Sentencia nº 695 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 24 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto Solicitando Antecedentes e Informes y Designando Ponente

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de septiembre de 2012

202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 20 de septiembre de 2012 por la ciudadana YULETZY CARMELIS G.M., titular de la cédula de identidad N° 13.675.164, actuando con el carácter de Secretaria General y Representante Legal de la Organización Regional con f.P.M.R.B. por Venezuela (MRBXV), asistida por el abogado A.M.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, mediante el cual interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Resolución N° 120726-449 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el C.N.E., mediante la cual se resolvió “Negar la solicitud de denominación a la organización con f.p.M.R.B. POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel regional en el Estado Barinas”; en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al C.N.E. los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

Ahora bien, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con medida cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: Magistrado (a) JHANNETT M.M.S., a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000085

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 24 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-406

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la

República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 20 de septiembre de 2012, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por la ciudadana YULETZY CARMELIS G.M., titular de la cédula de identidad N° 13.675.164, actuando con el carácter de Secretaria General y Representante Legal de la Organización Regional con f.P.M.R.B. por Venezuela (MRBXV), asistida por el abogado A.M.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.592, contra la Resolución N° 120726-449 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el C.N.E., mediante la cual se resolvió “Negar la solicitud de denominación a la organización con f.p.M.R.B. POR VENEZUELA (MRBXV) a nivel regional en el Estado Barinas”. Asimismo, se le informa que esta Sala Electoral en fecha 24 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual acordó solicitar a usted los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000085

ANEXO: LO INDICADO

JMMS

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