Decisión de Juzgado Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 30 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2012
EmisorJuzgado Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteNereida Hernandez
ProcedimientoHomologación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, treinta (30) de mayo de dos mil doce (2012)

202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2012-000822

Visto el escrito que antecede contentivo de la transacción presentada por la abogada D.C., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.729, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y por la abogada XAMIRA GOYA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogada bajo el N° 124.444, mediante la cual la parte demandada cancela la cantidad de Bs. 28.150,00, a la parte actora, mediante cheque Nº 03138830, girado contra la cuenta corriente Nº 01340031882120210001, de fecha 14 de mayo de 2012, a favor de la ciudadana Z.B.R.R., manifestando la apoderada judicial de la parte actora que recibida la cantidad mencionada nada más tiene que reclamar a la empresa, en virtud de la relación laboral finalizada voluntariamente en fecha 08 de abril de 2011, ni por cualquier otro motivo relacionado, o no con dicha prestación de servicios; en consecuencia este Juzgado vista que la transacción presentada misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes.

LA JUEZ

LA SECRETARIA

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ MARIANDREA GONZÁLEZ

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