.P.C., E.J.R.R., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., O.R. YÁNEZ, MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P., C.A.R.R. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 15.025.462, 12.784.577, 6.902.318, 6.920.357, 10.633.625, 10.542.473, 10.513.807, 10.111.833, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 4.526.997, 10.117.621, 13.748.153, 6.249.975, 6.275.775, 7.925.804, 6.106.373, 6.276.005, 6.139.356, 10.510.574, 11.924.812, 14.008.001, 10.713.289, 13.408.980, 3.441.541, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 9.587.404, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118, 9.411.317 y 10.823.496, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales abogados P.Á. y A.M., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 20.473 y 116.805, respectivamente, que esta Sala Electoral en fecha 12 de junio de 2014 dictó Sentencia N° 85 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por Ustedes, contra el Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta, 2.- ADMITIÓ la solicitud y 3.- ACORDÓ tramitar la misma conforme a las previsiones procesales aplicables a las acciones de amparo constitucional, según el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha primero de febrero de 2000. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Igualmente, se les notifica que deberán comparecer ante la Secretaría de esta Sala, a los fines de conocer el día en que tendrá lugar la audiencia oral de las partes, la cual se efectuará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones (lapso que debe entenderse como cuatro (4) días de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional N° 2197 del 23 de noviembre de 2007), audiencia a la cual deberán comparecer asistidos o representados por abogado.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

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