Sentencia nº 695 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 11 de Julio de 2016
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2016 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto Librando Cartel de Emplazamiento |
Auto Librando Cartel de Emplazamiento
W.T., G.V., E.G., P.G.D.T., C.F., Á.V., G.Z., M.G.S., C.L., A.V. y R.J.M., invocando la condición de voceros del PARTIDO POPULAR COPEI del estado Falcón, interponen recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar contra “el acto administrativo de efectos particulares dictado en fecha 14 de septiembre de 2015 por la Junta Directiva Ad Hoc designada, según Sentencia N° 1023/2015, Expediente N° 15-0860 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de julio de 2015, representada por P.U. y MIGUEL SALAZAR”, (Remitido por Oficio N° JSCA-FAL-001142-2015, de fecha 18-11-2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón).
Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 04 de abril de 2016, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.
Juzgado de Sustanciación ----VLEX----
Caracas, 11 de julio de 2016
206º y 157º
Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 04 de abril de 2016, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA L.P.
Exp.N°AA70-E-2015-000128
IMAI/ilp/mj
CARTEL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 11 de julio de 2016
206º y 157º
SE HACE SABER:
A todos los interesados en el recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar por los ciudadanos R.C., J.T., F.B., W.T., G.V., E.G., P.G.D.T., C.F., Á.V., G.Z., M.G.S., C.L., A.V. y R.J.M., titulares de la cédula de identidad N° 3.095.087, 11.137.840, 9.504.682, 2.369.450, 2.331.116, 3.511.256, 2.786.271, 24.589.199, 3.239.084, 2.855.788, 2.085.293, 2.787.616, 3.205.982 y 3.094.102, respectivamente, invocando la condición de voceros del PARTIDO POPULAR COPEI del estado Falcón, asistidos por el abogado E.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.809, contra “el acto administrativo de efectos particulares dictado en fecha 14 de septiembre de 2015 por la Junta Directiva Ad Hoc designada, según Sentencia N° 1023/2015, Expediente N° 15-0860 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de julio de 2015, representada por P.U. y MIGUEL SALAZAR”, titulares de la cédula de identidad N° 9.858.596 y 8.322.115, respectivamente(remitido por Oficio N° JSCA-FAL-001142-2015, de fecha 18 de noviembre de 2015, emanado del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón), dichos interesados deberán comparecer por ante esta Sala Electoral, dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes al vencimiento del plazo para retirar, publicar y consignar el presente cartel ante esta Sala Electoral, a fin de consignar sus alegatos relacionados con el recurso ejercido. Vencido ese lapso se abrirá un período de cinco (05) días de despacho para que promuevan las pruebas que consideren pertinentes, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE .
La Secretaria,
INTIANA L.P.
Exp.N°AA70-E-2015-000128
IMAI/ilp/mj